La Circular núm. 01, fechada el 25 de junio de 2026, responde consultas del proceso INDOTEL-CCC-LPN-2026-0001. Acepta, bajo condiciones documentales y técnicas, GPU profesionales para laptops de los ítems 3 y 4 y métodos alternativos para acreditar 10 horas de autonomía; también aclara que las ofertas deben cubrir un lote completo y que la antigüedad de diez años corresponde al fabricante OEM, no al oferente. Mantiene otras especificaciones y remite varias consultas al pliego; dispone que el oferente establezca la capacidad máxima de RAM del equipo propuesto.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: La comparación de rendimiento queda referida al modelo base MX550, sin especificar una metodología o benchmark uniforme.; No se fija una capacidad máxima común para comparar uniformemente la capacidad de expansión ofrecida..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
Especificaciones técnicas — Lote 1, ítems 3 y 4Aceptación de GPU profesional en laptops
Se requería GPU dedicada NVIDIA MX550 o RTX serie 30 o superior.
Se admite GPU profesional si su documentación acredita rendimiento igual o superior al modelo base MX550, compatibilidad nativa con CUDA, memoria dedicada y configuración integrada de fábrica por el OEM.
RelajaQuita un control: La comparación de rendimiento queda referida al modelo base MX550, sin especificar una metodología o benchmark uniforme.
Especificaciones técnicas — autonomía de bateríaMétodos para acreditar autonomía mínima
Autonomía mínima de 10 horas bajo MobileMark 2018 o superior.
Se aceptan fichas o catálogos oficiales del fabricante y metodologías alternativas, siempre que acrediten al menos 10 horas de uso productivo y se aporte la carta del fabricante indicada en el pliego.
Relaja
Especificaciones técnicas — memoria RAM expandibleCapacidad máxima de memoria RAM
El pliego indicaba que la memoria RAM debía ser expandible, sin que la circular señale una capacidad máxima uniforme.
La capacidad máxima de RAM soportada puede ser establecida por cada oferente según el equipo ofertado.
RelajaQuita un control: No se fija una capacidad máxima común para comparar uniformemente la capacidad de expansión ofrecida.
Alcance de participación — numeral 7 del pliegoOferta por lote completo y participación en un solo lote
La consulta pidió aclarar si se podía ofertar por ítems o presentar propuestas separadas para ambos lotes.
La circular confirma que no se admiten ofertas parciales por ítems y que cada oferente solo puede presentar oferta para un único lote, cubriendo todos sus ítems y cantidades.
Aclara
Documentación técnica — certificaciones y acreditaciones del fabricanteAplicación a ítems y lotes
La consulta pidió precisar para qué lotes e ítems eran exigibles las certificaciones y acreditaciones del fabricante.
La circular responde que lo solicitado aplica para cada ítem/lote y reitera que el incumplimiento de subcriterios clave es no subsanable.
Aclara
Requisitos de experiencia — fabricante OEMAntigüedad de diez años
La consulta interpretó que el requisito de diez años podía referirse a la empresa oferente.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
La circular aclara que los diez años de presencia comprobada en el mercado global se exigen exclusivamente al fabricante original del hardware de las computadoras personales ofertadas.