El documento es la Enmienda núm. 1 del pliego del proceso MIDEREC-CCC-CP-2026-0015, fechado únicamente en abril de 2026, para adquirir 1,300 pares de zapatillas deportivas con presupuesto base de RD$6,370,000. La enmienda permite subcontratar hasta el 45% del monto contractual, con autorización previa y requisitos de calificación e inhabilidades para el subcontratista.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego exige una marca reconocida internacionalmente y una carta vigente del fabricante o de un distribuidor autorizado. Aunque no identifica una marca concreta y permite equivalencias técnicas, la condición de canal legítimo puede limitar la participación a proveedores con autorización oficial; conviene verificar su proporcionalidad y disponibilidad en el mercado.
“El calzado ofertado deberá ser de marca reconocida en el mercado internacional, con trayectoria comprobable en la fabricación de calzado deportivo. … El oferente deberá presentar carta de autorización vigente emitida por el fabricante o por”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 91 · Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 91 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 91.- Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas que resulten de los estudios previos deberán garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento, para lo cual deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo I.- Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. Párrafo II.- No deberán exigirse o mencionarse marcas o nombres comerciales, diseños o modelos,…
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
El pliego primero indica que el oferente debe constituir garantía de seriedad y que, si es MIPYME, bastará una fianza de seguro; luego afirma que las empresas MIPYMES no tienen que presentarla. Como el proceso está reservado a MIPYMES mujer, la discrepancia puede generar incertidumbre sobre un requisito de participación.
“Si se trata de un oferente certificado como MIPYMES solo será exigida la fianza de seguro. … Conforme al Artículo 175 de la Ley núm. 47-25, las empresas certificadas como MIPYMES, no tienen que presentar Garantía de Seriedad de Oferta.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 175 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 175 — Reglas especiales de garantías a MIPYMES
Artículo 175.- Reglas especiales de garantías a MIPYMES. Para el régimen de garantías en las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES) se aplicarán las reglas siguientes: 1) Las instituciones contratantes solo podrán exigir como garantías fianzas prestadas a través de compañías aseguradoras; 2) No se requerirá la garantía de seriedad de oferta. Párrafo.- Sin perjuicio de la aplicación de las sanciones previstas en la presente ley, si el proveedor beneficiado con lo establecido en el numeral 2) de este artículo, renuncia de forma injustificada a la adjudicación o no cumple con la ejecución del contrato, perderá los beneficios allí establecidos por un período de dos (2)…
La cláusula fija un máximo escrito como «veinte (25) días hábiles», por lo que no queda inequívoco cuál plazo debe comprometer el oferente. La diferencia puede afectar la preparación de ofertas y la exigencia de cumplimiento contractual.
“El oferente deberá entregar el (100%) de la cantidad total ofertada en un máximo de veinte (25) días hábiles, contados a partir del registro del contrato en la Contraloría General de la República.”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 97 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 97 — Contenido mínimo del pliego de condiciones
Artículo 97.- Contenido mínimo del pliego de condiciones. El pliego de condiciones deberá proporcionar, desde el momento de la convocatoria, toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta deberá incluir, como mínimo, entre otros aspectos, los siguientes: 1) Identificación de la institución contratante; 2) Las características generales y particulares del objeto de la contratación; 3) Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación; 4) Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio, o cualquier otro que aplique según la presente…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona