Publicado el 13 may de 2026Fechado el 7 may de 202622 páginasEn el mensaje «Corrección de notificación de resultados informe definitivo y habilitados proceso MIDEREC-CCC-CP-2026-0015»
El informe definitivo, fechado el 8 de mayo de 2026, evalúa la oferta técnica de R&S Innovation Business Group IBG, SRL para adquirir zapatillas deportivas en el proceso MIDEREC-CCC-CP-2026-0015. Registra a la empresa como la única oferente técnica recibida, declara que cumple los requisitos legales, financieros y técnicos y recomienda habilitarla para la apertura del Sobre B; este informe no decide la adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe recoge como requisito presentar al menos tres certificaciones u órdenes de recepción conforme de zapatillas deportivas de los últimos cinco años. Dado que el propio informe registra una sola oferta técnica, corresponde revisar si exigir experiencia previa en ese producto y en ese número es proporcional al valor y naturaleza de la contratación; esta observación no establece que el requisito haya causado la participación única.
“Para tales fines, deberá adjuntar al formulario mínimo tres (3) certificaciones u órdenes de compras de buen cumplimento y recepción conforme de zapatillas deportivas. (sector público o privado) donde se certifique que el oferente ha realiz”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Reglamento 52-26, art. 113 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Reglamento 52-26, artículo 113 — Naturaleza y tratamiento de los requisitos de calificación y de la experiencia del oferente
Artículo 113.- Naturaleza y tratamiento de los requisitos de calificación y de la experiencia del oferente. Los requisitos de calificación constituyen condiciones de habilitación del oferente y no forman parte de los criterios técnicos, económicos ni especiales de evaluación. Su verificación debe realizarse, como regla general, mediante la metodología “cumple/no cumple”, conforme a los artículos 37 y 114 de la Ley núm. 47-25. Párrafo I. Los requisitos de calificación solo pueden ser objeto de ponderación por puntaje en las circunstancias excepcionales previstas en la ley, debidamente justificadas en el pliego de condiciones, cuando la especialidad o complejidad del objeto contractual haga…
El informe reproduce como requisito que el RPE tenga inscrita la actividad UNSPSC 53111900, pero declara cumplidora a la oferente indicando que posee la actividad 53110000. La redacción también llama «preferible» a esta última; conviene verificar cuál clasificación era exigible y cómo se aplicó el criterio a la única oferta recibida.
“5. Registro de Proveedores del Estado (RPE), emitido por la Dirección General de Contrataciones Públicas, debe tener inscrita, conforme a la codificación UNSPSC la actividad - Calzado deportivo por lo que los oferentes deberán tener preferi”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
R&S Innovation Business Group IBG, SRLEl informe la declara cumplidora de los requisitos legales, financieros y técnicos y de la evaluación de la muestra; recomienda habilitarla para la apertura del Sobre B.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona