Ministerio de Educación · Amesco, SRL, Chamartin Inversiones, SRL, Escolares Diversos Edisa, EIRL y 7 más
La adjudicataria compitió con una empresa que comparte su teléfono o correo
· hace 2 añosRD$29.1 millones
Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Ministerio de Educación · Amesco, SRL, Chamartin Inversiones, SRL, Escolares Diversos Edisa, EIRL y 7 más
· hace 2 añosRD$29.1 millones
Ministerio de Educación · Amesco, SRL, Chamartin Inversiones, SRL, Escolares Diversos Edisa, EIRL y 7 más
· hace 1 añoRD$79.5 millones
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Proceso: MINERD-CCC-LPN-2018-0014 (Adquisición de Equipos y Dispositivos, para los estudiantes y…)
Empresas: Consorcio FL Betances-CMVG Electric Import (presentó la acción)Amesco, SRL (adjudicataria del proceso)Cecomsa, SRLChamartin Inversiones, SRLConsorcio Americapital Oficina UniversalConsorcio Breslavia-Posna MMIFDy 11 más
PRIMERO: RECHAZAR los medios de inadmisión planteado por los adjudicatarios, AMESCO, S.R.L., Chamartín Inversiones, S.R.L., y GEISA, S.R.L.., debido a que, por un lado, aunque la petición del recurrente sea de imposible cumplimiento, se debe verificar las posibles irregularidades denunciadas por las otras acciones legales que se pueden derivar de esta acción; y por el otro lado, debido a que el acto recurrido no cumplió con las formalidades del artículo 12 de la Ley Núm. 107-13, por tanto, no inició el plazo preclusivo, como fue planteado en los párrafos 28 al 34 de esta Resolución. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico incoado por el Consorcio FL Betances-CMVG Electric Import contra de la Resolución Núm. 1-2018, de fecha 19 de diciembre del 2018 dictada por el Comité de Compras del Ministerio de Educación en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MINERD-CCC-LPN-2018-0014, para los República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do “Adquisición de equipos y dispositivos para los estudiantes y docentes de los centros educativos públicos dentro del marco del programa República Digital- componente Educación, un Estudiante, una Computadora – un Docente, una Computadora, segunda etapa” por haber sido interpuesto con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. TERCERO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico, RECHAZAR los pedimentos del Consorcio FL Betances-CMVG Electric Import relativos a revocar la resolución recurrida, retrotraer el procedimiento, calificar su propuesta, y anular la licitación, debido a los motivos expuestos en los párrafos 78, 83 y 84 de esta Resolución. CUARTO: RECOMENDAR al ministro que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y al Comité de Compras y Contrataciones del MINERD que participen en formaciones de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana, impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en especial sobre motivación de los actos administrativos, notificaciones de subsanación y del debido proceso, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y su modificaciones, relativo a la función del Órgano Rector de capacitar a las unidades operativas de las instituciones sujetas a la misma, en materia de compras y contrataciones de bienes, servicios, y obras. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, Consorcio FL Betances-CMVG Electric Import, y Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines de lugar. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a los adjudicatarios: i) AMESCO, S.R.L.; ii) CECOMSA, S.R.L.; iii) Chamartín Inversiones, S.R.L.; iv) IQTEK Solutions, S.R.L.; v) GEISA, S.R.L.; vi) SINERGIT, S.A.; vii) Consorcio Americapital Oficina Universal; viii) Inversiones Iparra del Caribe, S.R.L.; ix) Consorcio Breslavia-Posna MMIFD; x) Multiservicios Hermes, S.R.L.; xi) Plaza Lama, S.A.; xii) OMEGA TECH, S.A.; xiii) Universal de Cómputos, S.R.L.; y XIV) Virginia, S.R.L. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal administrado por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
| RD$1.7 millones |
| 17 oct de 2024 |
| Cancelado |
| Servicios de Almuerzos dirigidos a MiPymes Mujer, (Compras verdes). | Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social | RD$1 millones | 23 sept de 2024 | Modificado |
| “CONTRATACIÓN SERVICIOS DE REFRIGERIOS/CATERING, DIRIGIDO A MIPYMES” (Compras Verdes) | Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social | RD$1.7 millones | 5 ago de 2024 | Activo |
| “Servicios de Reparación de Butacas Escolar, Dirigido a MIPYMES,” | Ministerio de Educación | RD$4.8 millones | 24 jun de 2020 | Activo |
| Adquisición de Mobiliario Escolar, dirigido a Mipymes | Ministerio de Educación | RD$1 millones | 25 feb de 2020 | Cerrado |
| Adquisición de Mobiliario Escolar, dirigido a MYPIMES | Ministerio de Educación | RD$1 millones | 25 feb de 2020 | Cerrado |
| Adquisición de Equipos y Dispositivos, para los estudiantes y docentes de 650 centros educativos públicos distribuidos… | Ministerio de Educación | RD$619.9 millones | 17 dic de 2018 | Activo |
| ADQUISICIÓN DE MESAS PLEGABLES RECTANGULARES PARA COMEDORES ESCOLARES | Ministerio de Educación | RD$48.8 millones | 8 nov de 2018 | Activo |
Resolución RIC-243-2020, que establece: Se rechazan ambos medios de inadmisión, y en cuanto al fondo, se comprueba que el oferente alega irregularidades y violaciones del pliego al Tratado de Libre Comercio luego de presentar su oferta y ser descalificado, por lo que se aclara que la ilegalidad de algún requerimiento del pliego debía ser antes de la presentación de su oferta. De todos modos, la denuncia se…
Proceso: MINERD-CCC-LPN-2018-0014 (Adquisición de Equipos y Dispositivos, para los estudiantes y…)
Empresas: Amesco, SRL (adjudicataria del proceso)Cecomsa, SRLChamartin Inversiones, SRLConsorcio Americapital Oficina UniversalConsorcio Breslavia-Posna MMIFDGEISA, S.R.L.y 10 más
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión planteado por los adjudicatarios, AMESCO, S.R.L. y GEISA, S.R.L.., debido a que, por un lado, aunque la petición del recurrente sea de imposible cumplimiento, se debe verificar las posibles irregularidades denunciadas por las otras acciones legales que se pueden derivar de esta acción; y por el otro lado, debido a que el acto recurrido no cumplió con las formalidades del artículo 12 de la Ley Núm. 107-13, por tanto, no inició el plazo preclusivo, como fue planteado en los párrafos 27 al 32 de esta Resolución. SEGUNDO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico incoado por el Consorcio Productive Business Solutions contra de la Resolución Núm. 2-2018, de fecha 19 de diciembre del 2018 dictada por el Comité de Compras del Ministerio de Educación en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MINERD-CCC-LPN-2018-0014, para “Adquisición de equipos y dispositivos para los estudiantes y docentes de los centros educativos públicos dentro del marco del programa República Digital- componente Educación, un Estudiante, una Computadora – un Docente, una Computadora, segunda etapa” por haber sido interpuesto con las formalidades y en el plazo del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. TERCERO: En cuanto al fondo del recurso jerárquico, se RECHAZAN los pedimentos de revocar la resolución recurrida; habilitar y abrir su propuesta económica, y de anular y revocar la descalificación del Consorcio Productive Business Solutions debido a que no tiene méritos sus alegatos por los motivos expuestos en la presente resolución y de manera sintetizada en el párrafo 70. CUARTO: DECLARAR que en la Licitación Pública Nacional Núm. MINERD-CCC-LPN-2018- 0014, se constataron irregularidades en la motivación del “informe de evaluación técnica y habilitación de oferentes” de fecha 10 de septiembre de 2018, en cuanto a la razón señalada para no permitir la subsanación de la línea de crédito. Irregularidades que sirven para recomendar aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. QUINTO: RECOMENDAR al ministro que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y al Comité de Compras y Contrataciones del MINERD que participen en formaciones de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana, impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en especial sobre elaboración de informes de evaluación y actos administrativos, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y su modificaciones, relativo a la función del Órgano Rector de capacitar a las unidades operativas de las instituciones sujetas a la misma, en materia de compras y contrataciones de bienes, servicios, y obras. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, el Consorcio Productive Business Solutions, y Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a los adjudicatarios: i) AMESCO, S.R.L.; ii) CECOMSA, S.R.L.; iii) Chamartín Inversiones, S.R.L.; iv) IQTEK Solutions, S.R.L.; v) GEISA, S.R.L.; vi) SINERGIT, S.A.; vii) Consorcio Americapital Oficina Universal; viii) Inversiones Iparra del Caribe, S.R.L.; ix) Consorcio Breslavia-Posna MMIFD; x) Multiservicios Hermes, S.R.L.; xi) Plaza Lama, S.A.; xii) OMEGA TECH, S.A.; xiii) Universal de Cómputos, S.R.L.; y XIV) Virginia, S.R.L. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal administrado por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
Proceso: MINERD-CCC-LPN-2018-0015 (ADQUISICIÓN DE MESAS PLEGABLES RECTANGULARES PARA COMEDORES ESCOLARES)
Empresas: Amesco, SRL (adjudicataria del proceso)Chamartin Inversiones, SRLGrupo Cristante, SRLInversiones Koralia, SRLSistemas & Tecnología, SRL
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión planteado por las adjudicatarias, Amesco, S.R.L, Grupo Cristante, S.R.L. y Chamartin Inversiones, S.R.L., en contra del recurso jerárquico presentado en fecha 16 de noviembre de 2018, por la razón social Sistemas y Tecnología, S.R.L. (SISTEC) contra la “notificación de calificación para la apertura sobre B”, de fecha 1ero de octubre de 2018 emitida por el presidente del Comité de Compras y Contrataciones del MINERD en el marco del procedimiento por Licitación Pública Nacional Núm. MINERD-CCC-LPN-2018-0015, para la “Adquisición de mesas plegables rectangulares para comedores escolares”, debido a que existen otras acciones legales que se pueden derivar de este recurso jerárquico, como fue planteado en los párrafos 28 al 32 de esta Resolución. SEGUNDO: DECLARAR la inadmisión del recurso jerárquico presentado en fecha 16 de noviembre de 2018, por la razón social Sistemas y Tecnología, S.R.L. (SISTEC) contra la “notificación de calificación para la apertura sobre B”, de fecha 1ero de octubre de 2018 emitida por el presidente del Comité de Compras y Contrataciones del MINERD en el marco del procedimiento por Licitación Pública Nacional Núm. MINERD-CCC-LPN-2018-0015, para la “Adquisición de mesas plegables rectangulares para comedores escolares, porque fue presentado con argumentos y peticiones de un acto (adjudicación) no recurrido ante el MINERD, sin agotar las etapas procesales www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do que establece numeral 1 del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y como fue desarrollado desde el párrafo 32 al 50 de esta Resolución. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, la razón social Sistemas y Tecnología, S.R.L. (SISTEC), al Ministerio de Educación (MINERD), y a las razones sociales: i) Inversiones Koralia, S.R.L.; ii) Amesco, S.R.L.; iii) Grupo Cristante, S.R.L.; y iv) Chamartin Inversiones, S.R.L. para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
Proceso: MINERD-CCC-LPN-2018-0015 (ADQUISICIÓN DE MESAS PLEGABLES RECTANGULARES PARA COMEDORES ESCOLARES)
Empresas: Torclow, SRL (presentó la acción)Amesco, SRLChamartin Inversiones, SRLGrupo Cristante, SRLInversiones Koralia, SRL
PRIMERO: ACOGER el medio de inadmisión planteado por la razón social Inversiones Koralia, S.R.L., en contra del recurso jerárquico presentado en fecha 14 de noviembre de 2018, por la razón social TORCLOW, S.R.L., contra la “notificación de adjudicación” emitida por el presidente del Comité de Compras y Contrataciones del MINERD en el marco del procedimiento por Licitación Pública Nacional Núm. MINERD-CCC-LPN-2018-0015, para la “Adquisición de mesas plegables rectangulares para comedores escolares”, porque el recurrente, previo a incoar este recurso jerárquico, no presentó el recurso de impugnación ante el MINERD, como lo establece el numeral 1 del artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, y como fue desarrollado desde el párrafo 26 al 46 de esta Resolución. SEGUNDO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes, la razón social TORCLOW, S.R.L., al Ministerio de Educación (MINERD), y a las razones sociales: i) Inversiones Koralia, S.R.L.; ii) Amesco, S.R.L.; iii) Grupo Cristante, S.R.L.; y iv) Chamartin Inversiones, S.R.L. para su conocimiento y fines de lugar. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector en www.dgcp.gob.do.
En cuanto al fondo RECHAZAR los pedimentos presentados por la razón social Supligama, S.R.L., respecto a la idoneidad de sus ofertas debido a que esta no ha presentado pruebas suficientes en soporte a su alegatos por lo que carece de méritos conforme lo analizado, así su solicitud, de acuerdo a lo establecido en el párrafo 54, 55, 66 y 67 de este acto, y en cuanto a que esta Dirección General Proceda a declarar la…
Procesos: MINERD-CCC-LPN-2018-0015 (ADQUISICIÓN DE MESAS PLEGABLES RECTANGULARES PARA COMEDORES ESCOLARES)MINERD-CCC-2018-0015
Empresas: Supligama, SRL (presentó la acción)Chamartin Inversiones, SRL (adjudicataria del proceso)Amesco, SRLGrupo Cristante, SRLKoralia, S.R.L.
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión por falta de objeto planteado por las adjudicatarias Chamartín Inversiones, S.R.L, Amesco, S.R.L. y Grupo Crisante, S.R.L., contra el presente recurso jerárquico por silencio administrativo presentado por la razón social Supligama., S.R.L., en razón de que el hecho que da origen al presente recurso lo es la falta de respuesta, lo que aún subsiste y que se evidencie si hubo irregularidades en la ejecución de la etapa de evaluación. Y en consecuencia, ACOGER en cuanto a la forma la presente acción, en contra de la Licitación Pública Nacional Núm. MINERD-CCC-LPN-2018-0015, llevada a cabo por el MINERD para la “adquisición de mesas plegables para comedores escolares”, por haber sido interpuesta de conformidad con el artículo 67 de la ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, como se ha desarrollado en el párrafo 68 de esta resolución. SEGUNDO: En cuanto al fondo RECHAZAR los pedimentos presentados por la razón social Supligama, S.R.L., respecto a la idoneidad de sus ofertas debido a que esta no ha presentado pruebas suficientes en soporte a su alegatos por lo que carece de méritos conforme lo analizado, así su solicitud, de acuerdo a lo establecido en el párrafo 54, 55, 66 y 67 de este acto, y en cuanto a que esta Dirección General Proceda a declarar la nulidad del procedimiento, debido a la imposibilidad de este Órgano Rector retrotraer el proceso debido a la etapa en que se encuentra. TERCERO: DECLARAR que en el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MINERD- -CCC-LPN-2018-0015 objeto del presente recurso jerárquico el Ministerio de Educación llevado a República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do cabo para la “Adquisición de mesas plegable para comedores escolares” se constataron las irregularidades descritas en la presente resolución y sintetizadas en el párrafo 69 de esta resolución, las cuales sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. CUARTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad ejecutiva del Ministerio de Educación que instruya a la Unidad de Compras y Contrataciones, posibles peritos de la institución y al Comité de Compras y Contrataciones de dicha institución a participar en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones; así como también ordene participar en talleres sobre la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de esta Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, a saber: i) a la razón social Supligama, S.R.L., parte recurrente, ii) Ministerio de Educación, en la persona de la máxima autoridad de la institución contratante; y iii) a las adjudicatarias, las razones sociales Chamartín Inversiones, S.R.L, Amesco, S.R.L., Grupo Crisante, S.R.L., y Koralia, S.R.L. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana y a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SEPTIMO: ORDENAR que la presente Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por éste Órgano Rector, en www.comprasdominicana.gob.do y en www.dgcp.gob.do.
Rechaza los medios de inadmisión planteados por las partes; acoge en la forma la solicitud de medida cautelar y rechaza la solicitud de medida cauetar toda vez que que solo se verificó la existencia de la apariencia de buen derecho “fumus boni iuris” en lo relativo a la falta de respuesta por parte de la institución contratante, aunque no así, en cuanto a las alegadas irregularidades del procedimiento, por ser…
Proceso: MINERD-CCC-LPN-2018-0015 (ADQUISICIÓN DE MESAS PLEGABLES RECTANGULARES PARA COMEDORES ESCOLARES)
Empresas: Supligama, SRL (presentó la acción)Amesco, SRLChamartin Inversiones, SRLGrupo Cristante, SRLInversiones Koralia, SRL
PRIMERO: RECHAZA, el medio de inadmisión por falta de presupuestos legales, planteado por el Ministerio de Educación (MINERD), al verificarse que su fundamento requiere de un análisis de fondo de los tres requisitos esenciales para la adopción de las medidas cautelares. SEGUNDO: RECHAZA, el medio de inadmisión planteado por las razones sociales Chamartín Inversiones, S.R.L, Amesco, S.R.L., y Grupo Crisante, S.R.L., al verificarse que la recurrente no circunscribe su medida cautelar a la exclusiva suspensión de un lote o contrato determinado, y, por consiguiente, no se ha podido comprobar ni demostrar la falta de objeto. TERCERO: ACOGER, en cuanto a la forma, la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social Supligama, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. CUARTO: RECHAZAR, en cuanto al fondo, la solicitud de medida cautelar presentada la razón social Supligama, S.R.L., tendente a suspender el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MINERD-CCC-LPN-2018-0015, llevado a cabo por el Ministerio de Educación (MINERD) para la “Adquisición de mesas plegables para comedores económicos”, toda vez que que solo se verificó la existencia de la apariencia de buen derecho “fumus boni iuris” en lo relativo a la falta de respuesta por parte de la institución contratante, aunque no así, en cuanto a las alegadas irregularidades del procedimiento, por ser cuestiones de fondo del recurso; además, no ha sido sustentado ni probado el peligro en la demora, y al mismo tiempo, el daño que ocasionaría al interés general el no suspenderse el procedimiento o que solo se garantizaría de así hacerlo. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, el Ministerio de Educación (MINERD) y a las razones sociales Supligama, S.R.L., Amesco, S.R.L., Chamartín Inversiones, S.R.L., Grupo Crisante, S.R.L. e Inversiones Koralia, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que la presente resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por esta Dirección General de Contrataciones Públicas, en www.comprasdominicana.gob.do y www.dgcp.gob.do.
“Este Órgano Rector procede a rechazar el medio de inadmisión por falta de objeto planteado por Chamartín Inversiones, S.R.L y Amesco, S.R.L., al no comprobarse que los contratos suscritos en el marco del procedimiento han sido ejecutados en su totalidad. Asimismo, rechaza en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada el Consorcio FL Betances-CMVC Electric Import, tendente a suspender la ejecución…
Proceso: MINERD-CCC-LPN-2018-0014 (Adquisición de Equipos y Dispositivos, para los estudiantes y…)
Empresas: Consorcio FL Betances- CMVG Electric Import (presentó la acción)Amesco, SRLCecomsa, SRLChamartin Inversiones, SRLCMVG Electric Import, SRLConsorcio Americapital Oficina Universaly 11 más
PRIMERO: RECHAZA, el medio de inadmisión por falta de objeto planteado por las razones sociales Chamartín Inversiones, S.R.L y Amesco, S.R.L., al no comprobarse que los contratos suscritos en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MINERD-CCC- LPN-2018-0014 han sido ejecutados en su totalidad. SEGUNDO: ACOGER, en cuanto a la forma, la solicitud de medida cautelar presentada el Consorcio FL Betances-CMVC Electric Import., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. TERCERO: RECHAZAR, en cuanto al fondo, la solicitud de medida cautelar presentada el Consorcio FL Betances-CMVC Electric Import, tendente a suspender la ejecución de los contratos suscritos en el marco procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MINERD-CCC-LPN- 2018-0014, llevado a cabo por el Ministerio de Educación para la “Adquisición de equipos y dispositivos para los estudiantes y docentes de los centros educativos públicos dentro del marco del programa República Digital- componente Educación, un Estudiante, una Computadora – un Docente, una Computadora, segunda etapa”, toda vez que que solo se verificó la existencia de la apariencia de República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do ~<f) buen derecho “fumus boni iuris” en lo relativo a la inobservancia del cronograma previsto en cuanto a la “notificación de errores u omisiones de naturaleza subsanables”, y no así, en cuanto al contenido de la “circular de notificación errores u omisiones subsanables” y la presentación de la “carta de línea de crédito”, ya que para que este Órgano Rector verifique dicho aspecto, requiere realizar un examen de fondo; además, no ha sido sustentado ni probado el peligro inminente de esperar la decisión de fondo, y al mismo tiempo, no se ha demostrado el daño que ocasionaría al interés general el no suspenderse el procedimiento o que solo se garantizaría de así hacerlo. CUARTO: ORDENAR, la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el procedimiento de que se trata, el Consorcio FL Betances-CMVC Electric Import, al Ministerio de Educación, y a las razones sociales Amesco, S.R.L, Chamartín Inversiones, S.R.L, Sinergit, S.A., Universal de Cómputos, S.R.L., Plaza Lama, S.A., Inversiones de Iparra del Caribe, S.R.L., Virginia, S.R.L., IQTEK Solutions, S.R.L., Cecomsa, S.R.L., Omega Tech, S.A., Multiservicios Hermes, S.R.L, Gestión Energética e Industrial Suaport GEISA, S.R.L., el Consorcios Breslavia- Ponsa MMIFD y el Consorcio Americapital Oficina Universal, en calidad de adjudicatarias, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector.
“Este Órgano Rector procede a rechazar el medio de inadmisión por falta de presupuestos legales incoado por el (MINERD), por haber sido planteado con argumentos que versan sobre el fondo, y acoge la solicitud de inadmisión presentada por las razones sociales Amesco S.R.L, y Chamartín Inversiones S.R.L.. Por vía de consecuencia, declara la inadmisión por falta de objeto, debido a que se comprueba que al momento de…
Proceso: MINERD-CCC-LPN-2018-0014 (Adquisición de Equipos y Dispositivos, para los estudiantes y…)
Empresas: Amesco, SRL (presentó la acción)Cecomsa, SRLChamartin Inversiones, SRLConsorcio Americapital Oficina UniversalConsorcio Breslavia-Ponsa MMIFDGestión Energética e Industrial Suaport GEISA, SRLy 9 más
PRIMERO: RECHAZAR el medio de inadmisión por falta de presupuestos legales incoado por el Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD), por haber sido planteado con argumentos que versan sobre el fondo. SEGUNDO: ACOGER, la solicitud de inadmisión presentada por las razones sociales Amesco S.R.L, y Chamartín Inversiones S.R.L., y por vía de consecuencia DECLARAR la inadmisión por falta de objeto de la solicitud de medida cautelar incoada por el Consorcio Productive Business Solutions en fecha 24 de enero de 2019, debido a que se comprueba que al momento de ser presentada la medida cautelar, el acto que se persigue suspender – la adjudicación del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. MINERD-CCC-LPN-2018-0014 -, ya había surtido sus efectos. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, el Consorcio Productive Business Solutions, al Ministerio de Educación (MINERD), y a las razones sociales Amesco S.R.L, Chamartín Inversiones S.R.L, Sinergit S.A., Consorcio Breslavia-Ponsa MMIFD, Universal de Cómputos, SRL, Plaza Lama S.A., Inversiones República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do de Iparra del Caribe, S.R.L., Virginia, S.R.L., IQUTEK Solutions S.R.L., Cecomsa, S.R.L., Omega Tech S.A., Consorcio Americapital Oficina Universal, Multiservicios Hermes S.R.L, y Gestión Energética e Industrial Suaport GEISA S.R.L., en calidad de adjudicatarias, para su conocimiento y fines de lugar. CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector.
Rechaza la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social TORCLOW, S.R.L., tendente a suspender el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. ME-CCC-LPN-2018-15 para la “Adquisición de mesas plegables para comedores escolares”, toda vez que no ha sido probado el peligro en la demora “periculum in mora”, ni el daño que ocasionaría al interés general el no suspender el procedimiento o que solo se…
Procesos: MINERD-CCC-LPN-2018-0015 (ADQUISICIÓN DE MESAS PLEGABLES RECTANGULARES PARA COMEDORES ESCOLARES)ME-CCC-LPN-2018-15
Empresas: Torclow, SRL (presentó la acción)Amesco, SRLChamartin Inversiones, SRLGrupo Cristante, SRLInversiones Koralia, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social TORCLOW, S.R.L., por haber sido realizada de acuerdo a las formalidades requeridas por la normativa. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de medida cautelar presentada por la razón social TORCLOW, S.R.L., tendente a suspender el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. ME-CCC-LPN-2018-15 para la “Adquisición de mesas plegables para comedores escolares”, toda vez que no ha sido probado el peligro en la demora “periculum in mora”, ni el daño que ocasionaría al interés general el no suspender el procedimiento o que solo se garantizaría si se suspendieran sus efectos. TERCERO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso de que se trata, al Ministerio de Educación de la República Dominicana (MINERD) y a las razones sociales TORCLOW, S.R.L., AMESCO, S.R.L., Grupo Cristante, S.R.L., Chamartin Inversiones, S.R.L., e Inversiones Koralia, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS CUARTO: ORDENAR la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por este Órgano Rector.
Que rechaza el Recurso Jerárquico Intepuesto por la razón social Empresas Integradas S.A. en contra de la cancelación del procedimiento de Licitación Pública Nacional No. INEFI-LPN-001-2014 llevado a cabo por el Instituto Nacional de Educación Física (INEFI) para la Adquisición de 15,000 camisetas, 4,000 polos y 1,000 pantalones deportivos.
Procesos: INEFI-LPN-001-2014INEFl-LPN-001-2014
Empresas: Empresas Integradas, SAS (presentó la acción)Chamartin Inversiones, SRLCIERRES Y ACCESORIOS BBJ, SRLConfecciones Islarengue, SRLFashion Textiles MFLA, SRLG Universal Promotion S.R.L.y 6 más
PRIMERO: ACOGER, como al efecto ACOGE, en cuanto a la forma, el Recurso Jerárquico interpuesto por la razón social Empresas Integradas S.A., a través de sus abogadas constituidas las Licenciadas Orietta Miniño Simó y Denis Delgado R, contra la Resolución No. 003 emitida por el Comité de Compras y Contrataciones Páginn 54 de 57 l--- <1.) c0Ññmc10NES PÚBllCAS c.,llc l'cd, ... \. l.luh~ll '· E,,¡. R11dn:.:u,1, l)l,j,,, ( ;,11,11, S.rnru Domm:.:o, R"l'llhh,,1 D,11111111, ,111,1 Tel. 1s11•n 6'<2 -7 ~(17 F,1' (811'/l l>S~ 1 :;¡q Ri\:(. llll (]l(,'J l~ www.cumprasilominicana.¡:m•.do I www.,l¡:c¡i.¡:11h.1lo {ij República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCION GENEW DE CONTRATACIONES PÚBllCAS del Instituto Nacional de Educación Física (INEFI) de fecha veinticuatro (24) de julio de dos mil catorce (2014) en respuesta a su Recurso Impugnación, en relación al Procedimiento de Licitación Pública Nacional No. INEFl-LPN-001-2014, llevado a cabo por el Instituto Nacional de Educación Física (INEFI), para la "Adquisición de qui11ce mil (15,000) camisetas deportivas, cuatro mil (4,000) polo, mil (1,000) pantalones deportivos", por haber sido interpuesta de conformidad con las disposiciones del artículo 67 de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR, como al efecto RECHAZA, los alegatos presentados por la razón social Empresas Integradas S.A, por haber comprobado este Órgano Rector que el Instituto Nacional de Educación Física (INEFI) actuó conforme al ordenamiento jurídico vigente en materia de compras y contrataciones públicas, al cancelar del procedimiento Licitación Pública Nacional No. INEFI-LPN-001-2014, por haber omitido la evaluación de ofertas técnicas y homologacjón de muestras previo a la apertura de las ofertas económicas, tal como establece el artículo 25 de la Ley No. 340-06, el párrafo I del artículo 88 del Reglamento No. 543-12 y los numerales 3.5) y 3.6) del Pliego de Condiciones Específicas de la citada Licitación, siendo éstas etapas sustanciales del procedimiento. TERCERO: CONVOCAR como al efecto CONVOCA a la Unidad de Compras y Contrataciones y el Comité de Compras y Contrataciones del Instituto Nacional de Educación Física (INEFI) para que solicite a este Órgano Rector u participe en <1•) Croiñüiic10 PÚBllCAS C.11lc l'dn,. \ Ll11hcrc,. 1-'."! Rndr11.;ucz l )t,¡,,, ( ;.1/dll' S.1111,, IJ11mi11~n. Rq,uhh,.1 D,11111111,.111.1. Td I Sil')) (>~2 -7 407 F.l\: (Sll'Jl 6SS 1 qq RI\( IO I fl )(,') 3 2 \\'\\W.c11111prasil11111inic1111a.¡:11\·.,ln 1 \\'\\'w.il¡:q1.¡:uh.1lc, iü República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCION GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas CUARTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la razón social Empresas Integradas S.A., para su conocimiento y fines de lugar. QUINTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución al Instituto Nacional de Educación física (INEFI), para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a las razones sociales Confecciones Islarengue S.R.L, Chamartin Inversiones S.R.L., Fashion Textiles MFLA, S.R.L, E & G Universal Promotion S.R.L., Le Tailleur S.R.L., Lino & Ceda Valera S.R.L., Logomotion S.R.L., Perelor Industrial S.R.L., Proagro Dominicana E.J.R.L., SGI Servicios y Gestiones Institucionales E.I.R.L., Suplidora Mara S.R.L., y Cierres y Accesorios BBJ S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR, como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente resolución al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines de lugar. <1.) c'iimiric10 POBUCAS l',11lc l'ed1" \. Lluhere,. E,q R11,fm:ucz O!,j,,, C,.11.11,· S.111tn 1)11m1n;.:", l~q•uhli,.11)011111m.111.1.Td. (1'0'JI r,l-12 -7-fll7 F.L, (Rll'li 1,s~ J,,_.J R:\( -IOICll/,'!3~ IV\\ w.cnmprasdnminicana.gnv.1ln l W\\ w.dgcp.~nh.,ln ü República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECClllN GENERAL DE CONTRATACIONES PIÍBllCAS OCTAVO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. NOVENO: ORDENAR como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar.