Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones · Estado: Proceso adjudicado y celebrado
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se declara la falta del MOPC de no emitir una respuesta en cuanto al recurso de impugnación presentado por la recurrente lo cual implica una transgresión a los preceptos constitucionales de buena administración, tutela judicial efectiva y debido proceso, asimismo violación a la ley que rige la materia y la ley 107-13. En cuanto al fondo del recurso jerárquico, se rechaza debido a que no tiene razón el reclamo de la…
Empresas: Constructora CAG, SRL (presentó la acción)Alfreton Business Group, SRL (adjudicataria del proceso)Ediciones Valdes, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma el recurso jerárquico por silencio administrativo presentado por la razón social Constructora Cag, S.R.L., en ocasión del recurso de impugnación presentado contra la descalificación de su oferta y posterior adjudicación, documentos emitidos en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MOPC-CCC-LPN-2022-0002, llevado a cabo para la “Construcción del parqueo del Centro de los Héroes II, ubicado en Santo Domingo, Distrito Nacional”. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo el recurso jerárquico presentado por la razón social Constructora Cag, S.R.L., en ocasión del recurso de impugnación presentado contra la descalificación de su oferta y posterior adjudicación, documentos emitidos en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MOPC-CCC-LPN-2022-0002, llevado a cabo GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS República Dominicana Dirección General Contrataciones Públicas para la “Construcción del parqueo del Centro de los Héroes II, ubicado en Santo Domingo, Distrito Nacional”, por las razones expuestas en los párrafos 27 y 28 de la presente Resolución. TERCERO: DECLARAR que el MOPC incurrió en silencio administrativo al no dar respuesta a la impugnación presentada por la razón social Constructora Cag, S.R.L., en fecha 26 de julio de 2022 contra la descalificación de su oferta, o cual constituye una transgresión a preceptos constitucionales sobre la tutela judicial efectiva y el cumplimiento del debido proceso, así como una violación al artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y al artículo 28 de la Ley Núm. 107-13. CUARTO: ORDENAR al MOPC a: i) publicar en el Portal Transaccional en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación de la presente Resolución, la0gestión completa del procedimiento de que se trata, en especial, los informes periciales de evaluación de las ofertas económicas y las ofertas, y; ii) una vez publicados dichos documentos, notificar a esta Dirección General en un plazo de cinco (5) días hábiles contados a partir de su fecha de publicación, que ya se encuentran disponibles en el Portal Transaccional. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, a saber: al recurrente, i) Constructora Cag, S.R.L., ii) a la institución contratante y; iii) la adjudicataria la razón social Alfreton Business Group, S.R.L. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do
El recurso de reconsideración se rechaza debido a que no existen argumentos y pruebas que reconsideren la decisión en ella establecida.
Empresas: Constructora CAG, SRL (presentó la acción)Razón Social Constructora CAG, S.R.L. (presentó la acción)Alferton Business Group, S.R.L. (adjudicataria del proceso)
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión planteado por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC) por falta de objeto, toda vez que la razón social Constructora CAG, S.R.L., en sus pretensiones, solicita en sentido general la suspensión de la continuación del procedimiento de que se trata, y por lo tanto se advierte que posterior a la adjudicación persisten efectos del procedimiento donde se pueden adoptar medidas cautelares. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo el recurso de reconsideración de fecha 14 de julio de 2023 interpuesto por la razón social Constructora CAG, S.R.L. contra la Resolución Ref. RIC- 62-2023 de fecha de fecha de 23 de mayo de 2023, por no haberse comprobado argumentos ni pruebas que hagan variar o reconsiderar la decisión en ella establecida, y por vía de consecuencia, CONFIRMAR en todas sus partes la Resolución Ref. RIC-62-2023 de fecha de 23 de mayo de 2023, por haber sido dictada en consideración a las disposiciones de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y su Reglamento de Aplicación aprobado mediante Decreto Núm. 543-12. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente Constructora CAG, S.R.L.; ii) al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), y; iii) a la adjudicataria Alferton Business Group, S.R.L., para su conocimiento y los fines de lugar. GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DOMINICANA HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS Dirección General Contrataciones Públicas CUARTO: ORDENAR que la presente Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.
Se acogió en cuanto a la forma y en cuanto al fondo se rechaza debido a que a pesar de haber constatado la apariencia de buen derecho de manera manifiesta no se han presentados alegatos sobre el peligro inminente en la demora y la afectación al interés general. En mismo sentido se destaca conforme observado en anteriores decisiones, que al momento de la emisión de la respuesta no se ha podido constatar la respuesta…
Empresas: Constructora CAG, SRL (presentó la acción)Alfreton Business Group, SRL
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión planteado por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), relativo a la falta de objeto de la solicitud de medida cautelar, toda vez que la razón social Constructora CAG, S.R.L., en sus pretensiones, solicita en sentido general 4 Véanse las Resoluciones Ref. RIC-125-2022 y RIC-54-2023, de esta Dirección General. GOBIERNO DE LA REP BLICA DOMINICA A HACIENDA DIRECCIÓ GENERAL ECO IR T CIO p' B ICAS Dirección C.,,,,,.¡,l C"'1tratadloMS l>ubüc"'- la suspensión de la continuación del procedimiento, por lo que es susceptible la suspensión del procedimiento de referencia aun posterior a la adjudicación. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Constructora CAG, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo con las formalidades requeridas por la normativa. TERCERO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Constructora CAG, S.R.L., tendente a suspender el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MOPC-CCC-LPN-2022-0002, llevado a cabo por el Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), para la “Construcción del parqueo Centro de los Héroes”, hasta tanto se conozca su recurso jerárquico, debido a que a pesar de haber constatado la apariencia de buen derecho de manera manifiesta no se han presentado argumentados en cuanto al peligro inminente en la demora y a la afectación directa del interés general mediante la probable aplicación de una medida cautelar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la recurrente Constructora CAG, S.R.L.; ii) al Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones (MOPC), y; iii) a la adjudicataria Alferton Business Group, S.R.L., para su conocimiento y los fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
| Adjudicatario | Monto | Adjudicado | Estado |
|---|---|---|---|
| Alfreton Business Group, SRL | RD$290,975,243 | 22 jul de 2022 | Activo · contrato |
Lo que la Dirección General de Contrataciones Públicas registra en cada contrato. Cuando un renglón cambió después de la adjudicación, se muestra también lo que se adjudicó.
| Renglón | Cantidad | Precio unitario | ITBIS | Total |
|---|---|---|---|---|
| Aparcamiento · Unidad | — | — | — | RD$290,975,243 |
| Oferente | Oferta | Entregada | Resultado |
|---|---|---|---|
| Proyectos Industriales, SRLProveedor desde 8 feb de 2013 | RD$420,057,980 | 10 may de 2022 | Calificada |
| Cruz Germán & Asociados, SRLProveedor desde 13 mar de 2009 | RD$357,615,545 | 10 may de 2022 | Calificada |
| Henry Veloz Civil Group, SRLProveedor desde 21 ago de 2014 | RD$326,247,794 | 10 may de 2022 | Rechazada |
| Proyectos Civiles LD, SRLProveedor desde 20 mar de 2018 | RD$325,436,548 | 10 may de 2022 | Calificada |
| EEC INGENIERIA, S.R.LProveedor desde 30 nov de 2011 | RD$322,358,254 | 10 may de 2022 | Calificada |
| Marvar & Asociados, SRLProveedor desde 20 dic de 2006 | RD$314,287,545 | 10 may de 2022 | Calificada |
| Constructora Civiltec, SRLProveedor desde 12 nov de 2010 | RD$312,629,593 | 9 may de 2022 | Descalificada |
| Moll, SAProveedor desde 4 mar de 2009 | RD$302,607,636 | 10 may de 2022 | Calificada |
| Alfreton Business Group, SRLProveedor desde 6 may de 2008 | RD$290,975,243 | 10 may de 2022 | Adjudicado |
| Constructora CAG, SRLProveedor desde 2 oct de 2017 | RD$277,149,964 | 10 may de 2022 | Descalificada |
| Equipos y Construcciones del Cibao (ECOCISA), SRLProveedor desde 2 feb de 2007 | sin monto publicado |
Todavía no hemos leído los documentos de este proceso. Los procesos de mayor monto se leen primero.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
| 10 may de 2022 |
| Rechazada |
| Constructora Mendoza Tejada, SRLProveedor desde 19 abr de 2017 | sin monto publicado | 10 may de 2022 | Rechazada |