El presupuesto aprobado no coincide con el monto del portal
· hace 3 meses
La resolución adopta formalmente RD$79,000,000 como presupuesto actualizado, mientras que el portal suministrado aún consigna RD$59,000,000 como monto estimado. El portal podría estar desactualizado; conviene verificar que la cifra aprobada y sus soportes se reflejen de manera consistente en la información pública del proceso. Es un hecho nuevo respecto de la mera diferencia entre la certificación y el monto estimado: aquí consta la decisión formal de elevar el presupuesto.
“determinar que el presupuesto actualizado del procedimiento es por setenta y nueve millones de pesos domincanos (RD$ $79.000.000,00).”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · Ley 47-25, art. 182 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Ley 47-25, artículo 182 — Obligatoriedad del sistema
Artículo 182.- Obligatoriedad del sistema. El Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas será de uso obligatorio para todas las instituciones contratantes sujetas al ámbito de aplicación de la presente ley y sus reglamentos de aplicación, y todas las actuaciones desarrolladas deberán ser debidamente publicadas en este. Párrafo.- La no publicación de una actuación en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas podrá ser causa de aplicación de las sanciones disciplinarias establecidas en el artículo 222 de la presente ley, a menos que la institución contratante demuestre que dicho incumplimiento se produjo por una imposibilidad material justificada o fallas técnicas, o el proceso de…
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