La Enmienda III, aprobada mediante Acta núm. 140-2026 y fechada el 20 de agosto de 2026, modifica el pliego de la licitación para impartir el diplomado de robótica educativa. Detalla la distribución de 3,000 becarios en 10 ítems, una modalidad de 70 % presencial y 30 % virtual asincrónica, y requisitos curriculares, tecnológicos y de experiencia. También establece grupos de 20 a 30 participantes y modifica la regla sobre la presentación de formularios estandarizados.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento está fechado el 20 de agosto; el portal registra la última enmienda el 21 de agosto y mantiene el cierre de ofertas para el 2 de septiembre, sin extensión visible. Según esas fechas, la enmienda se produjo después del 75 % del plazo de recepción y modifica varias especificaciones sustantivas; corresponde verificar si se amplió el plazo de forma proporcional, como dispone la norma.
“Santo Domingo, Distrito Nacional República Dominicana 20 de agosto 2026 … hemos procedido a enmendar los siguientes puntos del Pliego de Condiciones Específicas del proceso indicado, para que en lo adelante dispongan lo siguiente, a” (págs. 1-2, escaneada)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · Reglamento 52-26, art. 87 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Reglamento 52-26, artículo 87 — Cronograma de actividades y plazos
Artículo 87.- Cronograma de actividades y plazos. El pliego de condiciones aprobado para un procedimiento de selección de proveedores debe incluir un cronograma de actividades con los plazos y fechas límites para las distintas actuaciones, tomando en cuenta las condiciones temporales previstas por la Ley núm. 47-25 para la presentación de propuestas, aclaraciones, adendas o enmiendas, subsanación y aclaración de ofertas, entre otros aspectos.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Debilita el control documental mediante formularios estandarizados de oferta económica y técnica, identificación del oferente, metodología y experiencia..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Especificaciones técnicas de los servicios, punto 3Distribución de participantes y modalidad por ítem
La redacción anterior no se reproduce en la enmienda; el documento indica que agrega una nota a las especificaciones.
Distribuye 3,000 becarios en 10 ítems y regionales, con 70 % presencial y 30 % virtual asincrónica; establece grupos de 20 a 30 participantes.
Aclara
Perfil de ingreso de los participantes, punto 3.7Condiciones de ingreso al diplomado
La redacción anterior no se reproduce en la enmienda.
Define como perfil docentes activos de primaria con interés en innovación pedagógica, tecnología educativa, pensamiento computacional o STEAM, y disponibilidad y compromiso para participar y entregar evidencias.
Aclara
Especificaciones del servicio, puntos 3.5, 3.10 y 3.12Requisitos formativos, de recursos y de seguimiento
La redacción anterior no se reproduce en la enmienda.
Detalla cinco módulos y 100 horas, recursos y plataforma con registros y reportes; requiere un kit de robótica por cada cuatro participantes y grabación de cada sesión.
Endurece
Perfil del oferente, punto 3.17Experiencia y capacidad institucional
La redacción anterior no se reproduce en la enmienda.
Exige institución legalmente constituida, capacidad integral y cinco años de experiencia en formación docente, tecnología educativa, robótica, pensamiento computacional, innovación educativa o áreas afines.
Endurece
Anexos documentos estandarizados, punto 17Consecuencia de no presentar formularios estándar
La redacción anterior no se reproduce en la enmienda.
Dispone que omitir cualquiera de los documentos estandarizados enumerados no será motivo de rechazo ni impedirá la evaluación de la oferta.
RelajaQuita un control: Debilita el control documental mediante formularios estandarizados de oferta económica y técnica, identificación del oferente, metodología y experiencia.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona