El pliego, fechado el 24 de agosto de 2026, establece una subasta inversa electrónica para adquirir 14 categorías de prendas y calzados policiales por un valor estimado de RD$36,963,860, reservada a MIPYMES mujeres. Fija la recepción de ofertas para el 2 de septiembre y la puja para el 7 de septiembre de 2026; también incluye requisitos de elegibilidad, evaluación y condiciones contractuales.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El criterio para el índice de endeudamiento combina «menor o igual que > 1.50» como condición de cumplimiento y «mayor que < 1.50» como incumplimiento. La formulación no permite identificar con certeza qué resultado habilita al oferente y puede afectar de forma desigual la evaluación financiera.
“Límite establecido: Menor 1.50 Menor o igual que > 1.50 (Cumple) Mayor que < 1.50 (No cumple)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
El proceso está dirigido exclusivamente a MIPYMES mujeres, pero el pliego exige que los oferentes estén al día con DGII y TSS. La Ley permite a las MIPYMES participar aunque tengan obligaciones pendientes por un período de hasta seis meses, por lo que esta condición puede excluir a oferentes que reúnen esa excepción.
“Estar al día con sus obligaciones fiscales en la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Estar al día con el pago de sus obligaciones de la Seguridad Social en la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 172 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 172 — Reservas de contrataciones
Artículo 172.- Reservas de contrataciones. Las instituciones contratantes, al momento de realizar su formulación presupuestaria, reservarán como mínimo el treinta por ciento (30%) de las partidas asignadas para contrataciones, para procedimientos de contratación destinados exclusivamente para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), distribuido de la forma siguiente: 1) Veinte por ciento (20%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) en general; 2) Diez por ciento (10%) para Micros, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) dirigidas por mujeres. Párrafo I.- Los porcentajes indicados en este artículo deben ser distribuidos trimestralmente. Párrafo II.- Los reglamentos de…
El cronograma fija la publicación del contrato hasta el 6 de octubre, mientras otra cláusula del mismo pliego establece un máximo de cinco días hábiles después de la suscripción. Si el contrato se firma en la fecha límite prevista, el cronograma permitiría publicarlo después de ese plazo, lo que merece verificarse por su efecto sobre la trazabilidad y el acceso oportuno a la información.
“Publicación del (los) contrato(s) en los portales: institucional y del SECP (art. 106 Reglamento núm. 416-23) Hasta el día 6 de octubre de 2026.”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 47 · Ley 47-25, art. 182 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 47 — Uso y gestión de la información
Artículo 47.- Uso y gestión de la información. Toda información generada o incorporada al Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas tiene validez jurídica y fuerza probatoria, siempre que se produzca conforme a los parámetros de autenticidad, integridad, inalterabilidad y conservación definidos por la Dirección General de Contrataciones Públicas. Las instituciones contratantes deben: 1. Registrar oportunamente en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas todas las actuaciones administrativas de los procedimientos de contratación, incluyendo los documentos técnicos, jurídicos y financieros, así como aquellos vinculados a la ejecución y liquidación de los contratos. 2. Mantener…
Ley 47-25, artículo 182 — Obligatoriedad del sistema
Artículo 182.- Obligatoriedad del sistema. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas será de uso obligatorio para todas las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y todas las actuaciones desarrolladas deberán ser debidamente publicadas en este. Párrafo.- La no publicación de una actuación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas podrá ser causa de aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en el artículo 222 de la presente ley, a menos que la institución contratante demuestre que dicho incumplimiento se produjo por una imposibilidad material justificada o fallas técnicas, o el proceso de…
El pliego pide declarar que el oferente no está comprendido en los artículos 15 y 16 de la Ley 47-25, que regulan inhabilidades e incompatibilidades del director general de Contrataciones Públicas. El régimen legal de inhabilidades para contratar de los oferentes está en el artículo 38, de modo que la declaración exigida no identifica correctamente la regla aplicable.
“Declaración jurada simple (no requiere firma de notario público) del oferente manifestando que no se encuentra dentro de las prohibiciones en los artículos 15 y 16 de la Ley núm. 47-25 y sus modificaciones.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona