El Acta núm. 0029-2026, de 2026-02-06, aprueba la tercera enmienda para cinco licitaciones regionales de panificación, incluido el proceso INABIE-CCC-LPN-2025-0089 de la Región Este. Modifica reglas de recepción de ofertas, documentos habilitantes, evaluación técnica y adjudicación; además cambia precios unitarios de dos productos y reduce de 36 a 30 meses tanto la vigencia contractual como el mínimo indicado para la garantía de fiel cumplimiento.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se amplían los medios aceptados para probar la falla, aunque permanece la corroboración de la DGCP; se añade respaldo impreso y verificación de discrepancias.; Se elimina la certificación jurada específica sobre relaciones laborales recientes y aceptación de verificaciones y compromisos de ejecución.; Se suprimen verificaciones documentales de experiencia comercial, inversión en equipos y actividad financiera reciente.; La certificación deja de ser una exigencia general y pierde su puntuación, debilitando la comprobación uniforme de ese estándar de higiene.; Se reduce en seis meses el plazo mínimo de cobertura expresamente fijado para la garantía..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
La tabla enmendada del numeral 12.1.5 conserva la máquina empacadora individual como ítem 11 con 4 puntos dentro del total de 43, pero la nota 1 exige el cumplimiento obligatorio solo de los numerales 1 al 10, y el propio texto indica que el oferente debe cumplir con la totalidad de los equipos (43 puntos). Queda sin definir si la ausencia de la empacadora descalifica al oferente o solo reduce su puntaje; el pliego enmendado publicado el mismo día repite la misma redacción.
“11 Máquina empacadora individual 1 4 TOTAL 43 Nota 1. Los oferentes deberán cumplir de manera obligatoria con las cantidades mínimas requeridas establecidas en los numerales del I al 10.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
9.2 Recepción de ofertas físicas en formato digitalPrueba de fallas del SECP y depósito en USB
La excepción exigía captura de pantalla de la falla que impidió cargar la oferta y corroboración de la DGCP; las dos memorias USB contenían las ofertas técnica y económica.
Se admite la recepción física digital, debidamente justificada, con capturas u otros medios probatorios idóneos y verificación de la DGCP; se añade un respaldo impreso y una regla para discrepancias entre USB e impresión.
RelajaQuita un control: Se amplían los medios aceptados para probar la falla, aunque permanece la corroboración de la DGCP; se añade respaldo impreso y verificación de discrepancias.
11.1.1 Documentación legalDeclaración jurada de conocimiento y aceptación
Se exigía una declaración jurada que, entre otros extremos, afirmaba ausencia de relaciones laborales recientes con INABIE y MINERD y autorizaba las diligencias debidas.
La lista revisada de documentos legales ya no incluye esa declaración; mantiene por separado declaraciones sobre prohibiciones y el formulario de debida diligencia.
RelajaQuita un control: Se elimina la certificación jurada específica sobre relaciones laborales recientes y aceptación de verificaciones y compromisos de ejecución.
11.1.1 Documentación financieraDocumentos para acreditar experiencia y capacidad financiera
Se requerían, además de declaraciones fiscales y evidencia de crédito, tres facturas a clientes, facturas de inversión inicial para nuevas panaderías y movimientos bancarios de seis meses.
La lista revisada conserva declaraciones fiscales y evidencia de crédito, pero omite las tres facturas a clientes, la evidencia de inversión inicial y los movimientos bancarios.
RelajaQuita un control: Se suprimen verificaciones documentales de experiencia comercial, inversión en equipos y actividad financiera reciente.
La certificación NORDOM 581 sobre higiene de los alimentos aparecía como documento técnico subsanable y también recibía puntuación dentro de los equipos opcionales y certificaciones.
La certificación queda indicada como «(Si aplica)» en la evaluación técnica y ya no aparece en la tabla de equipos opcionales puntuables.
RelajaQuita un control: La certificación deja de ser una exigencia general y pierde su puntuación, debilitando la comprobación uniforme de ese estándar de higiene.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
12.1.4 Evaluación técnica y distanciaDistribución de puntos
La puntuación se distribuía en 70 puntos de capacidad instalada y 30 de inspección técnica, para un total de 100.
Se asignan 60 puntos a capacidad instalada, 30 a inspección técnica y 10 a distancia respecto de los grupos referenciales.
Neutral
12.1.5 Evaluación de capacidad instaladaMínimos de equipos y puntaje de capacidad
La tabla establecía un total de 44 puntos y exigía cumplir las cantidades mínimas de los numerales 1 al 11.
La tabla suma 43 puntos; la nota exige las cantidades mínimas de los numerales 1 al 10, aunque la máquina empacadora individual permanece en el numeral 11 de la tabla.
Aclara
12.1.6 Equipos instalados adicionalesPuntaje máximo por equipos adicionales
Los equipos adicionales podían sumar hasta 21 puntos.
Los equipos adicionales pueden sumar hasta 14 puntos.
Neutral
12.1.7 Equipos opcionalesPuntaje máximo por equipos opcionales
Los equipos opcionales y certificaciones sumaban hasta 5 puntos.
Los equipos opcionales suman hasta 3 puntos; se retira la certificación NORDOM 581 de esa tabla.
Neutral
8 Criterio de adjudicaciónMétodo de adjudicación y asignación
Los habilitados se ordenaban por puntuación y se asignaban grupos referenciales mediante rangos de distancia, capacidad instalada, raciones disponibles y antecedentes de incumplimiento.
Se define la adjudicación como basada en calidad y mayor puntaje; la asignación sigue considerando los factores técnicos, legales, financieros y de distribución.
Aclara
13 Desempate de ofertasDesempate en evaluación técnica y rango de distancia
El desempate favorecía la oferta con un plan empresarial de protección ambiental; si no había propuestas que cumplieran ese criterio, se sorteaba.
En empate de puntuación técnica y rango de distancia, se decide directamente mediante sorteo.
Relaja
Disposiciones generales para el contratoVigencia de garantía de fiel cumplimiento
Vigencia mínima de 36 meses desde su constitución y hasta el fiel cumplimiento o liquidación.
Vigencia mínima de 30 meses desde su constitución y hasta el fiel cumplimiento o liquidación.
RelajaQuita un control: Se reduce en seis meses el plazo mínimo de cobertura expresamente fijado para la garantía.
Disposiciones generales para el contratoVigencia contractual
La vigencia del contrato era de 36 meses desde la suscripción o hasta el fiel cumplimiento y liquidación.
La vigencia del contrato pasa a 30 meses desde la suscripción o hasta el fiel cumplimiento y liquidación.
Neutral
11.2 Oferta económicaPrecios unitarios estándar de pan con vegetales y bizcochos
Pan con vegetales: RD$13.23 sin ITBIS y RD$15.61 con ITBIS; bizcochos: RD$10.74 sin ITBIS y RD$12.67 con ITBIS.
Pan con vegetales: RD$10.74 sin ITBIS y RD$12.67 con ITBIS; bizcochos: RD$13.23 sin ITBIS y RD$15.61 con ITBIS.
Neutral
Acta núm. 0016-2026 primera enmienda panificados.pdf