La solicitud de compra EDENORTE-CCC-PEJU-2026-0004, fechada el 27 de agosto de 2026, requiere por doce meses servicios de asesoría y representación jurídica de Duran & Peña, S.R.L. por RD$5,292,300.00 con impuestos incluidos: RD$4,248,000.00 por servicios jurídicos y RD$1,044,300.00 para gastos judiciales. El documento indica que la compra está planificada y consigna como responsable a Daniel Alejandro García Trejo, gerente de Compras y responsable de la Unidad Operativa.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La solicitud forma parte de una serie de procesos de excepción con el mismo objeto general: según el portal, las convocatorias del 1 de junio, 22 de julio, 12 y 28 de agosto de 2026 suman RD$31,610,913. La recurrencia en menos de tres meses amerita verificar si responden a necesidades y prestaciones diferenciadas; el plan de compras identifica varias oficinas jurídicas, lo que también podría explicar contrataciones separadas.
“Objeto de la compra: CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS LEGALES DE ASESORÍA Y REPRESENTACIÓN JURÍDICA EN MATERIA CIVIL, COMERCIAL, LABORAL, ADMINISTRATIVA, TRIBUTARIA, PENAL, PROCESOS DE ARBITRAJE Y CONCILIACIÓN.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 81 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 81 — Prohibición de fraccionamiento
Artículo 81.- Prohibición de fraccionamiento. Se prohibirá el fraccionamiento de contrataciones de bienes, servicios u obras cuando este tenga por objeto eludir los procedimientos de contratación aplicables para en cambio optar por otros de menor cuantía. Párrafo I.- Se considerará fraccionamiento la división de contrataciones para la adquisición de bienes, servicios u obras de un mismo rubro, de conformidad con la clasificación adoptada por la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de un lapso menor a tres (3) meses, contados a partir del primer día de la convocatoria. Párrafo II.- La autoridad administrativa responsable no deberá permitir el fraccionamiento cuando habiendo…
La solicitud requiere una unidad por RD$5,292,300.00, mientras que la referencia aportada para el ítem «NUEVAS OFICINAS ABOGADOS» presenta una mediana estimada de RD$6,000 por unidad. La prestación solicitada cubre doce meses y las referencias podrían no representar servicios equivalentes; conviene validar la comparabilidad y el análisis de mercado que sustenta el importe.
“5,292,300.00 … Por un período de doce (12) meses, contados a partir del primero (1) de septiembre de dos mil veintiséis (2026”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
Oferentes que registra (1)
1 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Duran & Peña, S.R.L.La solicitud la identifica en la descripción presupuestaria como prestadora del servicio; este documento no consigna una adjudicación.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona