El pliego enmendado, con primera enmienda fechada el 17 de marzo de 2026, establece las condiciones para la contratación simplificada de las obras en los balnearios Las Taínas y El Tabernáculo. Mantiene un presupuesto base de RD$18,603,477.52 y un plazo de ejecución de cinco meses; incorpora una declaración sobre la autenticidad e independencia de la oferta como documento subsanable del Sobre B. También prevé un anticipo de 20% o 30% según la condición MIPYME, con desembolso hasta 45 días calendario después de la firma del contrato.
Leído a la luz de la Ley 47-25 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego establece adjudicación por menor precio, pero el acta posterior consignada en el expediente habilitó únicamente a Marcell y la adjudicó por RD$18,574,283.06, aproximadamente el 99.84% del presupuesto base. Según los datos del proceso, Cendra ofertó RD$16,743,130 y Bianca RD$17,618,234, pero no fueron habilitadas; el resultado merece revisión por su efecto sobre la competencia efectiva y el ahorro obtenido, sin que ello por sí solo determine que la adjudicación se apartara de los criterios publicados.
“Deberá acreditar una experiencia en la ejecución de mínimo una (1) obra similar concluida … Monto similar: Para este proceso, se entiende por obras o proyectos con monto similar, aquellos proyectos que hayan sido”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 37 · Ley 47-25, art. 125 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 37 — Calificación para contratar
Artículo 37.- Calificación para contratar. La calificación es el mecanismo mediante el cual se determinará que un oferente ha demostrado su capacidad, aptitud, solvencia e idoneidad para asumir una contratación, de conformidad con lo previsto en la presente ley, sus reglamentos de aplicación y los pliegos de condiciones correspondientes; para que los potenciales oferentes sean calificados deberán cumplir con las condiciones siguientes: 1) Poseer las calificaciones profesionales, técnicas y éticas que aseguren su competencia e integridad, los recursos financieros, la fiabilidad, la experiencia y el personal necesario para ejecutar el contrato; 2) Que los fines sociales sean compatibles con…
Ley 47-25, artículo 125 — Adjudicación del contrato
Artículo 125.- Adjudicación del contrato. La adjudicación deberá hacerse en favor del oferente calificado cuya propuesta cumpla con los requisitos establecidos en el pliego de condiciones y sea considerada como la más conveniente, de conformidad con los criterios de adjudicación aplicados.
El pliego prevé hasta 45 días calendario para desembolsar el anticipo, incluso cuando corresponda el 30% a una MIPYME. La Ley 47-25 dispone que ese anticipo se otorgue con la suscripción del contrato; la diferencia puede afectar el flujo de caja y el inicio oportuno de la ejecución.
“El anticipo que le será otorgado al(la) adjudicatario (a) como parte de las condiciones de pago, previstas en el numeral 59, que asciende a un 20% para los oferentes no certificados como Mipymes y a un 30% si se trata de un oferente certifi”
Qué dice la ley: Ley 47-25, art. 174 · con ChatLeyes
Ley 47-25, artículo 174 — Anticipo de pago a MIPYMES
Artículo 174.- Anticipo de pago a MIPYMES. Las instituciones contratantes deberán otorgar un treinta por ciento (30%) de anticipo con la suscripción del contrato, orden de compra o de servicio correspondiente, en todas las contrataciones con Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MIPYMES), sin necesidad de que sea presentada factura alguna.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona