La Circular núm. 2, fechada el 29 de junio de 2026, responde consultas de interesados en la licitación internacional URBE-CCC-LPI-2026-0001. Entre otras aclaraciones, acepta documentos equivalentes del país de origen para oferentes y profesionales extranjeros y admite experiencia de empresas del mismo grupo si se acredita la relación y su participación efectiva; mantiene los requisitos de tecnología ATW y rechaza ampliar la experiencia a otras tecnologías o proyectos en ejecución. También indica que no habrá ajustes automáticos por variaciones cambiarias y confirma como fecha definitiva de presentación de ofertas el 14 de julio de 2026.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
1 mencionado
| Oferente | Resultado en el acta | Lote o grupo | Monto |
|---|---|---|---|
| Rowema AGInteresada que formuló observaciones y solicitudes de aclaración; la circular no consigna que haya presentado oferta ni determina su habilitación. | Mencionado | Procedimiento completo | — |
| Sección | Antes | Después | Efecto |
|---|---|---|---|
| Experiencia de la empresa fabricanteAcreditación de experiencia de empresas del mismo grupo empresarial | El pliego exigía experiencia del fabricante, sin prever expresamente acreditar proyectos ejecutados por otra empresa del grupo. | Se admite experiencia de una empresa del mismo grupo si se documentan la relación jurídica y el control efectivo de la matriz, y la empresa cuya experiencia se acredita participa efectivamente en la ejecución. | RelajaQuita un control: Se flexibiliza la atribución de la experiencia desde el fabricante oferente hacia otra empresa del grupo, aunque se exige acreditar control y participación efectiva en la ejecución. |
| Documentación fiscal y de seguridad socialAcreditación para oferentes extranjeros no domiciliados | El pliego requería acreditar el cumplimiento ante la DGII y la TSS dominicanas. | Se aceptan certificados o documentos equivalentes de la autoridad competente del país de origen, apostillados y con traducción oficial al español, para extranjeros sin registro ni obligaciones en el país. | Relaja |
| Documentación legal de oferentes extranjerosDocumentos de identidad y societarios equivalentes | El pliego requería documentos dominicanos como identificación del representante, nómina de accionistas, acta de asamblea y estatutos registrados localmente. | Se aceptan pasaporte o identidad equivalente y documentos societarios equivalentes emitidos o registrados conforme a la legislación del país de constitución, apostillados y traducidos oficialmente al español. | Relaja |
| Personal claveLicencia profesional de profesionales extranjeros | El pliego requería matrícula profesional vigente ante el CODIA. | Para profesionales extranjeros se admite habilitación o licencia equivalente de la autoridad competente del país de origen, apostillada y con traducción oficial al español. | Relaja |
| Experiencia de la empresaAlcance geográfico de LATAM y el Caribe | El pliego exigía referencias en LATAM o el Caribe, sin que la circular precisara en esta respuesta los países comprendidos. | Se define LATAM como México, Centroamérica y Sudamérica, y el Caribe como los Estados y territorios insulares de esa región. | Aclara |
| Documentación financiera de consorciosAcreditación de solvencia económica y financiera | El pliego exigía índices financieros, pero la circular no identifica una regla expresa sobre si debía cumplir cada miembro o el consorcio. |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
| Se aclara que puede acreditarse con la capacidad financiera de la empresa líder o mediante la suma de credenciales de los miembros; no se admite información de accionistas, matrices, filiales ni terceros ajenos al consorcio. |
| Aclara |