Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Presentado por la razón social Artiex, SRL., en contra de la resolución No. 02 dictada por el Comité de Compras y Contrataciones de la Fuerzas Aérea de la República Dominicana, en relación al procedimiento de Urgencia No. FARD-CCC-PU-001-2014, llevado a cabo por dicha entidad para la "adquisición de armas de fuego, municiones y equipamiento de personal, para ser utilizados en el apoyo a la supervisión de las…
Proceso: FARD-CCC-PU-001-2014
Empresas: Artiex, SRL (presentó la acción)AMERICAN STRATEGIES, SRLGroup, S.R.L.Haila, SRLJOSE M PUIG & CIA, SRLK Supplies, SRLy 2 más
PRIMERO: ACOGER, como al efecto ACOGE, en cuanto a la forma el presente Recurso Jerárquico interpuesto por la razón social Artiex, S.R.L. en fecha 02 de febrero de 2015, en contra de la Resolución No. 02 de fecha 02 de enero de 2015, dictada por el Comité de Compras y Contrataciones de la Fuerza Aérea de la República Dominicana, notificada mediante Acto de Alguacil No. 76/2015 en fecha 23 de enero de 2015, en relación al Procedimiento de Urgencia referencia FARD-CCC-PU-001-2014, llevado a cabo por dicha entidad para la "adquisición de armas de fuego, m1micio11es y equipamiento de perso11nl, para ser utilizados e11 el apoyo n In supervisión de las operncio11es del sistema de ate11ció11 a emergencias y seguridad 11acio11nl, en las zo11ns de responsnbilidnd y expansión de In f11erzn aérea de Repríblicn D0111i11icmm". SEGUNDO: En cuanto al fondo, RECHAZAR como al efecto RECHAZA las conclusiones presentadas por la parte recurrente, razón social Artiex, S.R.L., por este Órgano Rector haber comprobado lo siguiente: 1) Que la Fuerza Aérea de la República Dominicana no contempló adjudicaciones parciales en el Pliego de Condiciones Específicas del proceso en cuestión, /J.. siendo la empresa Vibo lntemational Group, S.R.L., adjudicataria del referido proceso, la / e•) ~ ... ~,1¡6W(la 39 de 42 7 ===IONES -•-•- www.comprasdomlnlcana.gob.do I www.dgcp.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS única proponente que presentó una oferta total de los bienes requeridos; 2) Que la entidad contratante no estableció requisitos excluyentes o limitantes para la participación de empresas de recién creación, por lo que nada imposibilitaba que la empresa Vibo Intemational Group, S.R.L. a pesar de ser una empresa de reciente creación, fuera la adjudicataria del proceso en cuestión, siempre que cumpliera con los requerimientos previamente establecidos en el pliego; 3) Que no obstante la entidad contratante haberse referido a que la adjudicación se efectuó tomando en consideración la calidad de los bienes ofertados, se ha podido evidenciar que la adjudicación fue realizada en base al parámetro previamente establecido en el pliego de condiciones, es decir, a raíz de que al no contemplarse las adjudicaciones parciales, la FARO procedió a adjudicar al único postor que ofertó la totalidad de tales bienes. TERCERO: En cuanto al procedimiento de Urgencia No. FARD-CCC-PU-001-2014, llevado a cabo por la Fuerza Aérea de la República Dominicana para la "adquisición de armas de fuego, 1111micio11es y equipamiento de personal, para ser utilizados en el apoyo n ln superoisión de las operaciones del sistema de atención n e111erge11cias y seguridad nacional, en lns zonns de responsabilidad y expm1sió11 de In fuerza aérea de In Repitblica Dominicana", DECLARAR como al efecto DECLARA, que dicho organismo no cumplió con las siguientes disposiciones: A. Ley No. 340-06 sobre compras y contrataciones, y sus modificaciones: 1. Artículo 6 de la Ley No. 340-06 sobre la fundamentación en razones objetivas de la resolución de urgencia; 2. Artículo 23 relativo a hacer público en el acto de apertura el nombre de los oferentes, sus garantías y los precios de sus ofertas; 3. Párrafo II del citado articulo 30 sobre el formato de la garantía de seriedad de oferta. a / I e e:>~ 40 de 42 1 ,O~ IS -•-•- www.compnudominlcana.gob.do I www.dgcp.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONFS PÚBLICAS B. Reglamento de aplicación, aprobado mediante Decreto No. 543-12: 4. Artículo 4 sobre el informe pericial previo a la resolución que recomienda uso de la excepción de urgencia; 5. Numeral 4) del artículo 4 respecto a la certificación de existencia de fondos; 6. Inciso c) del numeral 7) del artículo 4 respecto a las invitaciones a los oferentes a participar en el proceso. CUARTO: RECOMENDAR como al efecto RECOMIENDA al Comandante General de la Fuerza Aérea de la República Dominicana, que su personal participe en talleres de capacitación sobre el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas de la República Dominicana impartidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas, en especial un taller sobre elaboración de pliegos de condiciones específicas y el uso de los manuales de procedimientos. QUINTO: ORDENAR, como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a la Fuerza Aérea de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar. SEXTO: ORDENAR, como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente Resolución a las razones sociales Artiex, S.R.L. y Vibo Intemational Group, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. SÉPTIMO: ORDENAR, como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), para su conocimiento y fines de lugar a I I <e:, 11n~a_41 de 42 1 ~IB -•-•- www.compr111dominlcana.gob.do I www.dgq,.gob.do República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS OCTAVO: ORDENAR, como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a la Contraloría General de la República, para su conocimiento y fines de lugar. NOVENO: ORDENAR, como al efecto ORDENA la remisión formal de la presente resolución a la Cámara de Cuentas de la República, para su conocimiento y fines de lugar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona