La Circular núm. 1, de 2026-07-27, responde observaciones y ratifica la subasta inversa electrónica para adquirir e instalar los equipos, manteniendo la adjudicación conjunta de los 44 ítems. Incorpora flexibilizaciones sobre disponibilidad, equivalencias técnicas, autorizaciones, personal y subsanación, y extiende la recepción de ofertas hasta el 2026-08-05; el monto estimado registrado para el proceso es RD$57,876,932.75.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular mantiene una puja y adjudicación por todos los ítems, lo que puede limitar la participación de proveedores capaces de suministrar solo una parte. La institución justifica el paquete como unidad funcional de sistemas y controles; conviene verificar que esa necesidad cubra también los equipos que no requieren integración entre sí.
“Se mantiene, por tanto, la puja y adjudicación POR EL TOTAL DE LOS ÍTEMS.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 83 · Ley 47-25, art. 4 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 83 — Lotificación
Artículo 83.- Lotificación. Para todas las contrataciones establecidas en la presente ley, tratándose de bienes, servicios y obras individualizables, los procedimientos podrán realizarse por lotes, cuando, de conformidad con los estudios previos, se haya identificado tal posibilidad, de manera que, sin afectar el interés público, se busque la inclusión de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES). Párrafo.- Los pliegos de condiciones, en el caso previsto en este artículo, deberán haber establecido los lotes a adjudicar y la posibilidad o no de hacer adjudicaciones parciales, según la naturaleza de la contratación a realizar.
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se reduce la verificación de existencia física previa de la totalidad de los equipos; para el 40 % restante se aceptan documentos de compra o importación y fecha estimada de arribo..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
La circular mantiene que el líder de proyecto y el equipo de instalación sean personal propio acreditado mediante reportes de nómina de la TSS, aunque permite especialistas externos para tareas de refuerzo. Esta condición puede restringir la participación de oferentes que ejecutan la instalación con equipos especializados subcontratados; la institución la vincula con permanencia y trazabilidad durante la garantía, por lo que corresponde revisar su proporcionalidad frente al objeto.
“el ingeniero o líder de proyecto responsable y el equipo técnico de instalación deben ser personal propio del oferente, acreditado con los reportes de pago de nómina de la TSS;”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 152 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 152.- Subcontratación. Los proveedores podrán subcontratar la realización parcial de las prestaciones requeridas por hasta un cuarenta y cinco por ciento (45%) del monto del contrato, siempre que la persona propuesta cumpla con los requisitos de calificación que resulten adecuados y proporcionales a las obligaciones contractuales pendientes de ejecutar y a la responsabilidad que deba asumir y no se encuentre incurso en el régimen de prohibiciones previsto en la presente ley. Párrafo I.- Autorizada la subcontratación, el proveedor contratado mantendrá su responsabilidad frente a la institución contratante por el cumplimiento del contrato. Párrafo II.- En ningún caso la…
Cambios que introduce (8)
Sección
Antes
Después
Efecto
Pliego, numeral 3.2Descripción de la prestación
El pliego utilizaba la expresión «llave en mano».
Se sustituye por «suministro e instalación integral» y se califica expresamente el objeto como bien común y estandarizado.
Aclara
Pliego, equipos y marcasLíneas comerciales y submarcas
Se exigía una misma marca para los equipos.
Se permiten distintas líneas comerciales o submarcas de un mismo fabricante o grupo corporativo, si el fabricante certifica compatibilidad e integración al sistema centralizado.
Relaja
Pliego, disponibilidad de equiposExistencia en el país
Se requería demostrar que todos los equipos estaban disponibles en el país mediante imágenes y facturas de compra.
Se exige acreditar 60 % en existencia en el país; el 40 % restante puede estar en compra o importación documentada, sin comprometer el plazo de 45 días hábiles. Se conserva la facultad de visita in situ.
RelajaQuita un control: Se reduce la verificación de existencia física previa de la totalidad de los equipos; para el 40 % restante se aceptan documentos de compra o importación y fecha estimada de arribo.
Pliego, autorización del fabricanteAcreditación de autorización y respaldo
Se objetó una carta del fabricante específica para el proceso y con antigüedad máxima de 30 días.
Se admite carta del fabricante, representante regional o distribuidor máster; también certificación general vigente con comunicación de respaldo del proceso. El límite pasa a 30 días hábiles y el documento es subsanable.
Relaja
Pliego, personal técnico y subcontrataciónIntervención de especialistas externos
Se exigía personal técnico certificado empleado directo del oferente y registrado en su nómina ante la TSS.
Se permite que especialistas del fabricante, centros autorizados y otros especialistas realicen prestaciones declaradas, manteniendo personal técnico propio certificado y la responsabilidad del contratista.
Relaja
Pliego, subsanación de documentosSoportes técnicos y cronograma
Se cuestionaba el carácter no subsanable de documentos técnicos extensos.
La propuesta técnica detallada y el cronograma siguen siendo obligatorios y no subsanables si se omiten por completo; se permiten subsanar fichas, catálogos, manuales, fotografías y defectos formales si no se alteran los elementos ofertados.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Pliego, numeral 3.1.1Equivalencias y tolerancias técnicas
No se precisaban rangos de equivalencia para capacidades nominales comerciales cercanas.
Se admiten capacidades iguales o superiores y tolerancia a la baja de hasta 3 % si la capacidad certificada cubre la carga térmica; también configuraciones modulares y refrigerantes alternativos con compatibilidad certificada.
Relaja
CronogramaRecepción de ofertas y consultas
La respuesta describe un plazo original de aproximadamente 12 días calendario desde la publicación y posibles enmiendas hasta dos días antes del cierre.
Se extiende la fecha límite de ofertas al 2026-08-05 a las 10:00 a. m.; se habilitan consultas sobre los cambios hasta el 2026-07-30 y respuesta complementaria hasta el 2026-07-31, y se extiende la visita técnica no obligatoria.