El Acta 156/2026, de 11 de mayo de 2026, aprueba el informe definitivo de evaluación económica y adjudica el Lote A al Consorcio Hídrico Dominicano por RD$1,466,736,630.56 y el Lote B a Ingeniería Estrella, S.A. por RD$1,460,875,533.06. En el contexto del proceso, un acta posterior de reevaluación adjudica el Lote B a Ingeniería Estrella por RD$1,941,482,619.70, una diferencia de RD$480,607,086.64 respecto de lo consignado aquí.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
Esta acta adjudica el Lote B a Ingeniería Estrella por RD$1,460,875,533.06; según el resumen del acta posterior 177/2026, del 20 de mayo, el mismo lote se adjudicó a la misma empresa por RD$1,941,482,619.70. La diferencia es RD$480,607,086.64 y amerita verificar qué evaluación o corrección documentada sustenta el cambio entre ambas decisiones.
“siendo el monto ofertado y por tanto el monto del contrato de RD$1,460,875,533.06 (Mil Cuatrocientos Sesenta Millones Ochocientos Setenta y Cinco Mil Quinientos Treinta y Tres Pesos Dominicanos con 06/100).”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
CONSORCIO INFRAESTRUCTURA HIDRÁULICA DEL NORTE 2026No fue recomendado para la habilitación de la oferta económica; el documento no consigna un motivo específico.
No habilitado
—
—
CONSTRUCTORA COGUSA, SRLNo fue recomendado para la habilitación de la oferta económica; el documento no consigna un motivo específico.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
SANESTO MG INGENIERÍA, SRL
Ocupó el segundo lugar en el Lote B, con 76.32 puntos.