El acta núm. 0001-2026, de 2026-01-06, aprueba la primera enmienda de los pliegos de 34 licitaciones del INABIE, incluida la INABIE-CCC-LPN-2025-0079. Entre otros cambios, reduce de 30 a 24 meses la ejecución del servicio, modifica la capacidad instalada y los criterios de asignación, y permite excepcionalmente presentar ofertas en USB con respaldo impreso ante fallas del SECP.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El documento modifica el pliego y elimina o debilita requisitos que servían para verificar a los oferentes: Se debilita la trazabilidad de cuál versión de la oferta debe prevalecer cuando difieran los archivos digitales y el respaldo impreso.; Se eliminan evidencias documentales de experiencia comercial reciente y de movimientos financieros.; Se reduce a la mitad el mínimo de equipos de congelación y refrigeración exigido.; Se elimina el carácter sorpresivo de la inspección previa, un control para comprobar las condiciones reales de la unidad productiva..
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 107 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 107 — Adendas o enmiendas
Artículo 107. Adendas o enmiendas. La institución contratante podrá realizar adendas o enmiendas a los pliegos de condiciones mediante acto administrativo motivado, cuando sea necesario adicionar, modificar condiciones o especificaciones que no alteren sustancialmente los términos originales y el objeto del contrato se mantenga inalterado. Podrán ser emitidas en un plazo no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75 %) del plazo previsto para la presentación de las ofertas y deberá modificarse el cronograma de actividades para permitir nuevamente la formulación de preguntas y respuestas sobre los aspectos modificados o añadidos. Las adendas o enmiendas deberán ser…
Para la oferta excepcional en USB, el acta hace prevalecer la información que resulte “verificable” al abrir, pero no define cómo se determina cuál versión es verificable si los soportes difieren. La falta de una regla predeterminada puede afectar la igualdad de trato y la integridad de la oferta evaluada.
“En caso de discrepancia entre la información contenida en las memorias USB y el respaldo físico, prevalecerá la información que resulte verificable al momento del acto de apertura de ofertas, dejando constancia de ello en el acta correspond”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 123 · Ley 340-06, art. 3 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 123 — Aclaración de las ofertas
Artículo 123. Aclaración de las ofertas. La aclaración es la solicitud por escrito, en formato papel o electrónico, realizada a los oferentes acerca de sus ofertas, por el Comité de Compras y Contrataciones o la Dirección Administrativa y Financiera, según corresponda, dentro del plazo señalado en el pliego de condiciones. Los oferentes también deberán responder a las aclaraciones por escrito, en el plazo señalado y no podrán alterar el contenido de la oferta original, ni violentar el principio de igualdad y libre competencia entre los oferentes. Párrafo. La institución podrá solicitar aclaraciones tanto de la oferta técnica como de la económica, respetando en cada caso las etapas de…
ART. 3. Las compras y contrataciones se regirán por los siguientes principios: 1) Principio de eficiencia. Se procurará seleccionar la oferta que más convenga a la satisfacción del interés general y el cumplimiento de los fines y cometidos de la administración. Los actos de las partes se interpretarán de forma que se favorezca al cumplimiento de objetivos y se facilite la decisión final, en condiciones favorables para el interés general; 2) Principio de igualdad y libre competencia. En los procedimientos de contratación administrativa se respetará la igualdad de participación de todos los posibles oferentes. Los reglamentos de esta ley y disposiciones que rijan los procedimientos…
La enmienda dispone sortear cuando coincidan la puntuación técnica y el rango de distancia, sin incluir las preferencias de desempate previstas en el artículo 131 del Reglamento, incluido el plan ambiental. El método puede decidir la asignación en esos empates y merece revisión frente a la regla reglamentaria.
“En caso de empate entre dos o más oferentes en evaluación técnica y en rango de distancia, se decidirá la adjudicación con una selección al azar, tipo sorteo, el cual se llevará a cabo en presencia de los oferentes interesados, el CCC y del”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
La versión enmendada prevé avisar al representante horas antes para coordinar la visita, en lugar de inspecciones sorpresivas. Aunque mantiene la grabación, el aviso previo reduce la capacidad de observar sin preparación las condiciones operativas de la cocina; no se aprecia una prohibición expresa de coordinar la visita en las normas aportadas.
“A los fines de inspección, los peritos actuantes se comunicarán con el representante autorizado horas antes, con el propósito de coordinar la visita a su unidad productiva, misma que será grabada para respaldar la información levantada”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 119 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 119 — Evaluación de las ofertas técnicas
Artículo 119. Evaluación de las ofertas técnicas. Los peritos responsables de evaluar las ofertas técnicas, previamente designados por el Comité de Compras y Contrataciones o por la Dirección Administrativa y Financiera, procederán a verificar minuciosamente las credenciales y evaluar la oferta técnica de los oferentes. Párrafo I. Al evaluar las credenciales, los peritos deberán examinar detenidamente la documentación presentada y asegurarse de la veracidad de la información proporcionada por los oferentes, así como verificar que éstos cumplen con los requerimientos establecidos en el pliego de condiciones. Párrafo II. Los peritos deben emitir un informe preliminar mediante un acto…
30 meses, contados desde la certificación del contrato por la Contraloría.
24 meses, contados desde la certificación del contrato por la Contraloría.
Relaja
Numeral 9.1Presentación excepcional de ofertas físicas en formato digital
USB ante falla del SECP demostrada mediante captura de pantalla y corroborada por la DGCP; no se indica un respaldo impreso ni otros medios probatorios.
USB, excepcionalmente y con justificación, con respaldo impreso; la falla puede probarse mediante capturas u otros medios idóneos y debe corroborarla la DGCP.
Neutral
Numeral 9.1Diferencias entre USB y respaldo impreso
No se establecía una regla para resolver discrepancias entre USB y copia impresa.
Prevalece la información que resulte verificable al momento de la apertura, sin precisar un criterio objetivo para determinarlo.
AclaraQuita un control: Se debilita la trazabilidad de cuál versión de la oferta debe prevalecer cuando difieran los archivos digitales y el respaldo impreso.
Numeral 11.6.1, documentación legalGeolocalización de la cocina
Se pedía geolocalización UTM.
Se pide geolocalización en longitud y latitud.
Aclara
Numeral 11.6.1, documentación financieraPruebas de actividad y trazabilidad financiera
Se exigían tres facturas a clientes comerciales finales del último año y movimientos de cuentas financieras de los últimos seis meses.
La versión modificada omite esos dos documentos del listado financiero.
RelajaQuita un control: Se eliminan evidencias documentales de experiencia comercial reciente y de movimientos financieros.
Numeral 12.1.5Mínimos y puntuación de capacidad instalada
Se exigían dos congeladores y dos refrigeradores, o los cuartos fríos correspondientes; total de 34 puntos.
Se exige uno de cada medio de congelación y refrigeración, o un cuarto frío de cada tipo; total de 37 puntos y puntuaciones redistribuidas.
RelajaQuita un control: Se reduce a la mitad el mínimo de equipos de congelación y refrigeración exigido.
Numerales 12.1.6 y 12.1.7Puntuación de equipos adicionales y opcionales
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona
Equipos adicionales: máximo 13 puntos. Equipos opcionales: máximo 5 puntos; NORDOM 646 aparece como requisito subsanable en la documentación técnica.
Neutral
Numeral 12.1.8 y notas de inspecciónVerificación presencial de cocinas
Las inspecciones técnicas se describían como sorpresivas y grabadas.
Los peritos se comunicarán con el representante horas antes para coordinar la visita; esta será grabada.
RelajaQuita un control: Se elimina el carácter sorpresivo de la inspección previa, un control para comprobar las condiciones reales de la unidad productiva.
Numeral 12.1.8Evaluación de cocinas en operación y cocinas nuevas
Se describía una matriz general de BPM y capacidad instalada.
Se incorporan formularios separados de evaluación para cocinas en operación y cocinas nuevas, con criterios y puntuaciones diferenciados.
Aclara
Numeral 12.1.8, excepción de capacidad instaladaPlan de mejora e inspección posterior
Se permitía considerar oferentes que no alcanzaran mínimos cuando ninguno los cumpliera en la provincia o municipio, sujetos a un plan de mejora.
Se mantiene esa posibilidad y se añade inspección técnica obligatoria durante el primer mes de servicio para cocinas nuevas o bajo plan de mejora.
Endurece
Numeral 12.3Asignación de raciones y distancia
La asignación consideraba puntuación, centros, beneficiarios y distancia; rango indicado de 0,01 a 50 km, con ampliación excepcional hasta 75 km.
Se ordenan oferentes por puntuación técnica y grupos por cantidad de raciones; prioridad dentro de 35 km y ampliación excepcional hasta 50 km. Se explicita que los grupos pueden ajustarse o reconfigurarse.
Neutral
Sección II, numeral 8Desempate
En empate se prefería el plan empresarial de responsabilidad ambiental; si no había propuesta que cumpliera, se sorteaba.
Si hay empate en evaluación técnica y rango de distancia, se decide mediante sorteo.
Relaja
Sección III, numeral 5Vigencia del contrato
36 meses desde la suscripción o hasta el fiel cumplimiento y liquidación.
30 meses desde la suscripción o hasta el fiel cumplimiento y liquidación.