La circular CEIZTUR-CCP-035-2026, de fecha 2026-03-27, notifica a cinco oferentes la documentación que deben subsanar en el proceso CEIZTUR-CCC-CP-2026-0005. Fija como fecha límite el 2026-03-31 a las 4:00 p. m. y permite cargar las subsanaciones en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La circular exige que los oferentes declaren que ni ellos ni su personal directivo tienen juicios con el Estado. La Ley 47-25 establece expresamente que tener un juicio contra el Estado no constituye una inhabilidad; conviene verificar si esa declaración opera como condición de habilitación o exclusión.
“así como también donde manifieste ni él ni su personal directivo tiene juicio con el Estado Dominicano o sus entidades del Gobierno Central, de las Instituciones Descentralizadas y Autónomas no financieras, y de las Instituciones Públicas d”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 38 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 38 — Inhabilidades para contratar
Artículo 38.- Inhabilidades para contratar. Se establece, bajo las condiciones y el alcance previsto en este artículo, un régimen de inhabilidades para contratar, el cual puede ser de dos tipos, por un lado absolutas, cuando el impedimento para contratar se extienda a todos los entes, órganos o instituciones, o por otro lado relativas, cuando se limiten a un determinado ente, órgano o institución; en consecuencia, no podrán ser oferentes ni contratar con los entes, los órganos o instituciones referidos en el artículo 2 de la presente ley, ni las personas físicas o jurídicas, en los términos siguientes: 1) Inhabilidades absolutas: a) El presidente y vicepresidente de la República, los…
Para el mismo proyecto y presupuesto estimado de RD$18,603,477.52, la circular exige liquidez mínima del 10 % a Rossy García y Bianca Polanco, pero del 15 % a Marcell y Cendra. El documento no explica la diferencia; debe comprobarse su fundamento en el pliego y que se aplicó un criterio uniforme y objetivo.
“donde conste que posee a su favor una liquidez que sume una cantidad igual o mayor a un 10% del total de la suma estimada para el proyecto ascendente a DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS TRES MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE PESOS DOMINICANOS ”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 4 · Ley 47-25, art. 118 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 4 — Principios
Artículo 4.- Principios. Las contrataciones públicas sujetas a la aplicación de la presente ley se regirán por los principios siguientes: 1) Principio de economía y flexibilidad. Las normas establecerán reglas claras y objetivas para asegurar la selección de la propuesta evaluada más conveniente técnica y económicamente; además, se contemplarán regulaciones que contribuyan a una mayor economía en la preparación de las propuestas y de los contratos. 2) Principio de eficiencia: Se seleccionará la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración, tomando en cuenta criterios de inclusión y desarrollo sostenible. Las…
Artículo 118.- Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora y selecciona la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato. Párrafo I.- Los criterios, deberán estar definidos de manera precisa y objetiva en los pliegos de condiciones. Párrafo II.- Los criterios de evaluación deberán referirse a aspectos vinculados directamente al objeto del contrato, entendidos como aquellos que vayan a incidir en la mejor ejecución contractual.
Oferentes que registra (5)
5 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Rossy Lorenny García RodríguezLa circular requiere subsanar declaraciones, documentos financieros, referencias comerciales y bancarias, experiencia, documentos del personal clave y certificación del CODIA.
Mencionado
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Mariel Nieve Acevedo AracenaLa circular requiere actualizar la declaración jurada y presentar el contrato y la recepción satisfactoria de una obra de experiencia.
Mencionado
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Marcell Ingeniería y Arquitectura, S.R.L.La circular requiere subsanar declaración jurada, identificación de socio, certificación MIPYME, documentos financieros, situación fiscal, experiencia y documentos del personal clave.
Mencionado
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Bianca Altagracia Polanco RosarioLa circular requiere presentar documentos financieros legibles, referencia bancaria, documentación de experiencia y certificación vigente del CODIA.
Mencionado
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Cendra, S.R.L.La circular requiere subsanar declaración jurada, referencia bancaria, experiencia y certificaciones vigentes del CODIA del personal propuesto.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona