Aviso de recursos cita un artículo ajeno a los plazos de impugnación
· hace 1 mes
El acta remite a los plazos del artículo 78 de la Ley 47-25, que regula los tipos de excepciones, no los recursos. La ley establece el plazo de reconsideración en el artículo 205 y el recurso jerárquico impropio y su plazo en los artículos 207 y 208; la referencia equivocada puede generar incertidumbre sobre cómo recurrir.
“la presente Resolución puede ser recurrida de manera administrativa ante el órgano emisor y luego en apelación por ante la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP), dentro de los plazos previstos en el artículo 78 de la Ley , sob”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 205 · Ley 47-25, art. 207 · Ley 47-25, art. 208 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 205 — Plazo para la interposición del recurso
Artículo 205.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso de reconsideración deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha en que el acto perfecciona su eficacia, ya sea por su notificación a través de las vías físicas o electrónicas establecidas a esos fines, o mediante su publicación, cuando esta pueda sustituir a la notificación, de conformidad con las reglas previstas en la presente ley.
Ley 47-25, artículo 207 — Recurso jerárquico impropio
Artículo 207.- Recurso jerárquico impropio. El medio de impugnación contra las resoluciones que decidan recursos de reconsideración es el recurso jerárquico impropio ante la Dirección General de Contrataciones Públicas.
Ley 47-25, artículo 208 — Plazo para la interposición del recurso
Artículo 208.- Plazo para la interposición del recurso. El recurso jerárquico impropio deberá ser presentado en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la fecha en que la resolución impugnada sea notificada, de conformidad con las mismas reglas aplicables al recurso de reconsideración.
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