La solicitud de compra núm. 2026-0082, fechada el 19 de agosto de 2026, detalla la adquisición de equipamiento tecnológico y soluciones audiovisuales para el CEIA-RD, dirigida a pymes. Distribuye 28 ítems en cinco lotes, con un monto estimado total de RD$43,836,032.40, y prevé la entrega en el CEIA-RD una vez certificado el contrato por la Contraloría General de la República.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Los estimados del servidor, rack, PDU y regleta ATS superan ampliamente las medianas de referencia aportadas para esos bienes, incluso respecto de sus rangos centrales; en conjunto, sus importes estimados suman RD$6,392,060. Las referencias son de otros procesos y las especificaciones pueden diferir, por lo que corresponde verificar la comparabilidad y el sustento de mercado de estos valores.
“Servidor para virtualización Unidad 1 4,999,660.00 4,999,660.00 … PDU Vertical Unidad 2 247,800.00 495,600.00 … Regleta para rack tipo ATS Unidad 2 188,800.00 377,600.00” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 87 · Ley 47-25, art. 88 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 87 — Estudios previos
Artículo 87.- Estudios previos. Todo procedimiento de contratación deberá estar sustentado en estudios previos, de conformidad con lo dispuesto por los reglamentos de aplicación de la presente ley y con las regulaciones especiales aplicables al objeto contractual, los que deben determinar, como mínimo, lo siguiente: 1) La necesidad que atender; 2) El costo estimado del bien, obra o servicio a contratar, de tal forma que se establezca el presupuesto estimado de la contratación y se identifique la partida presupuestaria a afectar; 3) La determinación del tipo de contrato a celebrar, describiendo su objeto y las prestaciones que se espera recibir del proveedor; 4) La estimación, tipificación y…
Ley 47-25, artículo 88 — Actuaciones incluidas en los estudios previos
Artículo 88.- Actuaciones incluidas en los estudios previos. Las instituciones contratantes deberán agotar para la realización de los estudios previos, una vez definida la necesidad y objeto de la contratación, de manera enunciativa y no limitativa, una o varias de las actuaciones siguientes: 1) Estudios de mercado; 2) Consultar los catálogos de bienes y servicios y sistemas de información de precios administrados por la Dirección General de Contrataciones Públicas; 3) Consultar personas con conocimiento especializado sobre el objeto del potencial contrato; 4) Publicar una solicitud de información para que el mercado provea comentarios sobre la necesidad definida por la institución; 5)…
La solicitud agrupa los bienes en cinco lotes, mientras que el portal indica que el proceso no es por lotes. La diferencia merece verificarse porque puede afectar cómo se presentan y comparan las ofertas y cómo se realiza una eventual adjudicación parcial; el pliego también podría precisar cómo se instrumenta la división.
“Lote 1 - SALA DE INMERSIÓN Y AUDITORIO … Lote 5 - EQUIPOS USUARIO FINAL” (págs. 1-2)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona