El informe preliminar de evaluación técnica del proceso INAIPI-CCC-LPN-2025-0032, emitido el 5 de febrero de 2026, consolida la revisión de las ofertas técnicas de 13 participantes. Recomienda requerir subsanaciones a diez oferentes hasta el 9 de febrero de 2026 a las 15:30 y deja constancia de que Litang Investments, Dos-García y Torres Malaver no cumplen requisitos técnicos que considera no subsanables; no adjudica ni establece montos.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El informe, emitido el 5 de febrero, fija el vencimiento para el 9 de febrero a las 15:30, un intervalo de cuatro días calendario que comprende solo dos días hábiles posteriores a su fecha. El documento no indica cuándo se notificará a cada oferente; conviene verificar la fecha efectiva de notificación y si el plazo permitió preparar las numerosas subsanaciones requeridas.
“Por tanto, se recomienda notificar mediante acto administrativo a cada uno de los oferentes y se otorgue hasta el día 09 de febrero 2026 a las 15:30 p.m., para que los que deben subsanar, presenten la documentación necesaria acorde con el p”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 122 · Ley 340-06, art. 21 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 122 — Procedimiento para la subsanación
Artículo 122. Procedimiento para la subsanación. La Unidad Operativa de Compras y Contrataciones deberá notificar, de manera diligente y en igualdad de condiciones, a los oferentes para que subsanen en el plazo establecido en el cronograma de actividades del procedimiento, los errores u omisiones identificados en el informe de evaluación, a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) y vía correo electrónico que se encuentre registrado en el Registro Proveedor del Estado o en la propuesta técnica presentada. Párrafo I. El pliego de condiciones deberá fijar expresamente el plazo para subsanar, que deberá ser razonable en relación con los tiempos de convocatoria…
ART. 21. El principio de competencia entre oferentes no deberá ser limitado por medio de recaudos excesivos, severidad en la admisión de ofertas o exclusión de éstas por omisiones formales subsanables, debiéndose requerir a los oferentes incursos en falta las aclaraciones que sean necesarias, dándosele la oportunidad de subsanar dichas deficiencias, en tanto no se alteren los principios de igualdad y transparencia establecidos en el Artículo 3 de esta ley, de acuerdo a lo que establezca la reglamentación.
Tiendas Diber, S.R.L.El informe recomienda solicitarle subsanar documentación de la oferta técnica.
Mencionado
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Suplidora Yanmelani, SRLEl informe recomienda solicitarle subsanar documentación de la oferta técnica.
Mencionado
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Litang Investments, SRLEl informe preliminar considera que su documentación técnica incumple requisitos no subsanables; no es una decisión final de habilitación.
No habilitado
Lotes 1, 4, 6, 8 y 10, según observaciones técnicas consignadas
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Galcoci & Asociados, SRLEl informe recomienda solicitarle subsanar documentación de la oferta técnica.
Mencionado
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CONSTNEG, S.R.L.El informe recomienda solicitarle subsanar documentación de la oferta técnica.
Mencionado
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Canyu, SRLEl informe recomienda solicitarle subsanar documentación de la oferta técnica.
Mencionado
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Dos-García, SRLEl informe preliminar considera que su documentación técnica incumple requisitos no subsanables; no es una decisión final de habilitación.
No habilitado
Lotes 2 y 4, según observaciones técnicas consignadas
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
El informe recomienda solicitarle subsanar documentación de la oferta técnica.
Mencionado
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Torres Malaver Corporation, SRLEl informe preliminar considera que su documentación técnica incumple requisitos no subsanables; no es una decisión final de habilitación.
No habilitado
Lotes 3 y 4, según observaciones técnicas consignadas
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Celna Enterprises, SRLEl informe recomienda solicitarle subsanar documentación de la oferta técnica.