La Circular No. 3, de fecha 2025-09-18, responde consultas de oferentes de la LPN CEIZTUR-CCC-LPN-2025-0003. Entre otras precisiones, anuncia que entregará a todos los oferentes una versión ajustada del archivo KMZ, indica que no se requieren postes y fija varias condiciones técnicas para la solución; no decide la solicitud de prórroga, sino que señala que el Comité adoptará medidas si lo considera procedente.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La consulta pregunta por el período de retención y los parámetros de grabación para dimensionar el almacenamiento, pero la respuesta solo remite a un mínimo de 300 TB. Sin esos parámetros, la capacidad requerida y la comparabilidad del desempeño ofertado quedan por verificar.
“El ítem 5.02 solicita una capacidad de almacenamiento de 300 TB. Sin embargo, no se especifica el periodo de retención de video (días de grabación). … Favor acogerse al requerimiento de almacenamiento solicitado de xm total de mínimo 300 TB”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 73 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 73 — Determinación de especificaciones técnicas
Artículo 73. Determinación de especificaciones técnicas. Las especificaciones técnicas, fichas técnicas y términos de referencias que resulten de los estudios previos deberán, siempre que sea posible, garantizar que la descripción del objeto contractual sea objetiva, funcional y genérica, indicando sus características técnicas, de calidad y de funcionamiento. A tales fines, deberán tomarse en cuenta las descripciones técnicas de normas avaladas nacional o internacionalmente. Párrafo. Las instituciones contratantes no podrán preparar, adoptar o aplicar especificaciones técnicas que tengan como propósito o efecto generar obstáculos innecesarios a la participación. No deberán exigirse o…
La consulta sobre el KMZ se refiere a 244 cámaras, mientras que el resumen del pliego del proceso indica 243. La respuesta anuncia la entrega del archivo, pero no aclara la diferencia de una unidad; conviene verificar cuál cantidad rige para dimensionar y comparar las ofertas.
“Las 244 cámaras de listado con sus posiciones para seleccionar el accesorio adecuado.”
Qué dice la ley: Ley 340-06, art. 20 · Reglamento 416-23, art. 71 · con ChatLeyes
Ley 340-06, artículo 20
ART. 20. El pliego de condiciones proporcionará toda la información necesaria relacionada con el objeto y el proceso de la contratación, para que el interesado pueda preparar su propuesta. PÁRRAFO I. Los participantes podrán solicitar a la entidad convocante aclaraciones acerca del pliego de condiciones, hasta la fecha que coincida con el cincuenta por ciento (50%) del plazo para presentación de propuestas. La entidad dará respuesta a tales solicitudes de manera inmediata, y no más allá de la fecha que signifique el setenta y cinco por ciento (75%) del plazo previsto para la presentación de propuestas. Las aclaraciones se comunicarán, sin indicar el origen de la solicitud, a todos los…
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
La respuesta exige que la solución no tenga límites de crecimiento futuro a nivel de software, sin delimitar en esta circular el alcance o la magnitud de ese crecimiento. Esto puede generar diferencias en el alcance y costo de las propuestas, por lo que conviene contrastarlo con las bases completas y verificar cómo se evaluará.
“El oferente debe incluir todo el licénciamiento que requiera su solución, para el funcionamiento integro de la misma. No debe tener limites de crecimiento a futuro a nivel de software.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Cambios que introduce (7)
Sección
Antes
Después
Efecto
Ítem 4.01 / archivo KMZDisponibilidad de ubicaciones y rutas
Según la Circular No. 1, el KMZ no se entregaría a los oferentes; el resumen del proceso indica que se reservaba para el adjudicatario.
Se anuncia una versión ajustada del KMZ, con elementos sensibles eliminados, disponible para todos los oferentes con esta circular.
Aclara
Requisitos 3 / postesNecesidad de postes
La consulta solicita especificar material, altura y diseño de postes, y menciona 126 postes.
CEIZTUR responde que no se requieren postes para el proceso.
Relaja
Ítem 4.01 / fibra ópticaLongitudes y holgura de enlaces
La consulta pregunta si las longitudes, que incluyen 15% de holgura, son exactas o indicativas.
Las longitudes se consideran indicativas y cada oferente debe incluir 15% adicional por enlace.
Aclara
Ítem 6.01 / videowallConfiguración de pantallas
La consulta plantea una visita en la que se habría observado un videowall 3x3 y cuestiona el espacio para uno de 2x4.
Se indica mantener una configuración 2x4 con pantallas de 49 pulgadas.
Aclara
Ítem 5.03 / licenciamientoLicencias y crecimiento del software
La consulta refiere licenciamiento ilimitado para cámaras y servidores, y pregunta por límites adicionales.
El oferente debe incluir todas las licencias necesarias y la solución no debe tener límites de crecimiento futuro a nivel de software.
Endurece
Ítems 1.01 a 1.04 y 5.04 / analíticasProcesamiento de analíticas
La consulta pregunta si las analíticas de placas y rostros deben ejecutarse en cámara o en el VMS central.
Se requiere procesamiento en cámara, sincronizado con los sistemas centrales, y el motor de analíticas debe incluirse en el ítem 5.04.
Aclara
Ítems 1.05 y 1.06 / permisosResponsabilidad de permisos y aprobaciones
La consulta pregunta quién gestionará los permisos y aprobaciones para las obras civiles.
Los permisos de Patrimonio Monumental y del Ayuntamiento del Distrito Nacional serán gestionados por la entidad contratante.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona