El acta núm. 74-2026, de fecha 17 de agosto de 2026, aprueba el informe definitivo de evaluación técnica de la licitación URBE-CCC-LPI-2026-0001. Habilita al Consorcio DOMA para la apertura y evaluación económica, declara no habilitado al Consorcio Teleférico Puerto Plata-BH y ordena devolver su oferta económica sin abrir.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra dos participantes y habilita únicamente al Consorcio DOMA; la oferta económica del otro consorcio se devuelve sin abrir. Esto concentra la competencia en una sola oferta económica, aunque por sí solo no demuestra una irregularidad.
“SEGUNDO: HABILITAR al oferente Consorcio Doma para continuar a la fase de apertura y evaluación de su oferta económica "Sobre B", por haber cumplido con la totalidad de los requisitos legales, financieros y técnicos exigidos en el pliego de”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Como hecho nuevo respecto de la señal previa sobre el requisito geográfico del pliego, esta acta consigna que la falta de certificados de experiencia en LATAM o el Caribe fue uno de los motivos técnicos del rechazo de BH. No fue el único motivo de no habilitación; corresponde verificar la proporcionalidad de exigir experiencia limitada a esas regiones para este objeto.
“El oferente no presentó los certificados de experiencia emitido por la entidad contratante que acredite la Experiencia de la Empresa Fabricante en diseño, suministro, montaje y puesta en marcha de Sistemas de Transporte de Personas por Cabl”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Oferentes que registra (2)
1 habilitado · 1 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Consorcio DOMACumplió los requisitos legales, financieros y técnicos y quedó habilitado para la apertura y evaluación de su oferta económica.
Habilitado
Procedimiento completo
—
Consorcio Teleférico Puerto Plata-BHNo cumplió los requisitos técnicos; el acta cita, entre otros aspectos, la falta de memoria de cálculo estructural no subsanable y deficiencias en la acreditación de experiencia, equipos y personal.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona