Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones de este proceso. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Resolución RIC-68-2024Solicitud de inhabilitación a pedido de parte
Luego de haber analizado tanto las pruebas como los alegatos presentados por las partes, este Órgano Rector ha determinado que no procede inhabilitar permanentemente a las razones sociales Suplidores Industriales Mella, S.R.L., y JB Global Supply, S.R.L. Lo anterior, en vista de que el INAIPI no ha podido probar ante este Órgano Rector los elementos de colusión. De igual modo, la existencia de un correo electrónico…
PRIMERO: ACOGER, en cuanto a la forma la presente solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estado interpuesta por el Instituto Nacional de Atención a la Primera Infancia (INAIPI), contra las razones sociales Suplidores Industriales Mella, S.R.L., y JB Global Supply, S.R.L., por haber sido presentada de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y su Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 543-12. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de inhabilitación realizada por el Instituto Nacional de Atención Integral a la Primera Instancia (INAIPI), contra las razones Suplidores Industriales Mella, S.R.L., y JB Global Supply, S.R.L., con los Registros de Proveedores del Estado (RPE) Núms. 1730 y 36433, respectivamente, por presunta colusión en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. INAIPI-CCC-LPN-2023-0038, llevado a cabo para el “Suministro y distribución de alimentos y bebidas para los centros CAIPI y CAFI”, debido a que no han sido remitidos los elementos de pruebas que sustenten lo alegado. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata: i) a la razón social Suplidores Industriales Mella, S.R.L., ii) la razón social JB Global Supply, y; iii) al Instituto Nacional de Atención a la Primera Infancia (INAIPI), para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, www.dgcp.gob.do.
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Cronología
Publicación del proceso
Primera adjudicación registrada
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona