Pago inicial del 20% y garantía de anticipo condicional
· hace 6 meses
El estudio incluye un pago inicial del 20%, pero formula la garantía de buen uso del anticipo como aplicable solo «en caso de otorgarse». La garantía debería cubrir el total del anticipo recibido; conviene verificar que el pliego y el contrato hayan asegurado el pago inicial anunciado.
“1) Un pago inicial de Veinte por ciento (20%), … 3. Garantía de Buen Uso del Anticipo (en caso de otorgarse)”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 162 · Reglamento 52-26, art. 210 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 162 — Garantías
Artículo 162.- Garantías. Con la finalidad de asegurar el cumplimiento de las obligaciones generadas por la participación y adjudicación en los procedimientos de contratación, las instituciones contratantes deberán exigir a los oferentes y adjudicatarios, mediante los pliegos de condiciones correspondientes, las garantías en la forma y montos definidos en la presente ley y sus reglamentos de aplicación. Párrafo.- Las garantías deberán estar vinculadas a las etapas del procedimiento de contratación para las cuales son requeridas y no podrán constituirse en recaudos excesivos para la participación.
Reglamento 52-26, artículo 210 — Monto de la garantía de buen uso de anticipo
Artículo 210.- Monto de la garantía de buen uso de anticipo. El monto de la garantía del buen uso de anticipo debe ser por el total que se haya de recibir como adelanto en base a dicho concepto.
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