El informe final de evaluación económica, fechado el 4 de agosto de 2026, considera aptas para adjudicación las ofertas de cinco empresas y recomienda adjudicar los cinco lotes por un total de RD$221,014,581.52. FC Ingeniería no cumple por omisiones y deficiencias en su oferta económica. El comité decidió continuar pese a que varias ofertas carecían de cotizaciones de respaldo para materiales; además, el informe registra discrepancias de precios y especificaciones en ofertas que fueron consideradas para adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Proyectos y Obras presentó RD$53,017,948.39 y Lidamar RD$53,017,948.38 para el Lote V: una diferencia de RD$0.01. El informe ubica a Proyectos y Obras en primer lugar, pero aplica la regla de un lote por oferente y recomienda a Lidamar, por lo que la proximidad de ambas ofertas merece verificación de la competencia efectiva.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El informe registra para el generador una cotización de RD$1,121,000.00 frente a RD$616,011.19 en el presupuesto, y una discrepancia entre la capacidad de 50 kW y 60 kW; también señala que el insumo no aparece en el listado de materiales. Pese a ello, Proyectos y Obras fue considerado para adjudicación del Lote II, adjudicado posteriormente según el contexto del proceso.
“Lote II: Precio mal sustentado para insumo [Suministro de Generador eléctrico Encapsulado G1 de 60kW, 60 Hz, 1800 RPM, 0.8 FP, Stand-by, 120/208V,3 fases, con todos sus accesorios, tales como: baterías, cables de interconexión, silenciador,”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 125 · Reglamento 52-26, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Para un transformador del Lote V, el informe consigna RD$56,640.00 en el listado de materiales y RD$82,600.00 en la cotización. Lidamar fue considerada para adjudicación y el contexto registra la adjudicación del lote; conviene verificar el efecto de esa diferencia sobre la consistencia económica de la oferta.
“Precio mal sustentado para insumo Transformador tipo Poste de 25.0 KVA, 7.2KV/120/220V, 1 F. según listado de materiales tiene RD$56,640.00, pero según cotización tiene RD$82,600.00. (Cotización JJ ELECTRIC SA #S29290, pág. 12)”
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Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita la verificación documental de precios y la trazabilidad financiera de los materiales ofertados..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
El documento identifica repetidamente el proceso como exclusivo para MIPYMES, mientras que la ficha del portal indica «Reservado a MIPYMES: no». La discrepancia entre la descripción del proceso y el campo de reserva del portal merece comprobarse por su posible incidencia en la información disponible a los interesados.
““Construcción de Cinco Unidades de Intervención Terapéuticas Territoriales en las Localidades de Salcedo, Tamboril, Bahoruco, Verón y Dajabón – Exclusivo para MiPymes”.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 99 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 99 — Informaciones en la convocatoria
Artículo 99.- Informaciones en la convocatoria. Con la convocatoria deberán hacerse disponibles las informaciones siguientes: 1) La modalidad de la convocatoria, en tanto sea nacional o internacional; 2) Identificación de la institución que convoca; 3) Objetivo de la contratación, indicando la descripción, cantidad y el lugar de entrega de los bienes a suministrarse o la descripción y ubicación de las obras que hayan de efectuarse o la descripción de los servicios requeridos; 4) El procedimiento de selección; 5) El lugar o medio para obtener el pliego de condiciones, que debe ser gratuito; 6) La fecha y hora límite, y el lugar o medio previsto para la presentación de propuestas; 7) La…
Solucid Diseño y Construcciones, S.R.L.Cumplió la evaluación económica y fue considerado para adjudicación del Lote IV; el contexto del proceso registra su adjudicación.
Consorcio LCMCumplió la evaluación económica y fue considerado para adjudicación del Lote III; el contexto del proceso registra su adjudicación.
Adjudicado
Lote III
RD$48,422,568
FC Ingeniería, EIRLNo presentó el Formulario SNCC.F.033 ni el flujograma de desembolsos; el informe también señala deficiencias en el presupuesto y el listado de materiales.
No habilitado
Lote III
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Grupo Aradom, SRLCumplió la evaluación económica y fue considerado para adjudicación del Lote I; el contexto del proceso registra su adjudicación.
Adjudicado
Lote I
RD$37,265,019
Proyectos y Obras, SRLCumplió la evaluación económica; adjudicado en el Lote II según el contexto del proceso. Fue considerado primer lugar del Lote V, pero no para adjudicación por la limitación de un lote por oferente.
Adjudicado
Lote II
RD$40,976,388
Proyectos y Obras, SRLObtuvo el primer lugar del Lote V, pero no fue considerado para adjudicación por la limitación de un lote por oferente.
Suplente
Lote V
RD$53,017,948
Lidamar Interprices, SRLCumplió la evaluación económica y fue considerado para adjudicación del Lote V; el contexto del proceso registra su adjudicación como segundo lugar disponible.
Adjudicado
Lote V
RD$53,017,948
Cambios que introduce (1)
Sección
Antes
Después
Efecto
Evaluación económica del Sobre BTratamiento de cotizaciones de respaldo de materiales
El pliego exige cotizaciones que avalen los precios del listado de materiales y califica la omisión de ese documento y sus errores como no subsanables.
El comité decidió continuar y valorar integralmente las ofertas, aunque registró que varios oferentes no aportaron cotizaciones para insumos.
RelajaQuita un control: Se debilita la verificación documental de precios y la trazabilidad financiera de los materiales ofertados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona