Electrocable International Group, SRL
Proveedor del Estado con la misma razón social que una parte en decisiones judiciales
· hace 1 año
Persona Jurídica · Sociedades Comerciales · DISTRITO NACIONAL
Electrocable International Group, SRL
· hace 1 año
Lectura con inteligencia artificial de las actas de evaluación y adjudicación, que suelen adelantarse a los contratos de la DGCP. Verifica cada dato en el acta.
Decisiones de la Dirección General de Contrataciones Públicas sobre recursos, medidas cautelares, inhabilitaciones o investigaciones en que figura esta empresa. Lectura automática del documento: verifica cada dato en la resolución original.
Se acoge en cuanto a la forma la solicitud de inhabilitación presentada por la ETED contra la razón social razón social Electrocable International Group, S.R.L., por haber sido presentada de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y su Reglamento de Aplicación Núm. 543-12. Se rechaza en cuanto fondo la solicitud de inhabilitación en contra de la razón social Electrocable…
Procesos: ETED-CCC-LPN-2014-004ETED-CCC-LPN-2014-027ETED-CCC-LPN-2014-04
Empresa: Electrocable International Group, SRL (contra quien se presentó)
PRIMERO: ACOGER en cuanto a la forma la presente solicitud de inhabilitación temporal de Registro de Proveedores del Estado presentada por la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED, en contra de la razón social Electrocable International Group, S.R.L., por presunto incumplimiento contractual, en el marco de los siguientes procedimientos: i) Licitación Pública Nacional Núm. ETED-CCC-LPN-2014-027, llevada a cabo para la “Adquisición de anilla cuarteada, Grillete con perno, tornillo pasante, tuerca de ojo para tornillo, varilla de anclaje doble y varilla de tierra”, y; ii) Licitación Pública Nacional Núm. ETED-CCC-LPN-2014-004, llevada a cabo para la “Adquisición de anilla cuarteada, arancela cuadrada plana, conector de varilla, tornillo pasante, tuerca de ojo para tornillo, varilla anclaje doble ojo, varilla de anclaje de ojo sencillo y varilla de tierra”, por haber sido presentada de conformidad con las disposiciones de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones y el Reglamento de Aplicación Núm. 543-12. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto al fondo la solicitud de inhabilitación temporal presentada por Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED), en contra de la razón social Electrocable International Group, S.R.L., respecto al incumplimiento de los Contratos Núm. 0315/2014 suscrito en fecha 18 de diciembre de 2014 y Núm. 060/2015 suscrito en fecha 19 de marzo de 2015, en el marco de los siguientes procedimientos: i) Licitación Pública Nacional Núm. ETED-CCC-LPN-2014-027, llevada a cabo para la “Adquisición de anilla cuarteada, Grillete con perno, tornillo pasante, tuerca de ojo para tornillo, varilla de anclaje doble y varilla de tierra”, y; ii) Licitación Pública Nacional Núm. ETED-CCC-LPN-2014-004, llevada a cabo para la “Adquisición de anilla cuarteada, arancela cuadrada plana, conector de varilla, tornillo pasante, tuerca de ojo para tornillo, varilla anclaje doble ojo, varilla de anclaje de ojo sencillo y varilla de tierra”, debido a que no se comprobó en los elementos probatorios presentados, cuáles era los imperfectos que presentaban los bienes objeto de los contratos y las razones por los que éstos no cumplían con lo acordado entre las partes a los fines de esta Dirección General verificar la infracción sostenida. TERCERO: ORDENAR la remisión de la presente Resolución a las partes envueltas en el proceso, es decir: i) a la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana (ETED); y, ii) a la razón social Electrocable International Group, S.R.L., para sus conocimientos y fines de lugar. CUARTO: RECOMENDAR a la Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana ponderar la terminación unilateral del contrato conforme con el artículo 66 de la Ley Núm. 340-06 y sus modificaciones, toda vez que las obligaciones incumplidas por causas del proveedor constituyen causales de terminación contractual. QUINTO: ORDENAR que esta Resolución sea publicada en el portal electrónico administrado por esta Dirección General, en www.dgcp.gob.do.
Registros de la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI) a nombre de esta empresa, según sus boletines oficiales.
Se muestran las 60 más recientes.
Decisiones en las que es parte una empresa con la misma razón social: verifica en la decisión que se trate de la misma sociedad.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
| Activo |
| ADQUISICIÓN DE CONDUCTORES Y CABLES PARA EDESUR DOMINICANA S.A., SEGUNDA CONVOCATORIA | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$20.2 millones | 26 may de 2026 | Activo |
| ADQUISICIÓN MATERIALES ELÉCTRICOS, PRIMERA CONVOCATORIA | Empresa de Distribución Eléctrica del Norte | RD$27.7 millones | 19 may de 2026 | Activo |
| ADQUISICIÓN MATERIALES ELÉCTRICOS, PRIMERA CONVOCATORIA | Empresa de Distribución Eléctrica del Norte | RD$27.7 millones | 13 may de 2026 | Cancelado |
| Adquisición de Fusibles, Cuchillas, Seccionadores, Soportes y Tubos. | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$6.5 millones | 8 may de 2026 | Activo |
| Adquisición de Bombillo 250W AP de Sodio. | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$1.4 millones | 24 abr de 2026 | Activo |
| ADQUISICIÓN DE HERRAJES, TUBERÍAS Y ACCESORIOS | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$11.8 millones | 23 mar de 2026 | Activo |
| ADQUISICIÓN DE AISLADORES Y MATERIALES DE PROTECCIÓN | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$20.9 millones | 25 feb de 2026 | Activo |
| ADQUISICIÓN DE CONDUCTORES | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$116.3 millones | 23 feb de 2026 | Activo |
| ADQUISICIÓN DE HERRAJES, TUBERÍAS Y ACCESORIOS | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$11.8 millones | 21 feb de 2026 | Cancelado |
| ADQUISICIÓN DE CONDUCTORES | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$116.3 millones | 20 feb de 2026 | Cancelado |
| ADQUISICIÓN DE POSTES METÁLICOS, CRUCETAS Y FLEJES | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$6.4 millones | 20 feb de 2026 | Activo |
| ADQUISICIÓN DE CONDUCTORES | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$116.3 millones | 20 feb de 2026 | Cancelado |
| ADQUISICIÓN DE AISLADORES Y MATERIALES DE PROTECCIÓN | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$20.9 millones | 20 feb de 2026 | Cancelado |
| "ADQUISICIÓN DE CONDUCTORES Y CABLES PARA EDESUR DOMINICANA, S.A". | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$75.8 millones | 12 ene de 2026 | Activo |
| Adquisición de Pararrayos para Mantenimiento de Redes, Atención de Averías, Redes Soterradas y Subestaciones | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$274,952 | 9 ene de 2026 | Activo |
| "ADQUISICIÓN DE CONDUCTORES Y CABLES PARA EDESUR DOMINICANA, S.A". | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$75.8 millones | 19 dic de 2025 | Cancelado |
| ADQUISICIÓN DE TORNILLOS DE MAQUINA, ARANDELAS Y HERRAMIENTAS AFINES DIRIGUIDO A MIPYMES. | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$48,646 | 15 dic de 2025 | Activo |
| Adquisiición de Consuctores para Mantenimeinto de Redes y Alumbrado Publico | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$869,566 | 2 may de 2025 | Activo |
| ADQUISICIÓN DE EQUIPOS Y MATERIALES ELÉCTRICOS. | Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana | RD$66.3 millones | 25 jun de 2024 | Activo |
| Adquisición de postes varios | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$32.4 millones | 19 abr de 2024 | Rescindido |
| Adquisición de soportes varios y bases cortacircuitos | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$1.9 millones | 2 abr de 2024 | Rescindido |
| Adquisición de Varillas y Conectores para Edesur Dominicana,S.A | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$1.4 millones | 30 ene de 2024 | Activo |
| Adquisición de Materiales Ferreteros y Eléctricos. | Empresa de Transmisión Eléctrica Dominicana | RD$5.3 millones | 30 ene de 2024 | Activo |
| Adquisición de materiales eléctricos para solucionar los daños causados por la explosión en San Cristóbal | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$9.2 millones | 5 oct de 2023 | Activo |
| COMPRA DE MATERIALES ELÉCTRICOS. PRIMERA CONVOCATORIA | Empresa de Distribución Eléctrica del Norte | RD$11.8 millones | 23 jun de 2023 | Activo |
| Adquisición de Materiales Eléctricos para Edesur Dominicana | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$163.5 millones | 7 jun de 2023 | Cerrado |
| Adquisición de Postes para Edesur Dominicana, S. A. | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$473,631 | 29 mar de 2023 | Modificado |
| Adquisición de cinta dieléctrica selladora para Edesur Dominicana, S. A. | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$6.8 millones | 1 feb de 2023 | Cerrado |
| Adquisición de Materiales Eléctricos para resolución de averías y mantenimiento de redes en estado de emergencia | Empresa Distribuidora de Electricidad del Sur | RD$14 millones | 5 dic de 2022 | Activo |
| Adquisición de Materiales Eléctricos y Ferreteros, para ser usados en el Proyecto Palero, Prov. Santiago Rodríguez… | Ministerio de Energía y Minas | RD$3.7 millones | 27 sept de 2022 | Activo |
Resolución Ref. RIC-11-2018, la cual concluye lo siguiente; DECLARAR que Edenorte Dominicana S.A. en el procedimiento No. EDN-LPN-013-2014, dicha entidad no cumplió con varias disposiciones y RECOMIENDA al Administrador Gerente General del Edenorte Dominicana S.A., aplicar las disposiciones legales contenidas en el artículo 65 de la Ley No. 340-06 y su modificación, así como también las disposiciones de la…
Procesos: EDN-LPN-013-2014EDN-LPN-13-2014
Empresas: Estudios y Servicios (contra quien se presentó)Green Cables and Systems, SRL (presentó la acción)Eléctrocable Aluconsa, SAS (adjudicataria del proceso)2015 de Edenorte Dominicana S.A.Administrador Gerente General del Edenorte Dominicana S.A.CD Energy, SRLy 8 más
PRIMERO: ACOGER, en cuanto a la forma, el recurso jerárquico interpuesto la razón social Green Cable and Systems S.R.L., con relación al procedimiento Licitación Pública Nacional No. EDN-LPN-13-2014 llevado a cabo por la Edenorte Dominicana, S.A. (EDENORTE) para “Adquisición de aisladores, cables, conductores, y conectores”, por haber sido interpuestos de conformidad con las disposiciones del artículo 67 de la Ley No. 340-06 y su modificación. SEGUNDO: RECHAZAR en cuanto fondo el recurso jerárquico interpuesto la razón social Green Cable and Systems S.R.L., por haber comprobado este Órgano Rector que a pesar de la acciones y omisiones antijurídicas de EDENORTE en el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. EDN-LPN-13-2014, su oferta para el ítem No. 1009444 no podía resultar adjudicada toda vez que ofertó un tiempo de entrega que superaba el ofertado por razón social adjudicataria Electrocable Aluconsa S.A.S. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do TERCERO: En cuanto al proceso DECLARAR que Edenorte Dominicana S.A. en el procedimiento No. EDN-LPN-013-2014, dicha entidad no cumplió las siguientes disposiciones: a) Artículo 20 de la Ley No. 340-06 y su modificación sobre el deber de proporcionar toda la información relacionada con el proceso de la contratación, por no establecer criterios para la presentación y homologación de las muestras, lo que afecta directamente a la adjudicación. b) Principio de economía y flexibilidad establecido en numera 4) del artículo 3 y el artículo 20 de la Ley No. 340-06 y su modificación por no establecer criterios para asignar el porcentaje del 60% al tiempo de entrega y el 40% al precio, en la evaluación económica de los 60 ítems no incluidos en el numeral 2) de la enmienda. c) Principio de transparencia y publicidad, párrafo II del artículo 8 de la Ley No. 340-06 y su modificación y artículo 88 del Reglamento No. 543-12 por: i) haber evaluado y homologado las muestras con criterios no establecidos en el pliego de condiciones, ii) por haber adjudicado los ítems 1005949, 1005997 y 1006020 con criterios distintos a los establecidos en la enmienda que modifica el pliego de condiciones y iii) por declarar desiertos los ítems 005971, 1005964 y 1005972 bajo el fundamento de que las propuestas económicas excedieron el valor de referencia de EDENORTE, valor que no fue establecido en el pliego de condiciones. d) Principio de igualdad y libre competencia establecido en numeral 2 del artículo de la Ley No. 340-06 y su modificación por incluir una “Reserva de Derecho” en el pliego de condiciones, para descalificar oferentes obviando el debido proceso administrativo. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do e) Principio de razonabilidad y párrafo I del artículo 20 de la Ley No. 340-06 y su modificación por publicar fuera de plazo y a tan sólo dos (2) previo a la recepción de ofertas la enmienda que modificaba sustancialmente el pliego de condiciones. f) Artículo 33 y 84 del Reglamento de Aplicación No. 543-12 por abrir las ofertas económicas, sin ponderar previamente las ofertas técnicas. g) Artículo 114 del Reglamento de Aplicación No. 543-12 y lo establecido en el numeral 1.23 del pliego de condiciones por adjudicar 21 ítems a la razón social Mundo Eléctrico R & R S.R.L., a pesar de no haber cumplido con la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta. h) Artículo 23 de la Ley No. 340-06 y su modificación y el artículo 85 del Reglamento de Aplicación por existir omisiones de informaciones sustanciales en el acto notarial de recepción y apertura de ofertas, tal y como son los montos de las ofertas y las garantías de fiel cumplimiento ofrecidas. i) Numeral 1.4 del pliego de condiciones que indicaba que todas las ofertas debían presentarse en español, por haber aceptado ofertas con documentos en el idioma ingles y presunto mandarín sin la debida traducción. j) Numeral 2 del artículo 66 de la Ley No. 340-06 y su modificación por no constar prueba de la ejecución de garantía de seriedad de la oferta o inicio de un proceso de sanción contra las razones sociales Estudios y Servicios para ingeniería S.R.L. (ESIOCA), Constructora Inalsa E.I.R.L y Electrocable International Group. S.R.L., quiénes renunciaron a la adjudicación sin aparente causa. República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do k) Artículo 13 de la Ley No. 340-06 y su modificación por solo remitir una parte del expediente administrativo aun habiendo sido emplazado y reiterado. CUARTO: RECOMENDAR al Administrador Gerente General del Edenorte Dominicana S.A., aplicar las disposiciones legales contenidas en el artículo 65 de la Ley No. 340-06 y su modificación, así como también las disposiciones de la Resolución No. 6/2009 de la Dirección General de Contrataciones Públicas, y en consecuencia proceda a investigar y sancionar, según corresponda, a los funcionarios responsables de no ceñir su actuación a las normas del debido proceso administrativo en el procedimiento de Licitación Pública Nacional No. EDN-LPN-13-2014, llevado a cabo por esa entidad para la “Adquisición de aisladores, cables, conductores, y conectores”, considerando las irregularidades evidenciadas en la presente resolución. QUINTO: RECOMENDAR al Administrador Gerente General del Edenorte Dominicana S.A, que: a) Junto al equipo de primer nivel de la institución, participe en un taller especializado sobre los principios fundamentales que rigen el Sistema Nacional de Compras y Contrataciones Públicas (SNCCP) que será impartido por esta Dirección General en atención a las atribuciones otorgadas por el numeral 7) del artículo 36 de la Ley No. 340-06 y su modificación en la fecha, lugar y hora que deberá ser coordinado. b) Ordene a los peritos evaluadores y a los miembros del Comité de Compras y Contrataciones de la citada entidad, a que participen en talleres sobre la Ley Orgánica de Administración Pública No. 247-12 y la Ley No. 107-13 sobre Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo y en otro taller sobre el República Dominicana Ministerio de Hacienda DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES PÚBLICAS www.comprasdominicana.gob.do I www.dgcp.gob.do SNCCP, enfocado en la elaboración de pliegos de condiciones específicas y criterios de evaluación, éste último impartido por esta Dirección General. SEXTO: ORDENAR la remisión de la presente Resolución a las partes, Edenorte Dominicana S.A., razón social Green Cable and Systems S.R.L., y razón social CD Energy S.R.L. y a las razones sociales adjudicadas 1)Electrocable Aluconsa S.A.S., 2) Punto Market S.R.L., 3) Salco Electric Company S.R.L., 4) Import & Export S.R.L., 5) CMVG Electric Import S.A., 6) Megawatt Dominicana J.L.R. S.R.L., 7) Estudios y Servici
Rechaza, en cuanto al fondo, la solicitud de inhabilitación realizada por el Edesur Dominicana, S.A., en contra de la razón social Electrocable Internacional Group, S.R.L., toda vez que no fue demostrado de manera fehaciente que los alegados incumplimientos en su calidad de adjudicatarios en los procedimientos Nos. EDESUR-CP-10016914, EDESUR-CP-10020644, EDESUR-CP-10016825, EDESUR-CP-10019028, EDESUR-CP-10016758,…
Empresa: Electrocable International Group, SRL
PRIMERO: ACOGER, como al efecto ACOGE, en cuanto a la forma la presente solicitud de inhabilitación del Registro de Proveedores del Estado (RPE) interpuesto por Edesur Dominicana S.A., en contra de la razón social Electrocable Internacional Group, S.R.L, por haber sido interpuesta de conformidad con las disposiciones de la Ley No. 340-06, sobre compras y contrataciones de bienes, servicios, obras y concesiones, modificada por la Ley No. 449-06, su Reglamento de aplicación aprobado mediante Decreto No. 543-12 y la Resolución No. 22-2009, de fecha diez (10) de diciembre del año dos mil nueve (2009). SEGUNDO: RECHAZAR, como al efecto RECHAZA, en cuanto al fondo, la solicitud de inhabilitación realizada por el Edesur Dominicana, S.A., en contra de la razón social Electrocable Internacional Group, S.R.L., toda vez que no fue demostrado de manera fehaciente que los alegados incumplimientos en su calidad de adjudicatarios en los procedimientos Nos. EDESUR-CP-10016914, EDESUR-CP-10020644, EDESUR-CP-10016825, EDESUR-CP-10019028, EDESUR-CP-10016758, EDESUR-CP-10016790, EDESUR-CP-10017181, EDESUR-CP-10020358, EDESUR-CP-10019124, EDESUR-CP-10029752, se deban a causas imputables al proveedor. TERCERO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente Resolución a las partes envueltas en el presente proceso, es decir, a la entidad contratante, Edesur Dominicana, S.A., y a la empresa Electrocable Internacional Group, S.R.L., para su conocimiento y fines de lugar. . meccinnunzeat C CONTRATACIONES Fsg. Rodríguez Objio Gazcue Santo Domingo, Repriblica Dominicana. Tet: (B09) 682 7407 Fax: ([teléfono], ANC [número] wmecomprasdominicana.gobdo | www.dgep.gob.do CUARTO: ORDENAR como al efecto ORDENA, la remisión formal de la presente Resolución a la Contraloría General de la República y a la Cámara de Cuentas de la República Dominicana, para su conocimiento y fines de lugar;