El pliego establece una licitación pública abreviada dirigida a MIPYMES para adquirir equipos tecnológicos y soluciones audiovisuales del CEIA-RD, distribuidos en cinco lotes, con presupuesto estimado total de RD$43,836,032.40. Fija el criterio de menor precio y un cronograma cuya recepción de ofertas aparece para el 11 de septiembre de 2026; el portal registra posteriormente el 14 de septiembre como cierre. También impone requisitos de experiencia y actividad comercial en el RPE, y describe anticipos y garantías para la ejecución contractual.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego pide tres referencias de contratos de magnitud similar con al menos el 40 % del presupuesto base del proceso, aunque la adjudicación es por lotes y el lote 2 tiene un presupuesto de RD$2,541,720. La exigencia puede ser desproporcionada para quienes ofertan solo en lotes de menor cuantía; el 40 % del presupuesto total equivale a RD$17,534,412.96.
“Formulario de Experiencia como contratista (SNCC.D.049): Los oferentes deberán demostrar que tienen experiencia mediante la presentación de (3) referencias de contratos similar magnitud y naturaleza con al menos el 40% del presupuesto base ” (pág. 30)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El proceso está reservado a MIPYMES, pero el pliego formula el anticipo como un máximo del 30 % y, en otra sección, dice que se pagará solo «en caso de que aplique». Esto se aparta de la regla de anticipo del 30 % para todas las contrataciones con MIPYMES y el propio documento también fija plazos distintos para ese pago: 15 y 30 días desde la firma del contrato.
“La institución contratante procederá a realizar un primer pago correspondiente al Anticipo, el cual será por un monto no mayor al 30% del valor del Contrato, y este pago se hará en un plazo no mayor de quince (15) días a partir de la firma ” (pág. 46)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
El requisito de calificación exige actividad comercial RPE asociada a los códigos 43211501 y 44000000 para un proceso que reúne soluciones audiovisuales, respaldo energético, infraestructura TIC y equipos de usuario final. La pertinencia de esos códigos para todos los lotes y para proveedores que participen solo en algunos requiere revisión, pues podría restringir su elegibilidad.
“Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad comercial Equipos informáticos y de red referida en el numeral 1 -Equ” (pág. 28)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona