Cambio sustancial del plazo de ejecución cerca del cierre de ofertas
· hace 3 meses
La enmienda sustituye los máximos originales de seis y diez meses por un plazo de doce a dieciocho meses. El portal sitúa el cierre de ofertas el 17/06/2026, dos días después de la fecha del acta; por la magnitud del cambio y su cercanía al cierre, conviene verificar su efecto sobre la preparación de ofertas y si el cambio altera sustancialmente los términos originales, en los términos del artículo 104 de la Ley.
“Plazo máximo de ejecución de 6 meses … Plazo de ejecución no menor a doce Í12) meses ni mayor a dieciocho Í18) meses”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 104 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 104 — Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones
Artículo 104.- Adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones. La institución contratante podrá realizar adendas al pliego de condiciones, cuando resulte necesario adicionar condiciones o especificaciones; o enmiendas, cuando resulte necesario modificar condiciones o especificaciones previstas. Párrafo I.- Las adendas o enmiendas del pliego de condiciones no podrán alterar sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato. Párrafo II.- Si la adición o modificación se realiza de manera posterior al setenta y cinco por ciento (75%) del plazo para la recepción de ofertas, deberá extenderse el plazo para presentarlas de manera proporcional a la complejidad del cambio…
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