La Resolución CEIZTUR-030-2025, de 2025-11-19, acogió en cuanto a la forma el recurso de impugnación de VEGA & ASOCIADOS, S.R.L., presentado contra el pliego de la licitación CEIZTUR-CCC-LPN-2025-0003. Lo declaró inadmisible por pérdida sobrevenida de objeto, al consignar que el procedimiento había sido cancelado después de interponerse el recurso.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
1 mencionado
| Oferente | Resultado en el acta | Lote o grupo | Monto |
|---|---|---|---|
| VEGA & ASOCIADOS, S.R.L.Empresa impugnante del pliego; el documento no indica que haya presentado oferta ni que haya sido habilitada o adjudicada. | Mencionado | — | — |
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona