La Resolución MIVHED/CCP/2026/171, de 2026-07-16, aprueba el informe final de evaluación económica y adjudica los 11 lotes por un total de RD$397,496,574.72. El acta cita una certificación de apropiación presupuestaria por RD$107,829,415.00 y adjudica el lote 1 a Monpegar, aunque el reporte de lugares ocupados sitúa a Grupo Biserici en primer lugar por precio. También adjudica los lotes 3 y 5 a oferentes que no figuran primeros en el reporte.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acta cita que la adjudicación por lote se basa en el menor precio, pero adjudica los lotes 1, 3 y 5 a Monpegar, Santinis e INACO, respectivamente, pese a que el reporte sitúa por delante a otros oferentes. El límite de dos lotes por oferente no explica por sí solo esas asignaciones: Biserici y Santinis reciben un solo lote cada uno.
“"1 | 1ro | Grupo Biserici, S.R.L. | 29,363,779.62 | 2do | Inversiones y Construcciones Monpegar, S.R.L. | 31,933,426.68" … "La adjudicación será por lotes y basada en menor precio, a favor del/los Oferentes / Proponentes cuya propuesta cump”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 121 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 121 — Menor precio
Artículo 121.- Menor precio. Cuando la propuesta más conveniente deba determinarse a partir del menor precio, la institución contratante deberá evaluar en primer lugar la oferta técnica “Sobre A” bajo el criterio cumple o no cumple, y solo aquellas propuestas que cumplan con todos los criterios establecidos, serán habilitados para la apertura y evaluación de sus ofertas económicas. Párrafo I.- La oferta más conveniente será aquella que luego de haber cumplido todo lo técnico, presente el menor precio. Párrafo II.- Para el procedimiento de contratación mediante subasta inversa, siempre será considerada como propuesta más conveniente la de menor precio ofertado.
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El acta identifica una certificación de apropiación por RD$107,829,415.00 y adjudica RD$397,496,574.72: una diferencia de RD$289,667,159.72. El documento no explica cómo se cubre la diferencia; corresponde verificar si existe apropiación adicional o una previsión presupuestaria distinta para respaldar el monto adjudicado.
“"por la suma de Ciento Siete Millones Ochocientos Veintinueve Mil Cuatrocientos Quince pesos dominicanos con 00/100 (RD$107,829,415.00)." … "Total, RD$ | 397,496,574.72"”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 93 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 93 — Disponibilidad de apropiación presupuestaria
Artículo 93.- Disponibilidad de apropiación presupuestaria. Las instituciones contratantes, previo al inicio de un procedimiento de contratación de obras, bienes o servicios, se proveerán de una certificación de apropiación presupuestaria en la que se haga constar el monto total del egreso previsto para la contratación de que se trate. Párrafo I.- La certificación será publicada junto a la convocatoria en el Sistema Electrónico de las Contrataciones Pública. Párrafo II.- La violación a lo dispuesto en este artículo conllevará la nulidad de pleno derecho del procedimiento de contratación, salvo para los casos en que la presente ley y sus reglamentos de aplicación prevean excepciones. Párrafo…
Esta resolución adjudica a Monpegar el lote 1. En el informe definitivo de evaluación técnica resumido entre los documentos del expediente, el cuadro registra resultado «No Cumple» para ese lote, aunque el resultado final aparece como habilitado; la adjudicación vuelve relevante verificar cuál fue la conclusión técnica aprobada que sirvió de base.
“"1 | • Pino americano bruto tratado 1\" x 4\" x 12' - 33,000 Unidades. • Pino americano bruto tratado 2\" x 4\" x 12' - 10,500 Unidades. • Pino americano bruto tratado 2\" x 3\" x 12' - 28,200 Unidades. | Inversiones y Construcciones Monpeg”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 114 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 114 — Objeto de evaluación
Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
Construpal, S.R.L.El informe definitivo de evaluación técnica del proceso, citado en el acta y resumido entre los documentos del expediente, lo registra no habilitado para el lote 3.
No habilitado
3
—
Maderas & Derivados Espinal (MADE), S.R.L.El informe definitivo de evaluación técnica del proceso, citado en el acta y resumido entre los documentos del expediente, lo registra no habilitado para el lote 5.
No habilitado
5
—
Elecom (Electrical Company), S.R.L.El informe definitivo de evaluación técnica del proceso, citado en el acta y resumido entre los documentos del expediente, lo registra no habilitado para el lote 4.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona