Publicación institucional consignada después de la convocatoria
· hace 1 mes
El acta de 2026-08-28 consigna que el proceso estaba sin publicar en el portal institucional y que se procedió a publicarlo; el portal registra la convocatoria el 2026-08-25. El documento no precisa cuándo se hizo efectiva la publicación, por lo que conviene verificar el lapso de exposición y el acceso oportuno de los potenciales oferentes.
“PARRAFO I: Proceso sin publicar en el portal institucional: Se procedió a publicar el proceso en el Portal Institucional.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 98 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 98 — Publicidad de la convocatoria
Artículo 98.- Publicidad de la convocatoria. La convocatoria a presentar ofertas en el procedimiento de selección correspondiente deberá generarse a través del portal de la institución contratante, en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y en periódicos impresos de circulación nacional durante dos (2) días consecutivos. Párrafo I.- De manera conjunta con la convocatoria, deberá hacerse disponible el pliego de condiciones a través de los medios indicados. Párrafo II.- En los casos que se requiera una convocatoria internacional, deberá adicionalmente, realizarse una publicación a través de medios digitales de difusión internacional orientados al mercado público y otros mecanismos…
Esta relación con la ley es posible gracias a ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana. Pregúntale a ChatLeyes sobre esta norma →