El certificado de apropiación presupuestaria, fechado el 23 de diciembre de 2025, identifica el proceso INAPA-CCC-LPN-2025-0063 y certifica RD$76,432,119.58 con cargo al presupuesto de 2025 para las obras del acueducto de San Francisco de Macorís. El portal registra para el proceso un monto estimado total de RD$3,795,306,458.05; la diferencia amerita verificar cómo se cubren las obligaciones previstas para el ejercicio correspondiente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (6 oct de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El certificado asigna RD$76,432,119.58 al proceso, frente a un estimado total de RD$3,795,306,458.05 registrado en el portal. La certificación podría corresponder a obligaciones presupuestadas para 2025 en una obra plurianual, pero conviene verificar que exista apropiación suficiente para cubrir lo que se pagará en cada ejercicio.
“MONTO DEL PROCESO”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
La certificación de apropiación presupuestaria publicada para este proceso es por RD$76.4 millones; se adjudicaron RD$1,466.7 millones y el monto estimado era RD$3,795.3 millones. Puede corresponder a un período (un trimestre o el año fiscal en curso) y no al contrato completo, pero la ley pide que haga constar el monto total del egreso previsto. Las cifras y la fecha del certificado se leyeron del documento publicado; el monto, solo cuando dice lo mismo en letras y en números.
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 69 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 69 — Certificación de apropiación presupuestaria
Artículo 69. Certificación de apropiación presupuestaria. En el marco del proceso de preparación de los procedimientos de compras y contrataciones, los entes y órganos contratantes tienen la responsabilidad de verificar el presupuesto estimado para la obra, bien o servicio que desean adquirir. Posteriormente, deberán generar el Certificado de Apropiación Presupuestaria (CAP) a través del Sistema Integrado de Gestión Financiera (SIGEF) desde el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP). La unidad administrativa o financiera encargada deberá gestionar este certificado en la partida presupuestaria relacionada con el objeto a contratar, asegurándose de que exista el saldo suficiente…
El certificado muestra «SNIP | 1», mientras que la descripción del proceso identifica «SNIP 16695». La discrepancia merece verificarse para confirmar la correspondencia del registro presupuestario con el proyecto descrito.
“SNIP | 1 REF. DEL PROCESO | INAPA-CCC-LPN-2025-0063 DESCRIPCION”
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona