El informe técnico de mayo de 2026 responde a las impugnaciones de Punto Market, Electrocable International Group y el Consorcio Keiko-ACC. Los peritos recomiendan mantener la no habilitación técnica de Punto Market para los ítems 4 y 5 y de Electrocable para el ítem 5; respecto de Keiko-ACC, aceptan la documentación legal del consorcio, pero mantienen incumplimientos técnicos en los ítems observados y recomiendan habilitarlo únicamente para los ítems 1 y 6. El informe contiene recomendaciones técnicas y no consigna número de acta ni fecha exacta.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Señales de este documento (1)
A revisarHabilitados por vía extraordinariaRD$68 millones
El documento registra oferentes que no habían sido habilitados en la evaluación ordinaria y lo fueron tras reconsideración o evaluación extraordinaria: Consorcio Keiko-ACC.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 21 · Reglamento 416-23, art. 120 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 21
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Reglamento 416-23, artículo 120 — Subsanabilidad de las ofertas
Artículo 120. Subsanabilidad de las ofertas. Con el objeto de brindar a la institución contratante la posibilidad de contar con la mayor cantidad de ofertas válidas posibles y evitar que por cuestiones formales e intrascendentes se vea privada de optar por ofertas serias y convenientes, todo documento relativo a credenciales de los oferentes será subsanable, siempre y cuando cumpla con el requisito al momento de presentación de la oferta o sea inherente a su capacidad, para no afectar el principio de igualdad de trato entre los oferentes. En estos casos, la institución solicitará al oferente, en el plazo establecido en el pliego de condiciones, que suministre la documentación faltante o con…
2 adjudicado · 1 habilitado por vía extraordinaria
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Punto Market, S.R.L.El informe recomienda mantener su no habilitación técnica en los ítems 4 y 5; según el contexto del proceso, fue habilitado tras una reevaluación y adjudicado en el ítem 5.
Adjudicado
Ítem 5
RD$47,100,002
Electrocable International Group, S.R.L.El informe recomienda mantener su no habilitación técnica para el ítem 5; según el contexto del proceso, fue habilitado y adjudicado en los ítems 1 y 6.
Adjudicado
Ítems 1 y 6
RD$6,330,534
Consorcio Keiko-ACCLos peritos aceptan la documentación legal del consorcio y recomiendan habilitarlo para los ítems 1 y 6; mantienen incumplimientos técnicos en los ítems descalificados. No adjudicado según el contexto del proceso.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona