Publicado el 22 sept de 2026Fechado el 21 sept de 202654 páginasEn el mensaje «Informe preliminar, Resolución 181-2026 y evaluación de muestras del proceso MIDEREC-CCC-SI-2026-0006.»
El informe preliminar, emitido el 22 de septiembre de 2026 para el proceso MIDEREC-CCC-SI-2026-0006, evalúa las ofertas técnicas de cinco oferentes para adquirir pinturas. Registra que PISOS Y TECHADOS TORGINOL, SAS cumple las evaluaciones; CELNA ENTERPRISES SRL presenta muestras con incumplimientos parciales; y concluye la descalificación no subsanable de GRUPO LUMINUX SRL, FERRETERIA DETALLISTA SA y SJ & T VISION MULTISERVICES SRL. También consigna que MC FERRETERÍA presentó muestras, pero no ofertas técnica ni económica, por lo que no fue evaluada.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe registra fallas de CELNA en tres muestras, pero la conclusión expresa la descalificación automática solo para GRUPO LUMINUX, FERRETERIA DETALLISTA y SJ & T. Esta diferencia merece revisión por su efecto potencial en quién continúa a la fase económica; se trata de un informe preliminar y no acredita por sí solo una habilitación definitiva de CELNA.
“Resultado de la evaluación de muestras: Las pinturas mar de marinero 105 acrílica superior mate, blanco 00 esmalte superior, blanco 00 esmalte industrial, No cumple por reprobar la metodología de evaluación, parcial, o totalmente. … En virt”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 114 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 114 — Objeto de evaluación
Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
PISOS Y TECHADOS TORGINOL, SASEl informe preliminar registra cumplimiento de la documentación legal, financiera y técnica, y de todas las muestras; no consigna una adjudicación ni una habilitación definitiva.
Mencionado
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CELNA ENTERPRISES SRLCumple la documentación legal, financiera y técnica, pero el informe registra muestras que no cumplen en pintura mar de marinero 105, blanco 00 esmalte superior y blanco 00 esmalte industrial. La conclusión no la incluye entre los oferentes expresamente descalificados.
Mencionado
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GRUPO LUMINUX SRLEl informe concluye que sus muestras no cumplen y que procede la descalificación automática no subsanable; también registra incumplimientos financieros y documentos legales por subsanar.
Descalificado
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FERRETERIA DETALLISTA SAEl informe concluye que sus muestras no cumplen y que procede la descalificación automática no subsanable; también registra incumplimiento financiero y documentos legales por subsanar.
Descalificado
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SJ & T VISION MULTISERVICES SRLEl informe concluye que sus muestras no cumplen y que procede la descalificación automática no subsanable; también registra incumplimientos financieros y documentos legales y técnicos por subsanar.
Descalificado
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MC FERRETERÍAEl informe consigna que presentó muestras, pero no presentó oferta técnica ni económica y, por ello, no fue objeto de evaluación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona