El Acto núm. 100-2026, fechado el 17 de febrero de 2026, aprueba el informe pericial y adjudica los ítems 1, 5, 7 y 8 a Montan y Asociados por RD$3,179,830.96; los ítems 2, 3 y 4 a Dutech Dominicana por RD$2,502,254.90; el ítem 6 a RZ Energy por RD$2,936,498.06; y los ítems 14 a 17 a Eléctricos Profesionales por RD$14,820.51, todos con ITBIS. Ratifica desiertos los ítems 9 a 13. El informe pericial que se incorpora al documento aparece firmado el 13 de marzo de 2026, después de la fecha del acto de adjudicación.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El acto adjudica a ELECPROF RD$14,820.51. El portal registra para esa empresa un contrato de RD$14,659, confirmado y enviado el 1 de abril de 2026; la diferencia de RD$161.51 requiere conciliarse con el contrato formalizado o cualquier ajuste posterior, que no se identifica en este acto.
“por la suma de CATORCE MIL OCHOCIENTOS VEINTE PESOS DOMINICANOS CON 51/100 CENTAVOS (RD$14,820.51), INCLUYENDO ITBIS”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 163 · Reglamento 416-23, art. 167 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 163 — Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación
Artículo 163. Formalización y perfeccionamiento de la compra o contratación. Las compras y contrataciones públicas deberán formalizarse a través de la firma de un contrato que contendrá como mínimo, las cláusulas establecidas en la Ley núm. 340-06 y sus modificaciones. Párrafo. En los procedimientos de compras menores o compras por debajo del umbral, la adquisición podrá formalizarse mediante una orden de compra o servicio. Sin perjuicio de lo anterior, cuando se trate de obligaciones de ejecución o tracto sucesivo o diferida en el tiempo, deberán formalizarse mediante contrato.
Reglamento 416-23, artículo 167 — Publicidad del contrato u orden de compra o servicio
Artículo 167. Publicidad del contrato u orden de compra o servicio. El contrato, orden de compra u orden de servicio que se suscriba, deberá difundirse por el SECP y en el portal institucional, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles luego de su perfeccionamiento.
El reporte coloca a Armada LED en primer lugar para el ítem 6 pese a que la evaluación económica registra para RZ Energy un precio menor y el acta adjudica a RZ. También lista a Energy and Safety como primer lugar en los ítems 14 a 17, aunque la tabla económica registra precios menores de ELECPROF y el acta adjudica esos ítems a ELECPROF. Aunque las adjudicaciones consignadas coinciden con los precios inferiores de las tablas, el orden de mérito publicado no concuerda con esos resultados y dificulta verificar la evaluación.
“Primer lugar | ARMADA LED, S.R.L. | 3,046,892.73 … ADJUDICAR al Oferente RZ ENERGY, S.R.L.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 26 · Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 26
ART. 26. La adjudicación se hará en favor del oferente cuya propuesta cumpla con los requisitos y sea calificada como la más conveniente para los intereses institucionales y del país, teniendo en cuenta el precio, la calidad, la idoneidad del oferente y demás condiciones que se establezcan en la reglamentación, de acuerdo con las ponderaciones puestas a conocimiento de los oferentes a través de los pliegos de condiciones respectivos. PÁRRAFO I. Cuando se trate de la compra de un bien o de un servicio de uso común incorporado al catálogo respectivo, se entenderá en principio, como oferta más conveniente la de menor precio. PÁRRAFO II. Se notificará la adjudicación, a todos los oferentes,…
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
El acto de adjudicación está fechado el 17 de febrero de 2026, pero el informe pericial incorporado y aprobado aparece firmado el 13 de marzo de 2026. La secuencia documentada merece verificarse porque el acta declara aprobar una recomendación que, según la fecha consignada, fue suscrita posteriormente.
“En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de febrero del año dos mil veintiséis (2026)… … a los trece (13) días del mes de marzo del año dos mil veinti”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 133 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 133 — Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación
Artículo 133. Acta de aprobación de informe de evaluación de ofertas y adjudicación. El Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda aprobará, si procede, el informe de evaluación de ofertas económicas, reporte de lugares ocupados y recomendación de adjudicación presentado por los peritos, tras verificar que la evaluación se haya realizado con base a los criterios y condiciones establecidos en el Pliego de Condiciones. Posteriormente, emitirá el acta de adjudicación correspondiente, en la cual deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en el pliego de condiciones, hayan permitido al adjudicatario…
ARMADA LED, S.R.L.Habilitada para el ítem 6, pero no adjudicada; aparece como primer lugar en el reporte de lugares ocupados, aunque el acto adjudica el ítem a RZ Energy.
Habilitado
Ítem 6
RD$3,049,886
ENERGY AND SAFETY GROUP, E&SG, S.R.L.Habilitada para los ítems 14 a 17; no habilitada para el ítem 6 porque la muestra tenía 400 mm frente a los 360 mm requeridos. No resultó adjudicataria.
Habilitado
Ítems 14 a 17; no habilitada en el ítem 6
RD$2,817,044
COFAXCOMP, E.I.R.L.El acta consigna que depositó la oferta económica dentro de la oferta técnica y fue descalificada.
No habilitado
Ítems 6, 14, 15, 16 y 17
RD$3,894,395
UNISUN ELECTRIC, S.R.L.No suministró la Planilla de Datos Garantizados en la oferta técnica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona