Referencia errónea al numeral que define la licitación pública
· hace 9 meses
El acta atribuye la definición de la licitación pública al acápite 4 del artículo 16 de la Ley 340-06, aunque ese numeral corresponde a la comparación de precios y la licitación pública está definida en el numeral 1. La modalidad seleccionada coincide con el umbral aplicable al monto estimado, pero conviene verificar la fundamentación jurídica consignada.
“CONSIDERANDO: Que el articulo 16, acápite 4 de la Ley Núm. 340-06 de fecha dieciocho (18) días del mes de agosto del año dos mil seis (2006), establece que la LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL “Es el procedimiento administrativo mediante el cual ”
Posible explicación normal: el documento no muestra efecto en quién gana ni en cuánto se paga.
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 16 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 16
ART. 16. Los procedimientos de selección a los que se sujetarán las contrataciones son: 1) Licitación Pública: Es el procedimiento administrativo mediante el cual las entidades del Estado realizan un llamado público y abierto, convocando a los interesados para que formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará la más conveniente conforme a los pliegos de condiciones correspondientes. Las licitaciones públicas podrán ser internacionales o nacionales. Las licitaciones públicas serán internacionales en los siguientes casos: i) Cuando la compra o contratación esté cubierta por un tratado o acuerdo en vigor entre la República Dominicana y otro Estado u organismo multilateral o bilateral…
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