El Acta núm. 54-2/2026, de 2026-08-06, aprueba el informe consolidado y adjudica cuatro lotes a García Tejera & Asociados, Suplidores Industriales Mella, Inversiones Koralia y Go2up. Los montos adjudicados suman RD$422,883,069.65. El acta también consigna que la oferta de Go2up superó en más de 20% el valor referencial y que el Comité deliberó conforme a la Ley 47-25 y al Decreto 52-26, aunque el proceso fue convocado en 2025.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Los cuatro montos adjudicados suman RD$422,883,069.65, RD$57,467,304.55 (aprox. 15.7%) por encima del monto estimado del portal de RD$365,415,765.10. La adjudicación por lotes explica el reparto entre empresas, pero no por sí sola la diferencia respecto del total estimado; conviene contrastarla con el presupuesto y cualquier actualización del monto de referencia.
“por un monto de TRESCIENTOS ONCE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UN PESOS DOMINICANO CON 33/100 (RD$ 311,686,331.33)… por un monto de CINCUENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y C”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
Para justificar la oferta de Go2up, que el acta indica que superó en más de 20% el valor referencial y luego adjudica por RD$57,460,865.82, se menciona una conversación aparentemente con su proveedor y una consulta realizada en ChatGPT. Es un punto para revisar si el informe de evaluación respaldó suficientemente la razonabilidad del precio con información verificable; el acta no establece que esos fueran los únicos elementos examinados.
“Presento conversación con aparentemente su proveedor internacional y una consulta realizada en ChatGPT.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 25 · Reglamento 416-23, art. 132 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 25
ART. 25. Los funcionarios responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, ya en la etapa de calificación o de comparación económica, dejarán constancia en informes, con todos los justificativos de su actuación, así como las recomendaciones para que la autoridad competente pueda tomar decisión sobre la adjudicación. Para facilitar el examen, únicamente dichos funcionarios podrán solicitar que cualquier oferente aclare su propuesta. No se solicitará, ofrecerá, ni autorizará modificación alguna en cuanto a lo sustancial de la propuesta entregada. Los reglamentos precisarán los detalles que se deberán cumplir en esta parte del proceso.
Reglamento 416-23, artículo 132 — Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación
Artículo 132. Informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación. Los peritos responsables de la evaluación de las ofertas, una vez superado el período de correcciones aritméticas de las ofertas económicas, emitirán el informe de evaluación económica que contendrá todo lo justificativo de su actuación, que se realizará con base en los parámetros definidos en el pliego de condiciones. En el informe se recomendará la adjudicación y se determinará el reporte de lugares ocupados por cada oferta. Luego de emitido el informe, deberá ser remitido al Comité de Compras y Contrataciones o a la Dirección Administrativo y Financiera, para su…
Aunque el proceso fue convocado el 2025-11-13 y se rige por la Ley 340-06 y el Reglamento 416-23, el acta declara que las resoluciones se adoptan de conformidad con la Ley 47-25 y el Decreto 52-26. Conviene verificar si esa referencia afectó las reglas efectivamente aplicadas a la evaluación o adjudicación.
“de conformidad con la Ley núm. 47-25 y del Decreto núm. 52-26, deciden adoptar las siguientes resoluciones por mayoría absoluta de los votos de los miembros presentes:”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 77 · Ley 340-06, art. 9 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 77
ART. 77. Los procesos contractuales iniciados antes de la vigencia de esta ley, así como la celebración y ejecución de los contratos consiguientes, se sujetarán a lo establecido en las leyes vigentes al momento de la convocatoria, incluidas las recepciones, liquidación y solución de controversias.
ART. 9. Las compras y contrataciones públicas se regirán por las disposiciones de esta ley y su reglamentación, por las normas que se dicten en el marco de las mismas, así como por los pliegos de condiciones respectivos y por el contrato o la orden de compra o servicios según corresponda. PÁRRAFO I. En los casos de controversia se aplicarán para su resolución el orden de preferencia establecido en este artículo. PÁRRAFO II. Son fuentes supletorias de esta ley las normas del derecho público y, en ausencia de éstas, las normas del derecho privado.
Gare Music, EIRLFigura entre los participantes iniciales, pero no entre los cuatro oferentes cuyas ofertas económicas se abrieron; el acta no detalla aquí la causa.
No habilitado
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Yahveh Transportation, SRLFigura entre los participantes iniciales, pero no entre los cuatro oferentes cuyas ofertas económicas se abrieron; el acta no detalla aquí la causa.
No habilitado
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Meibol Dominicana, SRLFigura entre los participantes iniciales, pero no entre los cuatro oferentes cuyas ofertas económicas se abrieron; el acta menciona que interpuso recursos de impugnación y jerárquico.
Serd-Net, SRLFigura entre los participantes iniciales, pero no entre los cuatro oferentes cuyas ofertas económicas se abrieron; el acta no detalla aquí la causa.
No habilitado
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Sistemas & Tecnología, SRLFigura entre los participantes iniciales, pero no entre los cuatro oferentes cuyas ofertas económicas se abrieron; el acta no detalla aquí la causa.
L & C Services, SRLFigura entre los participantes iniciales, pero no entre los cuatro oferentes cuyas ofertas económicas se abrieron; el acta no detalla aquí la causa.
No habilitado
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Forest Lakes, SRLFigura entre los participantes iniciales, pero no entre los cuatro oferentes cuyas ofertas económicas se abrieron; el acta no detalla aquí la causa.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Go2up Ingeniería y Consultoría, SRLAdjudicataria del lote 4. El acta consigna que su oferta superó en más de 20% el valor referencial y que presentó una justificación de precios.