El informe definitivo de evaluación técnica, fechado el 8 de junio de 2026, recomienda habilitar a LIS REPRESENTACIONES, S.R.L. y DISLA URIBE KONCEPTO, S.R.L. para la apertura económica, y deshabilitar a ALIMA INVESTMENTS, S.R.L. por no completar los documentos requeridos en la subsanación. Registra tres ofertas para el ítem 1: dos presentadas físicamente y una a través del SECP. Según los antecedentes posteriores del proceso, la deshabilitación de ALIMA fue rectificada el 10 de junio al constatarse que había presentado oportunamente documentos que no fueron considerados.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: ALIMA INVESTMENTS, S.R.L..
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 112 · Reglamento 52-26, art. 106 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 112 — Subsanación y aclaración de las ofertas
Artículo 112.- Subsanación y aclaración de las ofertas. Todo documento relativos a la acreditación de los requisitos de calificación de los oferentes será subsanable, siempre y cuando los oferentes cumpliesen con el requisito al momento de presentación de la oferta. Párrafo I.- También serán subsanables otros documentos de soporte de la oferta, siempre que no conlleven la modificación de las especificaciones que fueron presentadas en esta. Párrafo II.- La institución contratante podrá solicitar en cualquier momento la aclaración de cualquier documento que, a su juicio, contenga información equívoca, confusa o aparentemente contradictoria, de manera que el oferente pueda explicar su sentido…
Reglamento 52-26, artículo 106 — Subsanación y aclaración de ofertas
Artículo 106.- Subsanación y aclaración de ofertas. Las instituciones contratantes deben garantizar que el procedimiento de evaluación preserve la igualdad de trato, la competencia y la transparencia, permitiendo la subsanación o aclaración de documentos, pero sin admitir modificaciones que alteren el contenido esencial de la oferta, su precio o sus condiciones técnicas. Párrafo I. Toda solicitud de subsanación debe realizarse formalmente, mediante el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas y el correo electrónico institucional, y notificarse por las vías correspondientes. Párrafo II. El requerimiento debe indicar de manera clara y específica los documentos o informaciones que deben…
2 habilitado · 1 habilitado por vía extraordinaria
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
LIS REPRESENTACIONES, S.R.L.El informe concluye que cumple con la documentación legal, financiera y técnica y recomienda habilitarla para la apertura de la oferta económica.
Habilitado
Ítem 1
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ALIMA INVESTMENTS, S.R.L.Este informe la calificó como no cumplidora y recomendó deshabilitarla por documentos que indicó no subsanados. Según los antecedentes posteriores, la decisión fue rectificada el 10 de junio al constatarse que había presentado oportunamente documentos que no fueron considerados.
Habilitado por vía extraordinaria
Ítem 1
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DISLA URIBE KONCEPTO, S.R.L.El informe concluye que cumple con la documentación legal, financiera y técnica y recomienda habilitarla para la apertura de la oferta económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona