Publicado el 26 may de 2026Fechado el 20 may de 202631 páginasEn el mensaje «Acto administrativo MOPC-ADIP-009-2026; Informe preliminar evaluación técnica»
El informe preliminar de evaluación técnica, fechado el 21 de mayo de 2026 y remitido el 25 de mayo, evalúa 13 ofertas del proceso MOPC-CCC-LPN-2026-0003. Recomienda notificar a los oferentes con documentos pendientes para subsanar hasta el 1 de junio de 2026; considera que Refrigeración P&W e Ingeniería Electromecánica Cabrera no tienen documentos pendientes y registra discrepancias en la evaluación financiera de SERIRCA.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe consigna activos por RD$50,825,406 en los estados financieros y RD$36,208,087.91 en el anexo A-1; la diferencia calculada es RD$14,617,318.09, distinta de los RD$14,173,318.9 que el propio informe indica. Conviene verificar los documentos financieros y la cifra usada en la evaluación de solvencia.
“El oferente presenta una incongruencia entre los estados financieros años 2025 con un total de activos de 50,825,406. Mientras que en el En anexos A-1 (balance general) para un total de activo declarado 36,208,087.91, reflejando una diferen”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 114 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Artículo 114.- Objeto de evaluación. Serán objeto de evaluación de las propuestas los aspectos siguientes: 1) Los requisitos de calificación; 2) La calidad y condiciones técnicas de la oferta; y 3) La economía de la oferta. Párrafo I.- El incumplimiento de los requisitos de calificación que persista, no obstante haberse agotado la fase de subsanación de ofertas, conllevará la exclusión del oferente de manera previa a la apertura de la oferta económica. Párrafo II.- El incumplimiento de los requisitos o del puntaje mínimo establecido con relación a la calidad o condiciones técnicas de la oferta, a fin de ser habilitado para la apertura del sobre económico, conllevará la exclusión del…
La tabla de SERIRCA marca la documentación legal como cumplida y señala que no tiene documentos que subsanar; el resultado narrativo, en cambio, indica que no cumple en esa documentación. La contradicción dificulta determinar con certeza su resultado preliminar en ese componente.
“El oferente no tiene documentación a subsanar. | Cumple … 9 SERVICIOS DE REFRIGERACCIÓN INDUSTRIAL RAMIREZ SRL RNC RPE: 26504 … no cumple documentación legal, no cumple documentación financiera y cumple”
Qué dice la ley: Reglamento 52-26, art. 118 · Ley 47-25, art. 124 · con ChatLeyes
Reglamento 52-26, artículo 118 — Reglas generales para los informes de evaluación
Artículo 118.- Reglas generales para los informes de evaluación. Los informes elaborados por los peritos evaluadores deben presentarse por escrito, firmados y fechados, y contener al menos los siguientes elementos: 1. Identificación del procedimiento de contratación, número de referencia y objeto del contrato; 2. Nombre y cargo de los peritos participantes; 3. Descripción de la metodología aplicada para la evaluación de las ofertas, asegurando el apego irrestricto a los criterios de evaluación y reglas de valoración establecidos en el pliego de condiciones; 4. Resumen de los aspectos legales, técnicos y económicos analizados; 5. Cuadros comparativos de las puntuaciones asignadas y la…
Ley 47-25, artículo 124 — Informes de los peritos evaluadores
Artículo 124.- Informes de los peritos evaluadores. Los peritos responsables del análisis y evaluación de las ofertas presentadas, tanto en la primera como en la segunda etapa de evaluación, deberán presentar informes motivados en donde se justifiquen los resultados a los que arriben. Párrafo I.- Los informes de los peritos evaluadores deberán contar con una evaluación de los aspectos legales, técnicos y económicos de las propuestas y, en adición, deberán presentarse las recomendaciones para que la autoridad competente, según lo establecido en el artículo 68 de la presente ley, tome una decisión sobre la habilitación, adjudicación, declaratoria de desierto o cancelación del procedimiento de…
El informe reproduce como contenido requerido de la declaración jurada que el oferente manifieste no tener juicios pendientes con el Estado. La Ley 47-25 establece que tener un juicio contra el Estado no se considera una inhabilidad, por lo que este requisito podría afectar la participación de oferentes en esa situación.
“así como de que no tienen juicios pendientes con el Estado Dominicano o alguna de sus instituciones.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
Inversiones y Construcciones MONPEGAR, SRLEvaluación preliminar: no cumple en documentación técnica por no aportar las dos referencias de suministros requeridas; se recomienda subsanar.
Mencionado
Lote único
RD$0
Refrigeración P&W, SRLEvaluación preliminar: cumple con la documentación legal, financiera y técnica; no tiene documentación a subsanar.
Matriz Comercial, SRLEvaluación preliminar: no cumple en documentación legal y financiera por documentos no presentados; se recomienda subsanar. La documentación técnica figura como cumplida.
Mencionado
Lote único
RD$0
Ferretería Popular, SRLEvaluación preliminar: no cumple en documentación legal y financiera; entre otros puntos, la declaración jurada se basó en la Ley 340-06 y faltaban documentos financieros. Se recomienda subsanar.
Mencionado
Lote único
RD$0
Lermont Engineering Group, SRLEvaluación preliminar: no cumple en documentación legal y financiera; se recomienda subsanar. La documentación técnica figura como cumplida.
Mencionado
Lote único
RD$0
Serd-Net, SRLEvaluación preliminar: no cumple en documentación financiera por documentos pendientes, incluida una carta bancaria vencida; se recomienda subsanar.
Mencionado
Lote único
RD$11,505,000
Celna Enterprises, SRLEvaluación preliminar: no cumple en documentación legal y financiera por documentos no presentados; se recomienda subsanar. La documentación técnica figura como cumplida.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Servicios de Refrigeración Industrial Ramírez, SRL (SERIRCA-S.R.L.)Evaluación preliminar: los peritos registran una discrepancia entre el total de activos de los estados financieros y el del anexo A-1. La tabla indica que cumple en documentación legal, pero el resultado narrativo señala que no cumple esa documentación; no se consigna una decisión definitiva.
Mencionado
Lote único
RD$12,118,892
Obelca, SRLEvaluación preliminar: no cumple en documentación legal y financiera por documentos no presentados; se recomienda subsanar. La documentación técnica figura como cumplida.
Mencionado
Lote único
RD$10,979,074
Difo Electromecánica, SRLEvaluación preliminar: no cumple en documentación legal y financiera por documentos pendientes; se recomienda subsanar. La documentación técnica figura como cumplida.
Mencionado
Lote único
RD$11,760,000
Liriano Disla LIDICA, SRLEvaluación preliminar: no cumple en documentación legal y financiera por documentos pendientes; se recomienda subsanar. La documentación técnica figura como cumplida.
Mencionado
Lote único
RD$14,546,769
Frio Max, SRLEvaluación preliminar: cumple en documentación financiera y técnica; no cumple en documentación legal por no presentar una copia de identificación del representante, que se indica como subsanable.