Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
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Según documentos societarios que instituciones del Estado publicaron junto a ofertas y credenciales de esta empresa (certificados de registro mercantil, actas de asamblea y estatutos). La composición pudo cambiar después de la fecha del documento.
| Nombre | Rol | Participación | Fuente |
|---|---|---|---|
| Luis Alberto Betances Fernandez | Socio · Gerente · Firma autorizada | 62.5 %625 cuotas o acciones | Acta de asamblea · 24 feb de 2024Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 12 |
| Connie Maria Betances Fernandez | Socio | 12.5 %125 cuotas o acciones | Lista de socios · 24 feb de 2024Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 13 |
| Fausto Ricardo Betances Fernandez | Socio · Firma autorizada | 12.5 %125 cuotas o acciones | Acta de asamblea · 24 feb de 2024Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 12 |
| Jennie Maria Betances Fernandez | Socio | 12.5 %125 cuotas o acciones | Acta de asamblea · 24 feb de 2024Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 12 |
| Alejandra Tamara Bartulis |
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se procedió acoger en cuanto a la forma el recurso jerárquico, toda vez que se hizo conforme a las formalidades y plazos establecidos en la Ley 340-06 y sus modificaciones. Se rechaza el recurso jerárquico, en cuanto al fondo, toda vez que la solicitud de reconsiderar es atribución de la misma institución que emitió el acto atacado, siendo competencia del Órgano Rector revisar jerárquicamente el acto de respuesta a…
Proceso: MUSEO HISTORIA NAT.-DAF-CM-2020-0015 (ADQUISICIÓN DE LICENCIAS PARA PLATAFORMA CORREOS ELECTRÓNICOS DE LA…)
Empresas: FL Betances & Asociados, SRL (presentó la acción)Sitcorp, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico presentado por la razón social FL Betances & Asociados, S.R.L. contra el acto administrativo Núm. 20 - 2020 de “ resolución de conflicto de la reclamación de inconformidad con el acta de adjudicación ” de fecha 8 de septiembre de 2020, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Museo Nacional de Historia Natural , en el marco del procedimiento de Compra Menor Núm. MUSEO HISTORIA NAT. - DAF - CM - 2020 -0015, llevado a cabo para la “ Adquisición de licencias para plataforma de correos electrónicos de la institución ” , por haber sido presentado con las formalidades y en el plazo establecido en el artículo 67 numeral 1) de la Ley Núm. 340 - 06 y sus modificaciones . SEGUNDO : En cuanto al fondo d el recurso jerárquico presentado por la razón social FL Betances & Asociados, S.R.L. contra el acto administrativo Núm. 20 - 2020 de ‟resolución de conflicto de la reclamación de inconformidad con el acta de adjudicación ”de fecha 8 de septiembre de 2020, emitida por el Comité de Compras y Contrataciones del Museo Nacional de Historia Natural , en el marco del procedimiento de Compra Menor Núm. MUSEO HISTORIA NAT. - DAF - CM - 2020 -0015, llevado a cabo para la “ Adquisición de licencias para pla taforma de correos electrónicos de la institución ”, RECHAZAR la solicitud de que se reconsidere la decisión tomada por el referido Comité, ante el rechazo a la impugnación , t oda vez que conforme indicado en el párrafo 46, esto es atribución de la misma institución que emitió el acto atacado , siendo competencia del Órgano Rector revisar jerárquicamente el acto de respuesta a las impugnaciones , a partir del correspondiente análisis sobre la legalidad de los procedimientos e n atención al mérito o no de los alegatos de las partes, lo que se verifica ha sido satisfecho en la presente resolución. TERCERO : DECLARAR que en el procedimiento de Compra Menor Núm. MUSEO HISTORIA NAT. - DAF - CM - 2020 -0015, llevado a cabo para la “ Adquisición de licencias para plataforma de correos electrónicos de la institución ” , se constataron las irregularidades descritas en esta resolución y sintetizadas en el párrafo 47 y que sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. CUARTO :RECOMENDAR al director del Museo Nacional de Historia Natural que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y a su Comité de Compras y Contrataciones a participar en formaciones de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, en especial sobr e elaboración de las bases de la contratación, así como también promover formaciones y actualizaciones periódicas sobre la Ley Orgánica de la Administración Pública Núm. 247 -12, la Ley Núm. 107 -13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Adm inistración y de Procedimiento Administrativo, y demás normativas vigentes que regulan la Administración Pública. Transcurridos seis (6) meses a partir de la recepción de la presente resolución, deberá notificar a este Órgano Rector los servidores y funcio narios públicos que han recibido dichas formaciones. QUINTO : ORDENAR la remisión formal de la presente resolución al Museo Nacional de Historia Natural , y a la s raz o n es social es FL Betances & Asociados, S.R.L., y Sitcorp , S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO : ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por este Órgano Rector, www.dgcp.gob.do .
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
Se muestran las 60 más recientes.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
| Firma autorizada |
| Acta de asamblea · 24 feb de 2024Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 11 |
| Constancia Maria Fernandez Batista | Gerente | Estatutos · 2 feb de 2011Documento en comunidad.comprasdominicana.gob.do, pág. 40 |
| Devora Andreina Rondon Ramirez | Firma autorizada | Acta de asamblea · 24 feb de 2024Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 11 |
| Leonardo Contreras | Gerente · Firma autorizada | Acta de asamblea · 24 feb de 2024Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 12 |
| Maria Fernandez Batista | Gerente | Estatutos · 2 feb de 2011Documento en comunidad.comprasdominicana.gob.do, pág. 37 |
| Oscar Cantillo Higuera | Firma autorizada | Certificado de registro mercantil · 22 abr de 2004Documento en transparencia.poderjudicial.gob.do, pág. 119 |
Los nombres salen de documentos públicos y se enlazan por nombre: coincidir en el nombre no prueba que sea la misma persona.
Proceso: MINERD-CCC-LPN-2018-0014 (Adquisición de Equipos y Dispositivos, para los estudiantes y…)
Empresas: Consorcio FL Betances-CMVG Electric Import (presentó la acción)Amesco, SRL (adjudicataria del proceso)Cecomsa, SRLChamartin Inversiones, SRLConsorcio Americapital Oficina UniversalConsorcio Breslavia-Posna MMIFDy 11 más
PRIMERO: RECHAZAR los medios de inadmisión planteado por los adjudicatarios, AMESCO, S.R.L., Chamartín Inversiones, S.R.L., y GEISA, S.R.L.., debido a que, por un lado, aunque la petición del recurrente sea de imposible cumplimiento, se debe verificar las posibles irregularidades denunciadas por las otras acciones legales que se pueden derivar de esta acción; y por el otro lado, debido a que el acto recurrido no cumplió con las formalidades del artículo 12 de la Ley Núm. 107-13, por tanto, no inició el plazo preclusivo, como fue planteado en los párrafos 28 al 34 de esta Resolución. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico incoado por el Consorcio FL Betances-CMVG Electric Import contra de la Resolución Núm. 1-2018, de fecha 19 de diciembre del 2018 dictada por el Comité de Compras del Ministerio de Educación en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MINERD-CCC-LPN-2018-0014, para los República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do “Adquisición de equipos y dispositivos para los estudiantes y docentes de los centros educativos públicos dentro del marco del programa República Digital- componente Educación, un Estudiante, una Computadora – un Docente, una Computadora, segunda etapa” por haber sido interpuesto con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. TERCERO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico, RECHAZAR los pedimentos del Consorcio FL Betances-CMVG Electric Import relativos a revocar la resolución recurrida, retrotraer el procedimiento, calificar su propuesta, y anular la licitación, debido a los motivos expuestos en los párrafos 78, 83 y 84 de esta Resolución. CUARTO: RECOMENDAR al ministro que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y al Comité de Compras y Contrataciones del MINERD que participen en formaciones de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana, impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en especial sobre motivación de los actos administrativos, notificaciones de subsanación y del debido proceso, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y su modificaciones, relativo a la función del Órgano Rector de capacitar a las unidades operativas de las instituciones sujetas a la misma, en materia de compras y contrataciones de bienes, servicios, y obras. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, Consorcio FL Betances-CMVG Electric Import, y Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines de lugar. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a los adjudicatarios: i) AMESCO, S.R.L.; ii) CECOMSA, S.R.L.; iii) Chamartín Inversiones, S.R.L.; iv) IQTEK Solutions, S.R.L.; v) GEISA, S.R.L.; vi) SINERGIT, S.A.; vii) Consorcio Americapital Oficina Universal; viii) Inversiones Iparra del Caribe, S.R.L.; ix) Consorcio Breslavia-Posna MMIFD; x) Multiservicios Hermes, S.R.L.; xi) Plaza Lama, S.A.; xii) OMEGA TECH, S.A.; xiii) Universal de Cómputos, S.R.L.; y XIV) Virginia, S.R.L. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal administrado por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
“Este Órgano Rector procede a rechazar el medio de inadmisión por falta de objeto planteado por Chamartín Inversiones, S.R.L y Amesco, S.R.L., al no comprobarse que los contratos suscritos en el marco del procedimiento han sido ejecutados en su totalidad. Asimismo, rechaza en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada el Consorcio FL Betances-CMVC Electric Import, tendente a suspender la ejecución…
Proceso: MINERD-CCC-LPN-2018-0014 (Adquisición de Equipos y Dispositivos, para los estudiantes y…)
Empresas: Consorcio FL Betances- CMVG Electric Import (presentó la acción)Amesco, SRLCecomsa, SRLChamartin Inversiones, SRLCMVG Electric Import, SRLConsorcio Americapital Oficina Universaly 11 más
PRIMERO: RECHAZA, el medio de inadmisión por falta de objeto planteado por las razones sociales Chamartín Inversiones, S.R.L y Amesco, S.R.L., al no comprobarse que los contratos suscritos en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MINERD-CCC- LPN-2018-0014 han sido ejecutados en su totalidad. SEGUNDO: ACOGER, en cuanto a la forma, la solicitud de medida cautelar presentada el Consorcio FL Betances-CMVC Electric Import., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. TERCERO: RECHAZAR, en cuanto al fondo, la solicitud de medida cautelar presentada el Consorcio FL Betances-CMVC Electric Import, tendente a suspender la ejecución de los contratos suscritos en el marco procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MINERD-CCC-LPN- 2018-0014, llevado a cabo por el Ministerio de Educación para la “Adquisición de equipos y dispositivos para los estudiantes y docentes de los centros educativos públicos dentro del marco del programa República Digital- componente Educación, un Estudiante, una Computadora – un Docente, una Computadora, segunda etapa”, toda vez que que solo se verificó la existencia de la apariencia de República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do ~<f) buen derecho “fumus boni iuris” en lo relativo a la inobservancia del cronograma previsto en cuanto a la “notificación de errores u omisiones de naturaleza subsanables”, y no así, en cuanto al contenido de la “circular de notificación errores u omisiones subsanables” y la presentación de la “carta de línea de crédito”, ya que para que este Órgano Rector verifique dicho aspecto, requiere realizar un examen de fondo; además, no ha sido sustentado ni probado el peligro inminente de esperar la decisión de fondo, y al mismo tiempo, no se ha demostrado el daño que ocasionaría al interés general el no suspenderse el procedimiento o que solo se garantizaría de así hacerlo. CUARTO: ORDENAR, la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el procedimiento de que se trata, el Consorcio FL Betances-CMVC Electric Import, al Ministerio de Educación, y a las razones sociales Amesco, S.R.L, Chamartín Inversiones, S.R.L, Sinergit, S.A., Universal de Cómputos, S.R.L., Plaza Lama, S.A., Inversiones de Iparra del Caribe, S.R.L., Virginia, S.R.L., IQTEK Solutions, S.R.L., Cecomsa, S.R.L., Omega Tech, S.A., Multiservicios Hermes, S.R.L, Gestión Energética e Industrial Suaport GEISA, S.R.L., el Consorcios Breslavia- Ponsa MMIFD y el Consorcio Americapital Oficina Universal, en calidad de adjudicatarias, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector.