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Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Declara y constata que en la Licitación Pública Nacional Núm. PASP-LPN-012-2016, llevado a cabo por el Plan de Asistencia Social de la Presidencia, presentó irregularidades graves en el pliego de condiciones que no permitían realizar una evaluación objetiva de las ofertas recibidas, por lo que no se puedo determinar si en efecto, la oferta de la razón social Panificadora Barahona S.R.L. cumplía con los requisitos…
Proceso: PASP-LPN-012-2016
Empresas: Panificadora Barahona, SRL (presentó la acción)1) Empresas Maysel S.R.L. 2) Haila S.R.L.Empresas Mayzel, SRLHaila, SRLLunes Suplidores de Oficina, SRL
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto por la razón social Panificadora Barahona S.R.L., contra el “la decisión” del Plan de Asistencia Social de la Presidencia en respuesta al recurso de impugnación, de fecha 30 de noviembre de 2016, en el marco del procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. PASP-LPN-012-2016, llevado a cabo por dicha institución para la “el servicio de embalaje de cajas navideñas”, por haber sido interpuestos conforme a los plazos y las formalidades establecidas en el artículo 67 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: DECLARAR que Licitación Pública Nacional Núm. PASP-LPN-012-2016, llevado a cabo por el Plan de Asistencia Social de la Presidencia, presentó irregularidades graves en el pliego de condiciones que no permitían realizar una evaluación objetiva de las ofertas recibidas, por lo que no se puedo determinar si en efecto, la oferta de la razón social Panificadora Barahona S.R.L. cumplía con los requisitos establecidos. TERCERO: DECLARAR que en la Licitación Pública Nacional Núm. PASP-LPN-012-2016 se constataron las irregularidades descritas en esta resolución y sintetizadas en el párrafo 67, las cuales sirven para identificar las debilidades del procedimiento de contratación de cara a recomendar los aspectos a fortalecer y a mejorar en procedimientos futuros. CUARTO: RECOMENDAR a la máxima autoridad ejecutiva del Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP), que conforme al debido proceso dispuesto en la Ley Núm. 107-13 y la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, determine a los funcionarios responsables de no ceñir su actuación a las normas de contratación pública en el procedimiento de Licitación Pública Nacional Núm. PASP-LPN-012-2016, para la para la contratación de “servicios para el embalaje de cajas navideñas” - que hayan participado y permanezca en la actual gestión-, y en consecuencia, aplique las sanciones que pudieran corresponder, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el párrafo I del artículo 65 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones. QUINTO: RECOMENDAR a máxima autoridad ejecutiva del Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP), que ordene a la Unidad de Compras y Contrataciones y al Comité de Compras y Contrataciones de dicha institución, a participar en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en especial un taller sobre los pliegos de condiciones específicas y criterios de evaluación; así como también en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública Núm. 247-12 y la Ley Núm. 107-13 sobre Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo. SEXTO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución al Plan de Asistencia Social de la Presidencia (PASP), a la razón social Panificadora Barahona, S.R.L., y a las razones sociales: 1) Empresas Maysel S.R.L. 2) Haila S.R.L. y 3) Lunes Suplidores de oficinas S.R.L. para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas, para su conocimiento y fines de lugar. OCTAVO: ORDENAR que la presente Resolución sea publicada en los portales electrónicos administrados por éste Órgano Rector, en www.comprasdominicana.gob.do y en www.dgcp.gob.do.
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Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Procesos: LPN-MISPAS-01-2015MISPAS-CCC-01-2015MISPAS-CCC-LPN-01-2015MISPAS-LPN-01-2015
Empresas: Haila, SRL (presentó la acción)Briabel Solutions Group, SRLHalla, S.R.L.
PRIMERO: ACOGER, como al efecto ACOGE, en cuanto a la forma, los recursos jerárquicos presentados por las razones sociales Haila S.R.Ly Briabel Solutions Group S.R.L. Procedimiento de Licitación Pública Nacional No. MISPAS-CCC-01-2015, llevado a cabo por dicho Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social para la "Compra de indumentarias para el personal del Sistema Nacional de Emergencias Médicas 9-1-1" por haber sido interpuesta de conformidad con las disposiciones del artículo 67 de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones. SEGUNDO: En cuanto al fondo, ACOGER, como al efecto ACOGE, el recurso jerárquico presentado por la razón social Haila S.R.L., en lo relativo a que fue calificada para los ítems de gorras y correas y presentó precios menores que la razón social que resultó adjudicataria. TERCERO: En cuanto al fondo, ACOGER como al efecto ACOGE, las conclusiones presentadas por la razón social Briabel Solutions de reevaluar los precios de los ftems Nos. LPN-26, LPN-27, LPN-28, LPN-29, LPN- 30, LPN-31, LPN-32, LPN-33, LPN-34, LPN-35, LPN-36, LPN-37, LPN-38 de pantalones tipo cargo azul marino. CUARTO: En cuanto al Procedimiento de Licitación Pública Nacional No. MISPAS-LPN-01- 2015, llevado a cabo para la "O:mipra de indumentarias para el personal del Sistema Nacional de Emergencias Médicas 9-1-1" DECLARAR, como al efecto DECLARA, que dicha entidad no cumplió con las disposiciones siguientes: d. De la Ley No 340-06 y sus modificaciones y del Reglamento No. 543-12: i. Artículo 3 numeral 2 "principio de igualdad y libre competencia" de Ley No. 340-06 y sus modificaciones contenidas en la Ley 449-06 al otorgar preferencias sin justificación /} previa a las ofertas presentadas por la adjudicataria de los ítems recurridos. v· C7•' c'oiñiiiicioNES .,JNBUCAS -·------- www.comprasdominicanll.gob.do I www.dgcp.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS u Af\10 DE LA ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA" ii. Artículo 3 numeral 4 "principio de economía y flexibilidad" de Ley No. 340-06 y sus modificaciones contenidas en la Ley 449-06 y al artículo 88 del reglamento de aplicación No.543-12, al no incluir en el pliego de condiciones los criterios de adjudicación. ili. Artículo 26 de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones, al adjudicar a propuestas que no eran las más convenientes para el interés institucional y del país. iv. Párrafo II del artículo 30 de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones, al solicitar garantías diferentes a la póliza de seguro y la garantía bancaria, los cuales son los únicos tipos de garantías que la Ley admite para ser presentadas por los oferentes en un procedimiento de selección o por los adjudicatarios durante la ejecución de un contrato suscrito con el Estado dominicano. v. Artículo 32 del Reglamento No. 543-12, al emitir dos (2) certificaciones de existencia de fondos, de fechas similares, que no permiten identificar cual es el presupuesto asignado para la adquisición de los bienes objeto de la licitación. vi. Artículo 36 del Reglamento de aplicación de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones, aprobado mediante Decreto No. 543-12, al no incluir en el Comité de Compras y Contrataciones al Encargado del área de planificación. ~1ü. Artículos 97 y 98 del Reglamento No. 543-12, sobre evaluación de oferta económica, toda vez que no consta el informe de evaluación de los peritos evaluadores, lo que pudiera considerarse a que este no fue realizado, pues este documento fue solicitado mediante las comunicaciones DGCP44-2015-003412, DGCP44-2015-00348, en fechas 17 de agosto y lera. de septiembre de 2015 respectivamente. y COIITIIIICIONIS <·:>-- 1 r!!!~-- www.compnudominicana.gob.do J www.dgcp.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS e. Del pliego de condiciones específicas: i. Numeral 1.27 sobre "Enmiendas", al desconocer al momento de evaluar las ofertas lo establecido en las circulares emitidas por el Comité de Compras y Contrataciones, las cuales forman parte integral del Pliego de condiciones; ii. Numeral 4.1 "Criterio de adjudicación", al adjudicar los ítems de pantalones, botas tanqueras, correas y gorras, sin considerar las propuestas que habiendo cumplido con los requisitos técnicos, representara la opción más conveniente para los intereses institucionales y del país. f. Del Manual de Procedimientos: i. Numeral 06.05 al omitir el informe consolidado de evaluación de ofertas técnicas "Sobre A" y el acta de aprobación de Informe definitivo de evaluación de ofertas técnicas "Sobre A". ü. Numeral 07.01 al no realizar el Reporte preliminar de lugares ocupados y el estudio de precios. QUINTO: ANULAR el acto de adjudicación No. 29-2015 de fecha 17 de junio de 2015 en lo que corresponde a los ítems de pantalones tipo cargo azul marino, por no haber sido adjudicado considerando el tipo de tela permitido por el MISPAS y el menor precio ofertado y en consecuencia ORDENAR al MISPAS re-evaluar las muestras presentadas en los ítems pantalones, con apego irrestricto a los criterios establecidos en el pliego de condiciones específicas, la normativa que rige el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas, y tomando en consideración las ofertas presentadas en telas twill 100% y ripstop y las demás ,/J. observaciones y hallazgos descritos en el cuerpo de la presente resolución. / <1• '- i:iiiWiliicloNES .-' !:!!!;!9!!,._ www.compnudominicana.gob.do I www.dgq,.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS u AÑO DE LA ATENCIÓN INTEGRAL A LA PRIMERA INFANCIA" SEXTO: ANULAR también el acto de adjudicación No. 29-2015 de fecha 17 de junio de 2015 en lo referente a los ítems t-shirt", caneas, gonas y botas tanqueras los cuales se ha evidenciado que no fueron adjudicados a los de menor precio ofertado, aun habiendo éstos cumplido técnicamente según el informe de evaluación, por lo tanto no obstante ser bienes comunes y no haber otro criterio establecido en el pliego de condiciones específicas se ORDENA al MISPAS adjudicar a las ofertas de menor precio. SÉPTIMO: RECOMENDAR como al efecto RECOMIENDA, a la Ministra de Salud Pública y Asistencia Social a aplicar las disposiciones legales contenidas en el artículo 65 de la Ley No. 340-06 y sus modificaciones, así como también las disposiciones de la Resolución No. 6/2009 de la Dirección General de Contrataciones Públicas, y en consecuencia proceda a investigar y sancionar a los funcionarios responsables de no ceñir su actuación a las normas del debido proceso administrativo en el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. MISPAS-CCC- 01-2015, llevado a cabo "Compra de indumentarias para el personal del Sistema Nacional de Emergencias Médicas 9-1-1" considerando las irregularidades evidenciadas en la presente resolución. OCTAVO: RECOMENDAR como al efecto RECOMIENDA al Ministra de Salud Pública y Asistencia Social, que ordene a la Unidad de Compras y Contratacio
Presentado por la razón social Artiex, SRL., en contra de la resolución No. 02 dictada por el Comité de Compras y Contrataciones de la Fuerzas Aérea de la República Dominicana, en relación al procedimiento de Urgencia No. FARD-CCC-PU-001-2014, llevado a cabo por dicha entidad para la "adquisición de armas de fuego, municiones y equipamiento de personal, para ser utilizados en el apoyo a la supervisión de las…
Proceso: FARD-CCC-PU-001-2014
Empresas: Artiex, SRL (presentó la acción)AMERICAN STRATEGIES, SRLGroup, S.R.L.Haila, SRLJOSE M PUIG & CIA, SRLK Supplies, SRLy 2 más
PRIMERO: ACOGER, como al efecto ACOGE, en cuanto a la forma el presente Recurso Jerárquico interpuesto por la razón social Artiex, S.R.L. en fecha 02 de febrero de 2015, en contra de la Resolución No. 02 de fecha 02 de enero de 2015, dictada por el Comité de Compras y Contrataciones de la Fuerza Aérea de la República Dominicana, notificada mediante Acto de Alguacil No. 76/2015 en fecha 23 de enero de 2015, en relación al Procedimiento de Urgencia referencia FARD-CCC-PU-001-2014, llevado a cabo por dicha entidad para la "adquisición de armas de fuego, m1micio11es y equipamiento de perso11nl, para ser utilizados e11 el apoyo n In supervisión de las operncio11es del sistema de ate11ció11 a emergencias y seguridad 11acio11nl, en las zo11ns de responsnbilidnd y expansión de In f11erzn aérea de Repríblicn D0111i11icmm". SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR como al efecto RECHAZA las conclusiones presentadas por la parte recurrente, razón social Artiex, S.R.L., por este Órgano Rector haber comprobado lo siguiente: 1) Que la Fuerza Aérea de la República Dominicana no contempló adjudicaciones parciales en el Pliego de Condiciones Específicas del proceso en cuestión, /J.. siendo la empresa Vibo lntemational Group, S.R.L., adjudicataria del referido proceso, la / e•) ~ ... ~,1¡6W(la 39 de 42 7 ===IONES -•-•- www.comprasdomlnlcana.gob.do I www.dgcp.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS única proponente que presentó una oferta total de los bienes requeridos; 2) Que la entidad contratante no estableció requisitos excluyentes o limitantes para la participación de empresas de recién creación, por lo que nada imposibilitaba que la empresa Vibo Intemational Group, S.R.L. a pesar de ser una empresa de reciente creación, fuera la adjudicataria del proceso en cuestión, siempre que cumpliera con los requerimientos previamente establecidos en el pliego; 3) Que no obstante la entidad contratante haberse referido a que la adjudicación se efectuó tomando en consideración la calidad de los bienes ofertados, se ha podido evidenciar que la adjudicación fue realizada en base al parámetro previamente establecido en el pliego de condiciones, es decir, a raíz de que al no contemplarse las adjudicaciones parciales, la FARO procedió a adjudicar al único postor que ofertó la totalidad de tales bienes. TERCERO: En cuanto al procedimiento de Urgencia No. FARD-CCC-PU-001-2014, llevado a cabo por la Fuerza Aérea de la República Dominicana para la "adquisición de armas de fuego, 1111micio11es y equipamiento de personal, para ser utilizados en el apoyo n ln superoisión de las operaciones del sistema de atención n e111erge11cias y seguridad nacional, en lns zonns de responsabilidad y expm1sió11 de In fuerza aérea de In Repitblica Dominicana", DECLARAR como al efecto DECLARA, que dicho organismo no cumplió con las siguientes disposiciones: A. Ley No. 340-06 sobre compras y contrataciones, y sus modificaciones: 1. Artículo 6 de la Ley No. 340-06 sobre la fundamentación en razones objetivas de la resolución de urgencia; 2. Artículo 23 relativo a hacer público en el acto de apertura el nombre de los oferentes, sus garantías y los precios de sus ofertas; 3. Párrafo II del citado articulo 30 sobre el formato de la garantía de seriedad de oferta. a / I e e:>~ 40 de 42 1 ,O~ IS -•-•- www.compnudominlcana.gob.do I www.dgcp.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS B. Reglamento de aplicación, aprobado mediante Decreto No. 543-12: 4. Artículo 4 sobre el informe pericial previo a la resolución que recomienda uso de la excepción de urgencia; 5. Numeral 4) del artículo 4 respecto a la certificación de existencia de fondos; 6. Inciso c) del numeral 7) del artículo 4 respecto a las invitaciones a los oferentes a participar en el proceso. CUARTO: RECOMENDAR como al efecto RECOMIENDA al Comandante General de la Fuerza Aérea de la República Dominicana, que su personal participe en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en especial un taller sobre elaboración de pliegos de condiciones específicas y el uso de los manuales de procedimientos. QUINTO: ORDENAR, como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Fuerza Aérea de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR, como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a las razones sociales Artiex, S.R.L. y Vibo Intemational Group, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR, como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), para su conocimiento y fines de lugar a I I <e:, 11n~a_41 de 42 1 ~IB -•-•- www.compr111dominlcana.gob.do I www.dgq,.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS OCTAVO: ORDENAR, como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. NOVENO: ORDENAR, como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.