La Circular No. 02, de 2025-10-02, responde 77 consultas de Cecomsa, Setling y Compusoluciones sobre la licitación de redes comunitarias. Entre otras precisiones, mantiene la autonomía energética mínima de ocho horas y detalla cálculos y pruebas; admite excepciones técnicas condicionadas para altura de mástiles y puesta a tierra, y establece plazos de atención de incidentes. También caracteriza RD$8,547,475.96 como asignación anual y como 20% de avance respecto del presupuesto global de RD$42,737,379.80.
Leído a la luz de la Ley 340-06 y su reglamento, que rige el proceso por su fecha de convocatoria.
Lectura con inteligencia artificial propietaria de Notifacto (28 sept de 2026). Puede contener errores: verifica cada dato en el original.
La respuesta presenta RD$8,547,475.96 como asignación presupuestaria anual y afirma además que corresponde al 20% de avance. Conviene verificar en el expediente y en el esquema de pagos si se trata de una partida anual o de un anticipo, pues son conceptos distintos; el reglamento limita el anticipo al 20% y dispone que los pagos restantes se entreguen conforme al cumplimiento.
“Interpretación operativa: RD$8,547,475.96 es la asignación presupuestaria anual disponible para el ejercicio actual; el monto total de RD$42,737,379.80 es el presupuesto base del proyecto global y referencia contractual, sujeto a liberación”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 168 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 168 — Anticipo o avance
Artículo 168. Anticipo o avance. Las instituciones contratantes no podrán comprometerse a entregar por concepto de anticipo o avance, un porcentaje mayor al veinte por ciento (20 %) del valor del contrato u orden de compra, y los pagos restantes deberán ser entregados en la medida del cumplimiento del mismo. Párrafo. En el caso de adjudicaciones realizadas a favor de una MIPYME, las instituciones contratantes deberán entregar un avance inicial del veinte por ciento (20 %) del valor del contrato, orden de compra o de servicio.
La circular indica velocidades esperadas de hasta 200 Mbps, pero no garantiza exclusividad por comunidad ni define cómo se comparte la capacidad. Aunque precisa que cada comunidad contará con un kit, queda sin parámetro verificable la capacidad efectiva disponible para cada una.
“El pliego señala “velocidades esperadas hasta 200 Mbps” para el kit satelital entregado, pero no garantiza exclusividad por comunidad ni define parámetros de compartición. Sin embargo, cada comunidad contará con su kit.”
Qué dice la ley: Reglamento 416-23, art. 71 · Reglamento 416-23, art. 79 · con ChatLeyes
Reglamento 416-23, artículo 71 — Contenido mínimo de los pliegos de condiciones
Artículo 71. Contenido mínimo de los pliegos de condiciones. Los pliegos de condiciones deberán desde el momento de la convocatoria, proporcionar toda la información necesaria relacionada con el objeto y el procedimiento de contratación para que el interesado pueda preparar su propuesta. Debe incluir, como mínimo, la siguiente información: 1. Identificación de la institución contratante. 2. Las características generales y particulares del objeto de la contratación. 3. Indicación de la actividad comercial a la que corresponda el objeto de la contratación. 4. Si la contratación está cubierta por tratados internacionales de libre comercio o acuerdos de cooperación. 5. Si está dirigido a…
Reglamento 416-23, artículo 79 — Criterios de evaluación
Artículo 79. Criterios de evaluación. Los criterios de evaluación constituyen las pautas, parámetros o directrices según las cuales la institución contratante valora e identifica la propuesta más conveniente para la ejecución del contrato, a los fines de resultar adjudicada. Párrafo. Los criterios de evaluación deben estar descritos expresamente en el pliego de condiciones y deberán ser objetivos, claros, concisos, medibles y estar vinculados directamente al objetivo del contrato, en el entendido de que con ellos se evalúan los aspectos del oferente y su propuesta que inciden en la mejor ejecución contractual.
Oferentes que registra (3)
3 mencionado
Oferente
Resultado en el acta
Lote o grupo
Monto
Cecomsa, SRLFormuló las preguntas 1 a 30 respondidas en la circular; no se consigna habilitación ni adjudicación.
Compusoluciones JC, SRLFormuló las preguntas 62 a 77 respondidas en la circular; no se consigna habilitación ni adjudicación.
Mencionado
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Cambios que introduce (6)
Sección
Antes
Después
Efecto
Especificaciones energéticasCálculo de autonomía y reserva
Se exigía autonomía mínima de ocho horas.
Debe calcularse a carga máxima simultánea, documentarse con memoria detallada y pruebas; se añade un margen de reserva de 15–25%.
Endurece
Especificaciones técnicasAltura de mástiles
La altura máxima indicada era de 30 pies.
Se admite variar la altura si una simulación RF y memoria técnica lo justifican, sin comprometer seguridad ni normativa, y con aprobación previa de INDOTEL.
Relaja
Especificaciones técnicasPuesta a tierra en terrenos rocosos o de difícil acceso
Se indicaba pozo o barra de cobre.
Se admite electrodo químico si se acreditan parámetros eléctricos, fichas y certificaciones, y se obtiene aprobación técnica de INDOTEL.
Relaja
LicenciamientoVigencia de licencias de gestión
La consulta plantea si se requiere licencia perpetua con soporte mínimo de dos años.
Se aceptan suscripciones anuales renovables si se garantiza documentalmente una vigencia mínima de dos años desde la aceptación formal.
Relaja
Mantenimiento y soporteEscalamiento de incidentes
La consulta solicita tiempos de respuesta y resolución para incidentes.
Se incorporan plazos por categoría: para incidentes críticos, notificación en 24 horas, atención en sitio en 48 y resolución en 72 horas o contingencia.
Endurece
Plataforma de gestiónIntegración con nube existente y accesos
La circular describe gestión centralizada en la nube del fabricante bajo control de INDOTEL.
Si INDOTEL ya utiliza la nube de la marca propuesta, los nuevos equipos deben migrarse a ella; el oferente debe entregar accesos de administrador y la plataforma queda bajo control de INDOTEL.
Fuente: Dirección General de Contrataciones Públicas y Portal Transaccional, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona