Descripción imprecisa de la competencia y del umbral aplicable
· hace 2 meses
La solicitud atribuye la organización, gestión y ejecución a la máxima autoridad o su representante conjuntamente con las áreas administrativa-financiera y jurídica, y menciona obras que «superen el umbral» de servicios. La Ley 47-25 asigna la contratación menor a la Dirección Administrativa en coordinación con Jurídica, previa autorización de la máxima autoridad; aunque el monto del proceso registrado en el portal está dentro del umbral de obras, conviene verificar que la tramitación siguiera la competencia y el umbral pertinentes.
“Esta solicitud esta sustentada conforme a la normativa aplicable/ en los procedimientos de contratacion menor cuyo obj'eto sea la ejecucion de obras de menor cuantia o reparaciones menores que superen el umbral establecido para los servicio”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 68 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 68 — Competencia para la organización, gestión y ejecución
Artículo 68.- Competencia para la organización, gestión y ejecución. La competencia para la organización, gestión y ejecución de los procedimientos de selección previstos en los artículos 60, 62, 63, 64, 65, 66 y 67 de la presente ley, se distribuirá de la forma siguiente: 1) Para los procedimientos de licitación pública, licitación pública abreviada, subasta inversa, sorteo de obras y contratación simplificada, serán competentes los Comités de Contrataciones Públicas de las instituciones contratantes; 2) Para el procedimiento de contratación menor será competente la Dirección Administrativa en coordinación con la Dirección Jurídica, o las unidades equivalentes, previa autorización de la…
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