Plazo para presentar la garantía de fiel cumplimiento más corto que cinco días hábiles
· hace 2 meses
El cronograma fija la constitución de la garantía para el 27 de octubre, seis días calendario después de la notificación de adjudicación del 21 de octubre: transcurren cuatro días hábiles, excluido el día de la notificación. El Reglamento establece cinco días hábiles para presentarla, por lo que conviene verificar el plazo efectivamente comunicado al adjudicatario.
“17. Notificación de adjudicación (Artículo 126, Ley núm. 47-25 y artículo 83 Reglamento núm. 52-26) | El 21 de octubre del 2026. | 18. Plazo para la constitución de la garantía de fiel cumplimiento de contrato | El 27 de octubre del 2026.” (pág. 3, escaneada)
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 206 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 206 — Presentación de la garantía de fiel cumplimiento
Artículo 206.- Presentación de la garantía de fiel cumplimiento. El adjudicatario debe constituir y presentar ante la institución contratante la garantía de fiel cumplimiento dentro de los cinco (5) días hábiles contados a partir de la notificación de la adjudicación. En el caso de licitaciones internacionales o de adjudicatarios extranjeros, el plazo es de diez (10) días hábiles. Párrafo I. Si dentro del plazo definido por este artículo no se formaliza la garantía correspondiente, no puede generarse la orden de compra ni suscribirse el contrato, y la institución contratante puede ejecutar la garantía de mantenimiento y seriedad de la oferta y proceder a adjudicar al oferente que haya…
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