El pliego enmendado del proceso INABIE-CCC-LPN-2025-0075 fija un presupuesto base de RD$1,777,963,788.85 para el suministro de almuerzos y frutas durante los períodos escolares 2026-2027 y 2027-2028, dirigido a MIPYMES con cocinas en La Altagracia. Establece un precio estándar de RD$93.73 por ración con ITBIS y evaluación técnica mediante puntajes para ordenar la asignación de raciones. El cronograma del pliego fija recepción de ofertas para el 20 de enero de 2026 y apertura técnica el 9 de febrero de 2026; las fechas del portal difieren.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
El pliego fija recepción de ofertas para el 20 de enero y apertura técnica para el 9 de febrero de 2026, mientras el portal registra cierre el 28 de enero y apertura el 16 de febrero. La diferencia puede corresponder a una modificación posterior, pero conviene verificar qué calendario fue comunicado y aplicó a los participantes, pues afecta los plazos efectivos para presentar ofertas.
“Recepción de las ofertas “Sobre A” (oferta técnica) y “Sobre B” (oferta económica) Hasta las 03:00 PM del 20 de enero del 2026. Apertura de Ofertas Técnicas “Sobre A” A partir de las 09:00 AM del 09 de febrero del 2026.”
El pliego dispone que, con igual puntuación técnica, la asignación favorezca al oferente más cercano. El artículo 131 del Reglamento 416-23 enumera criterios específicos de desempate y prevé selección al azar cuando no procedan; corresponde revisar cómo se armonizó esta regla con el método reglamentario.
“Cuando dos o más oferentes obtengan la misma puntuación técnica, la asignación se realizará a favor del oferente que se encuentre ubicado en el menor rango de distancia respecto al grupo referencial correspondiente.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 131 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 131 — Desempate de ofertas
Artículo 131. Desempate de ofertas. En caso de igualdad en la calificación final, ya sea por igualdad de precios o por igualdad de puntaje, el pliego de condiciones deberá determinar cómo se decidirá la adjudicación, aplicando alguno de estos criterios: 1) Se dará preferencia a la oferta que haya incluido la contratación de personas con discapacidad. 2) Presente un plan empresarial de responsabilidad para protección del medioambiente en su cadena de producción. 3) Haya propuesto en su oferta el compromiso de subcontratar a una empresa clasificada como MIPYME, MIPYME mujer, MIPYME industrial u otros sectores priorizados. Párrafo. El pliego de condiciones del procedimiento de contratación…
Para las ofertas recibidas excepcionalmente por USB, el pliego dispone que ante discrepancias prevalecerá la información que resulte “verificable” al abrirlas, sin precisar qué soporte o criterio determina esa verificación. Aunque exige acreditar una falla del SECP y su corroboración por la DGCP, la regla deja incertidumbre sobre cuál versión de la oferta se evaluaría.
“En caso de discrepancia entre la información contenida en las memorias USB y el respaldo físico, prevalecerá la información que resulte verificable al momento del acto de apertura de ofertas, dejando constancia de ello en el acta correspond”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 109 · Reglamento 416-23, art. 115 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 109 — Formato de presentación de propuestas
Artículo 109. Formato de presentación de propuestas. Los oferentes presentarán su propuesta en ofertas técnicas y económicas de forma electrónica a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) o en soporte papel. Ambos formatos tendrán la misma validez. Párrafo. La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimiento y aceptación del pliego de condiciones y sus enmiendas o adendas, normas y cláusulas que rijan el procedimiento de selección al que se presente, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la propuesta.
Reglamento 416-23, artículo 115 — Recepción de propuestas
Artículo 115. Recepción de propuestas. Las ofertas podrán ser recibidas a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP) en el cual, de forma automática, se registra la fecha y hora de la recepción, manteniéndose encriptadas, sin posibilidad de que se conozca su contenido hasta que la institución contratante realice la apertura, en la fecha y hora fijadas en el cronograma de actividades previsto en el pliego de condiciones. Párrafo I. Cuando se trate de ofertas en formato o soporte papel, podrán ser recibidas desde el día de la convocatoria hasta el día y la hora fijados como plazo máximo para la presentación de las ofertas. En estos casos, la Unidad Operativa de Compras y…
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona