El Acta Administrativa núm. 05-2025, de 2025-01-16, aprueba el informe definitivo de evaluación técnica del proceso URBE-CCC-CP-2024-0011. Habilita a Codom, S.R.L. y a Camilo J. Hurtado C., Ingenieros Asociados, S.R.L. para la apertura de sus ofertas económicas, y ordena devolver las ofertas de los otros ocho participantes sin habilitación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta ordena devolver sin abrir la oferta económica de Constructora Civiltec, pero los datos del portal proporcionados registran para esa empresa RD$151,481,149. Debe verificarse si ese monto era solo un dato interno de carga o si pudo conocerse antes de la apertura económica, pues ello afectaría la confidencialidad del Sobre B.
“SEGUNDO: ORDENAR a la División de Compras y Contrataciones la devolución de las ofertas económicas de los oferentes participantes: … 8. Constructora Civiltec, S.R.L.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 34 · Reglamento 416-23, art. 114 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 34 — Seguridad de la información
Artículo 34. Seguridad de la información. Las medidas de seguridad que posee el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) mantendrán encriptada y protegida la información de las ofertas entregadas vía electrónica, garantizando su confidencialidad e integridad. El contenido de las ofertas no podrá ser conocido por terceros y tampoco por la institución contratante, hasta tanto se cumpla el plazo establecido en el cronograma del procedimiento de selección para su apertura.
Reglamento 416-23, artículo 114 — División de etapas
Artículo 114. División de etapas. Como principio general, todos los procedimientos de selección respetarán en su etapa de evaluación, la división de los siguientes aspectos: a) Las credenciales u oferta técnica, y, por otro lado, b) La oferta económica. En consecuencia, deberá separarse en dos etapas: 1. Primera etapa. Para la presentación y recepción de las ofertas técnicas y las ofertas económicas y la apertura y evaluación de las ofertas técnicas. 2. Segunda etapa. La apertura y evaluación de las ofertas económicas. Párrafo I. Solo se procederá a la apertura de las ofertas económicas una vez concluida la evaluación de credenciales, ofertas técnicas, subsanación y muestras, si aplican, y…
Antigua Investments, S.R.L.La declaración jurada no incluyó los compromisos requeridos en los puntos 1 y 3; el acta señala que esa documentación no era subsanable.
No habilitado
Construcción del Patinódromo
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Ingenieros Consultores Especializados, S.R.L.No acreditó experiencia en equipamiento deportivo con gradas; el formulario de equipos omitió información sobre la extendedora y la barredora; y la declaración jurada no cumplió los requerimientos del pliego.
No habilitado
Construcción del Patinódromo
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Codom, S.R.L.El acta consigna que cumplió los requerimientos legales, financieros y técnicos del pliego.
Habilitado
Construcción del Patinódromo
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Obras Civiles del Atlántico, S.R.L.Presentó un solo contrato del monto mínimo cuando se requerían al menos dos, y no presentó los soportes de los equipos requeridos.
No habilitado
Construcción del Patinódromo
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Constructora Yunes, S.R.L.No presentó la ficha técnica del producto a instalar, calificada como no subsanable, ni demostró cinco años de experiencia del encargado de levantamientos.
Larkspur Construction, S.R.L.No acreditó requisitos de experiencia, obras viales y equipamiento deportivo, soportes de equipos, compromisos del personal y ficha técnica del producto; además, el acta indica que no presentó las subsanaciones solicitadas.
No habilitado
Construcción del Patinódromo
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Consorcio HV Civil GroupNo presentó la ficha técnica ni el compromiso exigido para el producto; además, el formulario del encargado de levantamientos no estaba firmado por la persona propuesta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Constructora Civiltec, S.R.L.No aportó contratos, constancias de recepción y partidas que acreditaran experiencia en equipamiento deportivo con gradas; tampoco acreditó la experiencia requerida del personal ni presentó formularios debidamente firmados.