Publicado el 4 ago de 2026Fechado el 3 ago de 20264 páginasEn el mensaje «Solicitud de aclaraciones al Pliego de Condiciones Específicas — Ref. INAFOCAM-CCC-LPN-2026-0006»
La solicitud, fechada el 4 de agosto de 2026, plantea 12 consultas sobre el pliego de la licitación INAFOCAM-CCC-LPN-2026-0006. Solicita precisiones sobre responsabilidades, costos, sedes, evaluación y otros aspectos para preparar las ofertas; no contiene respuestas ni decisiones de INAFOCAM ni modifica el pliego.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El solicitante pregunta si una sede situada en una regional puede acreditar capacidad instalada para varios ítems del mismo eje. No se establece aquí que INAFOCAM haya aceptado o aplicado ese criterio; la respuesta puede afectar cómo se verifica la capacidad operativa territorial de las propuestas.
“¿una misma sede ubicada en una de las regionales del eje puede cubrir los ítems de ese eje (por ejemplo, una sede en la Regional 08 de Santiago para los ítems 5 y 6 del eje Norte)?” (pág. 1)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
La entidad interesada alega que ciertos criterios de la matriz parecen corresponder a un programa de nivel primario, no al diplomado para equipos directivos y técnico-pedagógicos, y solicita confirmar cuáles aplican. La solicitud no demuestra que esos criterios se hayan aplicado en una evaluación; conviene contrastar la matriz y la rúbrica definitivas con el objeto del proceso.
“La Matriz de Evaluación Técnica incluye los criterios “Calidad del diseño curricular y alineación con el nivel primario” y “Metodología activa, clases situadas y acompañamiento contextualizado” con aspectos a verificar como “ABP, STEAM… y t” (pág. 3)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 118 — Criterios de evaluación
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
La solicitud pide delimitar si INAFOCAM entregará la relación y distribución de participantes o si esa tarea recaerá en la institución adjudicataria, dado que también se prevé una actividad de captación. El documento registra la inquietud del solicitante, no una contradicción institucional ya resuelta; el reparto de responsabilidades puede incidir en costos y en la comparabilidad de las propuestas.
“¿La relación de participantes y su distribución por grupos, sedes y cohortes será definida y entregada por INAFOCAM antes del inicio del programa, o será responsabilidad de la institución adjudicataria realizar dicha organización?” (pág. 2)
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra, a través del CIED-HUMANOEntidad interesada que presentó consultas y solicitudes de aclaración; el documento no consigna una oferta.
Mencionado
—
—
Fundación para la Educación, Capacitación e Innovación, Inc. (Funcapex)Entidad interesada que presentó una solicitud de aclaración; el documento no consigna una oferta.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona