FIDEICOMISO Vial RD
Umbral de pérdidas técnicas y consecuencias se definirían tras adjudicar
· hace 6 meses
La circular primero afirma que el adjudicatario debe asegurar integración técnica con el SGI, pero después elimina la interfaz SGI del apartado de envío de tránsitos. La contradicción deja incierto el alcance técnico que deben costear y ofertar los participantes.
“El adjudicatario deberá suministrar e implementar el BOO y garantizar las capacidades de interoperabilidad e integración técnica requeridas con los niveles A (PdC), C (BOC) y D (SGI), sin que ello implique ampliación del objeto contractual ” — CIRCULAR DE RESPUESTA 1 LPN 2026 - 0003.pdf
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
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Una señal es un motivo para mirar, no una conclusión: describe hechos verificables de fuentes oficiales.
En qué documentos se basa esta señal y dónde verificarla en la fuente oficial.
El 19 de marzo de 2026, el Comité de Compras y Contrataciones aprobó la Circular de Respuestas I del proceso FIDEICOMISO-CCC-LPN-2026-0003, con aclaraciones técnicas y administrativas para la licitación del sistema nacional de peajes. La circular permite acreditar ciertas certificaciones con distintos profesionales y experiencia de subcontratistas o empresas vinculadas; además, dispone eliminar del apartado de envío de tránsitos la interfaz con el SGI. El documento no adjudica el proceso y contiene respuestas contradictorias sobre si la infraestructura del BOO debe alojarse necesariamente en la nube.
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Naftex Internacional, SRL | RD$19,736,251 | 16 abr de 2026 | Pendiente |
| Niagara Tecnologia, SRL | — | 16 abr de 2026 | Pendiente |
| IQTEK Solutions, SRL | — | 16 abr de 2026 | Pendiente |
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· hace 6 meses
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
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· hace 8 meses
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