El Acta núm. 0355-2026, de 2026-08-07, aprueba las evaluaciones económicas y adjudica los 25 grupos referenciales de Hato Mayor a 25 oferentes, por un total de RD$835,838,458.62 para los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028. El acta registra la eliminación de los grupos G-07 y G-27 y la agregación de sus centros a G-18 y G-22; también aplica el rango excepcional de hasta 50 km a dos adjudicaciones que superan los 35 km ordinarios. Registra además criterios excepcionales sobre discrepancias entre la oferta digitada y el formulario, garantías de seriedad y omisiones formales.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta registra que se eliminaron G-07 y G-27 y se trasladaron sus centros a G-18 y G-22 para igualar el número de grupos adjudicables con el de oferentes habilitados; confirma que los 25 habilitados fueron adjudicados. Aunque el acta invoca continuidad del servicio y respeto al orden de prelación, conviene verificar el efecto de la modificación de la distribución de la demanda sobre la competencia y las asignaciones concretas.
“consistente en la eliminación de los Grupos G-07y G-27 y la agregación de sus centros educativos a los Grupos G-18 y G-22 … la totalidad de los veinticinco (25) oferentes habilitados resultó adjudicataria”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 3 · Ley 340-06, art. 26 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 3
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Oferentes que registra (28)
25 adjudicado · 3 no habilitado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
FBS Trading Co, SRLHabilitado por vía ordinaria y adjudicado en el grupo G-23.
Adjudicado
G-23
RD$62,025,044
Gran Pac, SRLHabilitado por vía ordinaria y adjudicado en el grupo G-8.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El acta adjudica G-16 a Enmanuel de Jesús Nolasco Maldonado a 38.063 km y G-14 a Sandy Daniel Puente Gómez a 36.932 km, por encima del rango ordinario de 35 km y dentro del máximo excepcional de 50 km. El pliego contempla la ampliación para casos específicos de mayor complejidad territorial; corresponde verificar la justificación concreta de ambos casos y su aplicación uniforme.
“la adjudicación de los grupos referenciales G-16, adjudicado al oferente ENMANUEL DE JESUS NOLASCO MALDONADO (listado 15), cuya distancia promedio asciende a 38.063 kilómetros, y G-14, adjudicado al oferente SANDY DANIEL PUENTE GOMEZ (lista”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Reduce la verificación del monto íntegro de la garantía de seriedad, que respalda el mantenimiento de la oferta.; Difiere la verificación de la firma o sello que vincula el documento presentado con la identidad y aceptación del oferente..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
El acta consigna que la debida diligencia identificó indicios de comportamientos contrarios o restrictivos a la libre competencia y dispone remitir el expediente a la DGII y a PRO-COMPETENCIA; también indica que las ofertas vinculadas fueron rechazadas. La señal refleja lo que la institución reporta y no permite atribuir conductas a oferentes específicos, pues el acta no los identifica en este pasaje.
“Que, ante los hallazgos e indicios de comportamientos contrariosy restrictivos a lalibrecompetencia identificados durante elprocesode debida diligencia del … quedando dichas ofertas desestimadas o rechazadas del presente procedimiento”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 11 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 11
ART. 11. Las prácticas corruptas o fraudulentas comprendidas en el Código Penal o dentro de la Convención Interamericana contra la Corrupción, o cualquier acuerdo entre proponentes o con terceros, que establecieren prácticas restrictivas de la libre competencia, serán causales determinantes del rechazo de la propuesta en cualquier estado del proceso o de la rescisión del contrato, si éste ya se hubiere celebrado.