El Acta CEIZTUR-CCC-049-2026, de fecha 2026-03-03, aprueba las evaluaciones legal, financiera y técnica de las ofertas para la reconstrucción del camino de acceso a Playa Uvero Alto. Habilita a COINPRO, Devialsa, OTESA y Constructora AG para la apertura de sus ofertas económicas, convocada para el 2026-03-04; registra a otros oferentes como no habilitados y a Woxxen como retirada voluntariamente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La convocatoria fue el 2025-12-16 y, conforme al régimen transitorio aplicable a procesos convocados antes del 29/01/2026, este procedimiento se rige por la Ley 340-06 y el Reglamento 416-23. Sin embargo, el acta fundamenta aspectos de la decisión y de los recursos en la Ley 47-25 y el Decreto 52-26; además, anuncia reconsideración, mientras la Ley 340-06 contempla impugnación ante la entidad y recurso de apelación ante el órgano rector, lo que puede afectar la información sobre las vías de recurso.
“Que este acto administrativo del Comité de Compras y Contrataciones puede ser recurrible en sede administrativa, a través de la interposición de un recurso de reconsideración en un plazo máximo de diez (10) días hábiles, según establecen lo”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 77 · Ley 340-06, art. 67 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 77
ART. 77. Los procesos contractuales iniciados antes de la vigencia de esta ley, así como la celebración y ejecución de los contratos consiguientes, se sujetarán a lo establecido en las leyes vigentes al momento de la convocatoria, incluidas las recepciones, liquidación y solución de controversias.
ART. 67. Toda reclamación o impugnación que realice el proveedor a la entidad contratante deberá formalizarse por escrito. La reclamación o impugnación seguirá los siguientes pasos: 1) El recurrente presentará la impugnación ante la entidad contratante en un plazo no mayor de diez días (10) a partir de la fecha del hecho impugnado o de la fecha en que razonablemente el recurrente debió haber conocido el hecho. La entidad pondrá a disposición del recurrente los documentos relevantes correspondientes a la actuación en cuestión, con la excepción de aquellas informaciones declaradas como confidenciales por otros oferentes o adjudicatarios, salvo que medie su consentimiento. 2) En los casos de…
Consorcio CodomEl acta lo registra como no habilitado en las evaluaciones legal, financiera y técnica, sin detallar aquí las causas.
No habilitado
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Devialsa, Desarrollo Vial, S.R.L.Cumple las evaluaciones legal, financiera y técnica; habilitada para la apertura y evaluación de la oferta económica.
Habilitado
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Malespin Constructora, S.R.L.El acta lo registra como no habilitado en las evaluaciones legal, financiera y técnica, sin detallar aquí las causas.
No habilitado
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Obras & Tecnologías (OTESA), S.R.L.Cumple las evaluaciones legal, financiera y técnica; habilitada para la apertura y evaluación de la oferta económica.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Cumple las evaluaciones legal y técnica, pero no cumple la evaluación financiera.
No habilitado
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Constructora AG, S.R.L.Cumple las evaluaciones legal, financiera y técnica; habilitada para la apertura y evaluación de la oferta económica.